A la constituyente, propuesta contra el terrorismo

El terrorismo ha atacado ferozmente a Venezuela en tiempos recientes, los años 2014 y 2017 han estado marcados por episodios de violencia política ensayada por la oposición como práctica criminal para socavar y derrocar al gobierno nacional. Aunque la democracia no se ha roto, lamentablemente son muchos los venezolanos que han fallecido por los actos terroristas y frente a esta situación existe un preocupante nivel de impunidad que la venidera Asamblea Constituyente deberá resolver.

Ver Video en YouTube: Artículo contra el Terrorismo para Asamblea Constituyente – Por @Jesus_Silva_R - https://youtu.be/_3ZcbpjayQQ

Si bien es cierto que ya existe una Ley orgánica contra la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo, la misma no ha sido jurídicamente aplicada contra las manifestaciones violentas y con armas que frecuentemente convocan los dirigentes opositores. Debido a un vacío jurídico, las falsamente llamadas "marchas o protestas pacíficas" terminan en sangre sin que sus convocantes sean castigados penalmente por la violencia terrorista que generan.

En este sentido, y dado que los terroristas intentan fomentar una guerra civil o intervención militar extranjera, es necesario adecuar la Constitución al combate feroz contra el terrorismo y la eliminación de la impunidad campante. Para ello propongo establecer un mandato constitucional a fin de sancionar por terrorismo a quienes tapándose con la apariencia de lucha político partidista o protesta pacífica, son propiciadores de actos violentos que siempre causan asesinatos y lesiones graves contra las personas, así como destrucción de bienes muebles e inmuebles.

Entonces, aprovechando el momento histórico de la Asamblea Constituyente que se instala en 2017, he aquí mi propuesta de un artículo constitucional para ser incorporado a la venidera Carta Magna a los fines de fortalecer la lucha contra la plaga terrorista y derrotarla definitivamente hasta consolidar la paz. Y dice así:

"Todo individuo o grupo de personas que públicamente apoye, convoque o incite a manifestaciones o protestas que reiteradamente resulten en violencia o incluyan armas, ocasionen muertos, heridos o destrozos a la propiedad, con el propósito de ejercer presión sobre instituciones del Estado para que hagan o dejen de hacer determinados actos, serán procesados por el delito de terrorismo y no podrán aspirar a cargos de elección popular ni ejercer la función pública".

Entretanto, el abandono del cargo de la actual titular del Ministerio Público al no ejercer la acción penal como lo manda el artículo 285 constitucional produce un grave escenario de desprotección de los ciudadanos frente a los terroristas que en el presente despliegan ataques diarios contra la población en diferentes puntos de la geografía nacional.

Sin duda alguna esta situación obliga a que víctimas y a los abogados comprometidos unamos esfuerzos e interpongamos la denominada "acusación particular propia" tal como lo consagra el artículo 122 del Código Orgánico Procesal Penal; en pocas palabras: si la fiscalía no acusa, el pueblo lo hará.

 



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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