Aclaratoria constitucional sobre doble nacionalidad del presidente

Esta es la reciente sentencia del TSJ sobre doble nacionalidad https://t.co/LKvaGpmTaC

Dicha sentencia no posee relación directa ni aplicación extensiva a la situación del cargo de Presidente de la República ni con el ciudadano venezolano Nicolás Maduro, quien por cierto no es colombiano, y ya veremos por qué.

Ciertamente, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es muy clara en cuanto a las circunstancias de hecho y de derecho según las cuales una persona es venezolano o venezolana por nacimiento, tal como se desprende del artículo 32:

"Son venezolanos y venezolanas por nacimiento: Toda persona nacida en el territorio de la República (…)".

De la mencionada norma se deriva el pleno reconocimiento de la nacionalidad venezolana a todo aquel que nace en nuestro territorio, aunque tenga madre o padre extranjero. No hay evidencia de que Nicolás Maduro haya nacido fuera de Venezuela así como tampoco la hay de Henrique Capriles Radonski, aunque ambos tengan progenitores nacidos fuera de nuestro país.

Examinando específicamente la situación del último candidato presidencial de la derecha antichavista, por su propia boca se sabe que tiene madre polaca e israelí embargo esto no ha sido obstáculo para que en dos oportunidades haya optado formalmente a la primera magistratura.

Expresamente nuestra Constitución, en su artículo 41, determina que solo quienes sean venezolanos por nacimiento y no posean otra nacionalidad, pueden ejercer el cargo de presidente de la República. Esto significa que el excandidato opositor, al no haber hecho el procedimiento jurídico para intentar la nacionalidad polaca ni israelí, es únicamente venezolano y sólo así pudo inscribirse como candidato presidencial ante el CNE.

Las normas que son válidas para opositores, también lo son para chavistas. Imaginar que solo por tener parientes extranjeros y sin hacer ningún trámite jurídico, un venezolano automáticamente adquiere otra nacionalidad paralela, demuestra total ignorancia sobre el derecho constitucional venezolano que regula esta materia. O tal vez se trate de una perversa maniobra con objetivos políticos.

Los revolucionarios debemos siempre rechazar la propaganda de odio contra colombianos, israelíes, cubanos, estadounidenses, etcétera. Recordemos que más allá de gobiernos buenos y malos, son las relaciones de paz, respeto y tolerancia entre los pueblos las que deben preponderar por encima de todo.



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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