1º de Septiembre.- El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela en una declaración publicada en la página web de VTV, fijó posición en el caso de la muerte del ciudadano Franklin Brito.
El Estado venezolano en ninguna forma violó o conculcó los derechos civiles, sociales y económicos / A continuación el comunicado integro
Hemos aguardado a que se celebrara el acto velatorio y de inhumación de los restos del ciudadano Franklin Brito, respetando el dolor de su familia a quien expresamos nuestro auténtico pesar, para reiterar la posición oficial respecto a este lamentable caso. En tal sentido ratificamos que:
1. El ciudadano Franklin Brito nunca fue objeto de medida alguna de
expropiación o rescate de tierras por parte del Estado y tampoco fue
objeto de invasiones por parte de terceros. La verdad es que:
• En el año 1999 el señor Franklin Brito recibió del Gobierno
Bolivariano la titularidad de 290,20 hectáreas de tierras productivas,
correspondientes al fundo La Iguaraya, ubicado en el sector La Tigrera,
municipio Sucre del estado Bolívar. El mecanismo empleado, claramente
previsto en la ley vigente para aquel momento, consistió en el
otorgamiento del correspondiente título definitivo individual oneroso,
libre de gravamen, sobre el mencionado lote.
• En marzo del 2003, el ciudadano Franklin Brito denunció el solapamiento de tierras en el otorgamiento de dos (02) cartas agrarias por parte del Instituto Nacional de Tierras. Efectivamente este instrumento agrario fue otorgado a sus vecinos de lindero: Es necesario destacar que los mismos eran ocupantes previos a la asignación que le hizo el Gobierno Bolivariano al ciudadano Franklin Brito.
2. El ciudadano Franklin Brito recibió en todo momento respuestas
oportunas, tanto en las instancias administrativas como en las
instancias judiciales:
• En noviembre del año 2003, atendiendo la denuncia del ciudadano
Franklin Brito, se realizó la verificación de linderos por parte del
Instituto Nacional de Tierras (INTi), seccional estado Bolívar,
corroborando que de ninguna manera había solapamiento entre la
superficie otorgada al ciudadano Franklin Brito y la que correspondiera a
las cartas agrarias otorgadas según el numeral anterior.
• En el año 2005, el Instituto Nacional de Tierras (INTi) ratifica la
propiedad privada del fundo La Iguaraya a favor del ciudadano Franklin
Brito, otorgándole el correspondiente Registro Agrario - certificación
de registro de los fundos que formaliza su inscripción ante el INTi - y
verificando nuevamente que no existe solapamiento alguno entre el título
de propiedad invocado por el señor Brito y las Cartas Agrarias
concedidas por el INTi.
• Durante el año 2006, el ciudadano Franklin Brito acudió a las
instancias judiciales, interponiendo acción de Amparo Constitucional por
ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,
Agrario y Tránsito de Ciudad Bolívar, declarada inadmisible, y su
correspondiente alzada en el Juzgado Superior Quinto Agrario del Estado
Monagas (año 2006) la cual también fue declarada inadmisible.
• En Diciembre del 2006, mediante nuevas inspecciones técnicas, se
confirma que «no existe el solapamiento mencionado por Franklin Brito»,
circunstancia que se hizo constar en la inspección judicial practicada
por el Juzgado del Municipio Sucre, Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, Primer Circuito.
• En marzo de 2007, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, conoce en última instancia de la acción ejercida por el señor
Brito, señalando en dicha oportunidad que no existían los elementos
alegados por el ciudadano Franklin Brito en cuanto al solapamiento de
las tierras y la violación a su propiedad.
• En agosto del año 2009, el INTi por razones humanitarias revocó las
cartas agrarias otorgadas en parcelas colindantes con la del señor
Brito, efectuando nuevamente la revisión de linderos, en perjuicio de
sus vecinos que eran ocupantes previos a él.
• El ciudadano Franklin Brito tuvo, en cumplimiento de la ley, todo el apoyo de las instituciones agrarias del Gobierno Bolivariano para realizar su actividad productiva, expresado en el otorgamiento de créditos, maquinaria, saneamiento de tierras, entre otros.
El Estado venezolano en ninguna forma violó o conculcó los derechos civiles, sociales y económicos que, constitucionalmente, asistían al ciudadano Franklin Brito. Antes bien, garantizó que dicho ciudadano ejerciera libremente estos derechos, incluso en perjuicio de otros particulares.
A pesar de ello, el ciudadano Franklin Brito optó por la medida extrema
de la huelga de hambre y la autoflagelación como mecanismos de presión
para lograr la satisfacción de una demanda que no tenía asidero en la
realidad.
En Enero de 2010, ante la verificación médica del grave estado de salud en que se encontraba el ciudadano Franklin Brito en la puerta de la sede local de la OEA, donde fue abandonado por los dirigentes de la oposición que montaron el espectáculo de diciembre de 2009 en la referida institución, la Fiscalía General de la República solicitó ante un Juez una medida de internado médico para salvaguardar la vida del referido ciudadano, tal como está obligado el Estado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El primer internado hospitalario estuvo a cargo de la Cruz Roja, en una clínica privada, y posteriormente bajo responsabilidad del gobierno nacional en el Hospital Militar de Caracas, bajo la supervisión de la Cruz Roja Venezolana, única organización que acompañó al Estado Venezolano en el afán de garantizar la vida del ciudadano Franklin Brito.
En todo caso, se le brindó asistencia médica y humanitaria, tal como lo expresó el Secretario General de la Cruz Roja Venezolana, Hernán Bongioanni: "La práctica desde el punto de vista médico de los galenos del Hospital Militar, como de la Cruz Roja tenia un sólo fin, salvaguardar la integridad física y la salud del señor Franklin Brito. Siempre luchamos por eso, siempre con respeto a la voluntad del señor Franklin Brito."
Lamentablemente el deterioro de la salud era irreversible y se produjo el desenlace fatal. Comprendemos el dolor y la ira de la familia y amigos auténticos del señor Brito. A ellos y ellas les expresamos: Si el gobierno Bolivariano hubiese cometido un error, no hubiésemos dudado en rectificar, incluso si se hubiese tratado de una medida ajustada a derecho, la hubiésemos flexibilizado para garantizar el supremo derecho a la vida. Lamentablemente no pudimos responder ante una violación de derechos que era inexistente.
Ahora bien, estamos obligados a rechazar el fariseismo de la canalla mediática, de la oposición electorera, de las autoridades de la Iglesia católica, que alentaron la decisión extrema del Sr. Brito con el único fin de lograr un muerto para sus sucias banderas.
No tienen ellos ni ellas la valentía para hacer sacrificio propio, sino
que se aprovechan de la tragedia de un ser humano y su familia para
intentar ganar votos y desestabilizar a un gobierno legítimo y
democrático.
Ninguno de ellos y ellas, que hoy lloran hipócritamente ante las cámaras de televisión bien dispuestas para el espectáculo macabro, hicieron nada para salvarle la vida. Al contrario como aves carroñeras deseaban y esperaron su muerte.
El pueblo Venezolano sabrá imponer su esperanza y su alegría sobre los
que quieren llenar a la Patria de muerte, odio y desaliento.
El sabio pueblo Venezolano, que tantos mártires tiene en su lucha por
encontrar el camino revolucionario que hoy transita, sabe dónde está la
verdad.
Caracas, 1 de septiembre de 2010.
Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela.