(Caracas, 08 abril 2008) La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de amparo solicitado en contra del Gobernador del estado Nueva Esparta, Morel Rodríguez Avila, quien ordenó la destrucción parcial de la Plaza Bolívar de Los Robles, en el municipio Maneiro, para edificar una iglesia católica, al lado de la histórica Iglesia de la Virgen del Pilar, declarada Patrimonio Cultural de la entidad.
Los hechos ocurrieron el pasado 16 de enero, cuando habitantes del sector despertaron con el sonido de las sierras de la contratista de la Gobernación, que derribó en pocas horas un micro bosque de 26 árboles autóctonos, entre robles y guayacanes, en el referido espacio público, para iniciar la obra religiosa, cuyo costo sería de 2,5 millones de bolívares fuertes (2,5 millardos de Bs.).
También la constructora despegó los bancos de la plaza, y de acuerdo al proyecto derribaría un tanque de agua erigido durante el gobierno de Cipriano Castro, y removerían el busto de Simón Bolívar, todos elementos históricos de la plaza.
Ese mismo 16 de enero, habitantes del sector, la concejala Natacha Núñez y el defensor auxiliar de la Defensoría del Pueblo, Daniel Bruno, introdujeron ante un juez accidental de Nueva Esparta, la solicitud de amparo con medidas cautelares sobre estos bienes patrimoniales. El amparo fue admitido pero el juez declinó la competencia y el caso pasó al TSJ y desde entonces se encuentra bajo el expediente 08-0116.
Este martes, la Sala Constitucional del máximo tribunal, admitió el amparo en ponencia de la magistrada Luisa Estela Morales Lamuño, presidenta de la Sala Constitucional y del TSJ, quien no solo confirmó las medidas cautelares solicitadas sino que las amplió.
Entre los argumentos que sustentan la admisión de este recurso de amparo, destaca: “la Sala advierte que los alegatos esgrimidos por la representación judicial, de la parte accionante se desprende la urgencia del caso y la existencia de una situación de amenaza inminente que amerita la utilización por parte de esta Sala Constitucional de sus amplios poderes cautelares, ellos en aras de preservar los intereses difusos involucrados, medio ambiente y derechos culturales, por lo que se acuerda de oficio como medida cautelar, ordenar la suspensión de cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente con la construcción de obras civiles, así como la tala de árboles en la población de Los Robles, razón por la cual se ordena a todas las autoridades publicas y privadas, cesar en las vías de hecho y actuaciones materiales de Sala, desmejoramiento, ruina o destrucción de la Plaza Bolívar del conjunto urbano Los Robles, así como la paralización de cualquier actividad que se esté realizando dentro de los linderos descritos mientras dure el presente proceso y así se decide.”
Igualmente –continúa la sentencia- se ordena notificar de la presente acción a la ciudadana Fiscal General de la República y a la ciudadana Defensora del Pueblo. Así mismo se ordena notificar a la Alcaldía del municipio Maneiro, a la Gobernación del estado Nueva Esparta, al Ministerio del Ambiente y al Presidente del Instituto del Patrimonio Cultural, a los fines de que comparezcan por ante la Secretaría de esta Sala a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública.
Así mismo el TSJ en su sentencia ordena notificar a las autoridades regionales de la Guardia Nacional de la presente decisión, “a fin de evitar cualquier alteración del equilibrio ambiental, y del patrimonio cultural de la referida zona, mientras dure el juicio”.