“necesitamos de un poder popular capaz de desarticular las tramas de opresión, explotación y dominación que subsisten en la sociedad venezolana” Chávez, Plan de la Patria 20113-2019
“Comuna o nada” Chávez “Golpe de Timón”, Nov. 2012
Prolegómeno
Vamos al grano, El Poder Local en Venezuela se caracteriza por su total inoperancia administrativa en desmedro del protagonismo del Poder Popular y sobre todo por su total atraso en relación a los derechos de participación ciudadana popular y protagónica establecidos en la CRBV, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y las leyes del Poder Popular, en especial, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular. La razón de esto es muy sencilla: mientras los municipios sigan enclaustrados en el ordenamiento representativista que impera en su funcionamiento administrativo y ordenanzas, sus autoridades electas en cargos de representación popular seguirán administrando a espaldas del pueblo, sin rendirle cuentas a nadie más que a ellos mismos en encerronas de cuadre de cuentas y lo que es peor, sin ninguna consecuencia penal o administrativa en un eterno círculo vicioso de gestiones burocráticas, corruptas e ineficientes, de borrón y cuenta nueva de simple cambio de actores de turno.
Por otra parte son los municipios las entidades territoriales donde indudablemente tiene que comenzar a construirse el nuevo Estado Comunal como Poder Local, donde las Comunas, los Consejos del Poder Popular y sus demás expresiones e instancias de trabajadores, estudiantes y demás sectores sociales puedan efectivamente cogobernar y coadministrar el herario público municipal en función al desarrollo integral local y la defensa de la Patria haciendo realidad palpable los objetivos históricos del Plan de la Patria 2013-2019 y su instrumentación en el Golpe de Timón del primer y único Consejo de ministros efectuado por el Comandante Chávez en su última Presidencia truncada por su temprano fallecimiento.
La necesidad de construir el nuevo Estado Comunal a partir del Poder Local instituido y la Constituyente Municipal
Desde nuestro punto de vista, en la actual coyuntura política, la única posibilidad de iniciar en Venezuela la construcción de un “Estado Comunal” de Poder Popular conducido por nosotros los trabajadores hacia el socialismo, es a partir del Poder Local y de la Constituyente Municipal (Sucedánea a otras Constituyentes, como la de los Trabajadores, de la salud, de la soberanía agrícola y alimenticia, etc.)
Dentro de esta perspectiva revolucionaria, la Constituyente Municipal es un proceso de creación colectiva en el cual los ciudadanos de un municipio determinado ejercen su poder originario y su derecho de plena participación protagónica y democrática, apelando al intercambio de experiencias, al debate público permanente, la construcción en consenso, el referéndum y el voto universal, con el objetivo de la “Municipalización del Plan de la Patria” con “Golpe de Timón”, adecuando la administración y gestión de sus municipios haciendo cumplir en profundidad creativa lo establecido en sus objetivos históricos, lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en su “TÍTULO VI - DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA EN LA GESTIÓN LOCAL”, así como todo lo establecido en las nuevas leyes del Poder Popular, ( Ley Orgánica de los Consejos Comunales, Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de las Comunas, Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, Ley Orgánica de la Contraloría Social, Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, Ley Orgánica de la Planificación Publica y Popular, Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria), mediante constitución participativa y protagónica popular de Ordenanza Marco constitutiva de “Consejo Popular de Gobierno Municipal”, Plan Municipal de Desarrollo Municipal de Nuevo Modelo Comunal de Presupuesto Participativo, Plan de Desarrollo Urbano Local de Nuevo Modelo Comunal , de Presupuesto Participativo, Plan de Desarrollo Rural Local de Nuevo Modelo Comunal de Presupuesto Participativo, así del conjunto de ordenanzas respectivas.
Al apoyar la constituyente municipal, no sólo se dará cumplimiento al derecho que se tiene como soberano, sino que contribuirá para alcanzar un plan estratégico de municipalización del Plan de la Patria que de verdadero inicio en firme a la construcción un nuevo Estado Comunal de Poder Local Popular, para nada contravenido, sino más bien en profundización a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, soportado en un modelo de desarrollo integral AUTOGESTIONARIO de carácter comunitario, a través de las redes y respectivas articulaciones de CORESPONSABILIDAD, con el gobierno nacional y con los gobiernos regionales.
La Constituyente Municipal así concebida, es el accionar colectivo concreto del poder constituyente originario del pueblo soberano que desmonta las estructuras representativas del “Viejo Estado Capitalista”, promueve la participación equitativa y la distribución de igualdad del poder desde las bases, activando “LEGITIMANDO” la creación colectiva que hace posible, desde los niveles comunitarios hasta los nacionales, el cumplimiento operativo e INSTRUMENTACIÓN de la profundización de la Independencia hacia LA DESBUROCRATIZACIÓN DEL ESTADO y el socialismo, establecida en el Plan de la Patria 2013-2019 y el “Golpe de Timón”, dando preponderancia al debate, consenso y decisión de las mayorías desde nuestra diversidad social y cultural de pueblo bolivariano libre y soberano.
Marco Jurídico Fundamental de la Constituyente Municipal
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos: 05, 62, 70, 132, 182 y 184 referidos específicamente al protagonismo y la participación directa del soberano en la construcción y el ejercicio del poder popular.
En este sentido, el artículo 05 de la carta magna, es el enunciado que nutre de mayor fuerza la idea constituyente. En este artículo, establecido en las disposiciones fundamentales, se establece que: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta constitución y la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el poder público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ellos están sometidos.”
Es el Pueblo de a pie, proletario y trabajador en su gran mayoría es el que decide como autoridad mayor, de qué manera crear y ejercer su plan de gobernabilidad con el cual se pueda lograr avanzar hacia nuestra plena soberanía nacional y hacia el socialismo posible.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal
Leyes del Poder Popular
Objetivos de la Constituyente Municipal
Construir la nueva estructura de gobierno municipal en base al Plan del a Patria, el “Golpe de Timón” y la nueva institucionalidad instituida como “Poder Popular”.
Organizar una estructura que garantice la participación protagónica del pueblo en el sistema legislativo y pueda abolir la corrupción y la burocracia existente en la administración pública local.
Construir un nuevo modelo económico social, plenamente sustentable y AUTOGESTIONARIO que inicie la construcción de iniciativas protagónicas colectivistas.
Garantizar el ejercicio del poder que posee el pueblo para que decida permanentemente la forma de gobernabilidad que mejor le exprese en el nivel local.
Metodología propuesta de Constituyente Municipal
Firma del decreto convocatorio por el alcalde electo
Asamblea en cada comunidad y por Circuito para la escogencia del vocero del equipo promotor de la constituyente municipal.
Asamblea para la constitución del equipo promotor de la constituyente municipal.
Formación de los promotores de la constituyente municipal.
Levantamiento del mapa organizacional del municipio realizado por el equipo promotor de la constituyente.
Lapso de postulación , inscripción y elección de los constituyentistas municipales.
Acto de juramentación e instalación de la Asamblea Constituyente Municipal del Poder Popular con la presencia de las autoridades nacionales, regionales y municipales.
Primeras sesiones de trabajo de la Asamblea Constituyente Municipal del Poder Popular para definir su estructura organizativa y realizar la aprobación del reglamento de interior y debate.
Realización de diagnósticos participativos y levantamiento de historiales locales con Consejos Comunales y Comunas. Identificación de las problemáticas estructurales urbanas y rurales del municipio y de las potencialidades productivas, académicas, técnicas y culturales.
Visitas a las comunidades y sectores más lejanos para informar sobre la Asamblea del poder popular constituyente municipal e incorporar su participación protagónica.
Presentación del anteproyecto de ordenanza marco con propuesta de constitución de Consejo Popular de Gobierno Municipal
Inicio del debate a nivel comunitario, parroquial y municipal en torno a la propuesta de ordenanza marco a través de una campaña de difusión y propaganda para la aprobación de la constituyente municipal.
Referéndum consultivo para la aprobación de la propuesta de ordenanza marco.
Plan de Desarrollo Municipal
Es el conjunto de acciones para la incorporación de la propuesta que sobre sus requerimientos presentan las comunidades, en relación a la formulación y articulación de los planes nacionales, sectoriales, regionales y locales de acuerdo a lo contemplado en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, la Ley del Consejo de Planificación Local, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular y la Ley de Gestión Comunal-
A esta fase de formulación y elaboración del plan de desarrollo municipal, tienen participación en su preparación el alcalde o alcaldesa del municipio en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública y el Consejo federal de Gobierno y en concordancia con las normativas y metodologías que deriven del municipio de la planificación de desarrollo, todo lo cual quedaría incorporado a la nueva estructura de Consejo Popular de Gobierno Municipal.
A los efectos del presente procedimiento se entenderá como formulación y aprobación del plan de desarrollo todas aquellas actividades dirigidas a la definición de los planes y proyectos que en atención a los requerimientos presentados por las comunidades organizadas del municipio, los Consejos Comunales, La Comunas (en construcción o constituidas), así como las necesidades, urbanismo, infraestructura, servicios, salud y vialidad que demande el municipio tanto a nivel urbano como a nivel rural.
El plan de desarrollo se formulará en atención a los planes y políticas del Consejo Federal de Gobierno y del Consejo de Planificación y coordinación de políticas públicas y con las propuestas de las comunidades bajo la promoción, orientación, FINANCIAMIENTO y coordinación del Consejo Popular de Gobierno Municipal.
Plan de Desarrollo del Nuevo Modelo Comunal
El plan del nuevo modelo Comunal representa una nueva manera de organización comunitaria donde se identifiquen potencialidades, limitaciones, prioridades y proyectos comunitarios que orientan al desarrollo integral de la comunidad PLENAMENTE ARTICULADOS EN EL PLAN DE DEASARROLLO MUNICIPAL.
Las acciones de este nuevo modelo comunal exigen el cumplimiento de los objetivos y metas aprobados por las asambleas de ciudadanos y ciudadanas de cada una de los Consejos Comunales y Comunas existentes, que mantienen relaciones sociales de producción, distribución, intercambio, consumo de bienes, servicios y saberes desarrolladas por ellos... bajo la forma de propiedad social al servicio de sus necesidades de manera sustentable y sostenible; de acuerdo con lo establecido en el sistema de planificación pública y popular, así como en el sistema de economía comunal y en el Plan de la Patria 2013-2019, en articulación e integración de los procesos productivos de las organizaciones socio productivas comunitarias que contribuyen al fortalecimiento del poder popular, así como de todos los pequeños y medianos productores agropecuarios, pequeños y medianos comerciantes, trabajadores por cuenta propia, desempleados, et., organizados o no, Sindicatos, Consejos de trabajadores y cualesquiera expresiones existentes del trabajo proletario desposeído de capitales y de medios de producción.
Planes de Desarrollo Urbano y Rural Local
Estos planes consisten en el estudio y análisis del espacio geográfico y territorial del municipio para la creación de nuevas estrategias constructivas de carácter urbanístico y rural. Para alcanzar esta meta, las comunidades iniciarán un proceso de debate de auto diagnóstico que permita precisar sus necesidades y potencialidades en función de la jerarquización de insuficiencias comunes para la planificación de la gestión de los servicios e infraestructuras necesarias que permita el Desarrollo local FOCALIZADO, PARTICIPATIVO Y PROTAGÓNICO DEL PODER POPULAR.
Valle de La Pascua, de Julio 2013.
domingoeme@gmail.com @DomingoPRT
Partido Revolucionario del Trabajo PRT Estado Guárico