Nueva York, 6 de octubre de 2010.- Intervención del Embajador Jorge Valero, Representante Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante las Naciones Unidas.
“MEDIDAS PARA ELIMINAR EL TERRORISMO INTERNACIONAL”
SEXTA COMISIÓN
Señora Presidenta,
Nuestras primeras palabras van dirigidas a los miembros de la Mesa, encabezados por usted, para expresarles el aprecio de mi delegación por el trabajo que desarrollan al frente de estas deliberaciones.
La República Bolivariana de Venezuela se asocia a las declaraciones presentadas por Irán, en nombre del Movimiento de los Países No Alienados, y por de Chile, en nombre del Grupo de Río.
I
Señora Presidenta,
La República Bolivariana Venezuela condena, de la manera más rotunda, el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, cométalo quien lo cometa, sean personas, organizaciones o Estados. Considera que la lucha contra el terrorismo debe ser firme y transparente y llevarse a cabo en el marco del principio de la cooperación reciproca, con apego a las convenciones y leyes nacionales e internacionales que rigen la materia.
Mi país y cumple con las obligaciones establecidas en ellas, y lleva adelante reformas legislativas destinadas a garantizar una lucha eficaz contra este fenómeno.
La Estrategia Mundial de las Naciones Unidas contra el terrorismo, aprobada en septiembre de 2006, es un importante instrumento para esa lucha. Esta estrategia no sería eficaz sino no se adoptan medidas para enfrentar las causas raigales que pueden generar el terrorismo, entre ellas, la pobreza, la injusticia, las desigualdades sociales y económicas, la intolerancia política, racial, religiosa, entre otras.
Ningún Gobierno debe prestar su territorio, ni apoyar financieramente a personas o grupos, para la planificación, entrenamiento, o ejecución de acciones terroristas dirigidas a desestabilizar a otros gobiernos, y causar terribles daños humanos.
Las Naciones Unidas debe fomentar la cooperación entre Estados, para garantizar un castigo oportuno y eficaz a los responsables de acciones terroristas, sean personas, grupos o Estados que las practiquen.
Mi delegación se permite recordar que existe una relevante legislación internacional, incluyendo la resolución 1373 (2001), de las Naciones Unidas la cual establece que los Estados deben garantizar que los perpetradores de actos terroristas sean llevados ante la justicia.
La República Bolivariana de Venezuela, por lo tanto, enfatiza la necesidad de que los Estados, todos los Estados sin excepción, cumplan sus compromisos previamente establecidos y repriman en su territorio a todos los agentes terroristas.
II
Señora Presidenta,
Saludamos que el Gobierno de la hermana República de Cuba hay declarado el día de hoy, como “Día de las Víctimas del Terrorismo de Estado”. Y es que hoy se cumplen treinta y cuatro años del primer y más letal acto de terrorismo aéreo vivido en el hemisferio occidental, antes del 11 de septiembre del 2001. El 06 de octubre de 1976, un avión de pasajeros de Cubana de Aviación fue volado sobre las aguas de Barbados, siendo asesinadas setenta y tres personas. Este despiadado acto terrorista fue planificado y ejecutado por el terrorista convicto y confeso Luis Posada Carriles.
El 13 de mayo de 2005, y mediante Nota diplomática No. DE-1077, la Embajada de Venezuela ante la Casa Blanca, solicitó - en nombre de nuestro Gobierno al Departamento de Estado - el arresto preventivo de Posada Carriles, con miras a la extradición. La solicitud estuvo fundamentada en el Tratado de Extradición entre Venezuela y los Estados Unidos de 1923, en la Convención para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil (Convención de Montreal) y en el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas.
Hasta estos momentos el terrorista Luis Posada Carriles sigue libre en las calles de la ciudad de Miami en el estado de Florida. Venezuela exhorta nuevamente al gobierno de los Estados Unidos, a que enjuicie en su territorio, o extradite a Venezuela, al más notable terrorista del continente americano.
Queremos referirnos también al caso del sentenciado por terrorismo Raúl José Díaz Peña, condenado por la justicia venezolana a nueve años y cuatro meses de prisión, por estar involucrado en actos terroristas contra los consulados de Colombia y España en Caracas, acaecidos el 25 de febrero de 2003. Este terrorista se fugó de Venezuela y, a pesar de su condena firme por las leyes venezolanas, obtuvo una visa e ingresó a Estados Unidos bajo circunstancias que no han sido esclarecidas.
Los terroristas venezolanos José Antonio Colina Pulido y Germán Valera López, también son solicitados por los mismos crímenes. Tienen orden de captura, sin embargo, y a pesar de la solicitud de detención preventiva con fines a su extradición efectuada por la República Bolivariana de Venezuela el 16 de marzo de 2004, ambos individuos han encontrado asilo en Estados Unidos.
Preocupa a nuestro país que los Estados Unidos se estén convirtiendo en refugio de connotados terroristas que son requeridos judicialmente y procesados en Venezuela.
III
Señora Presidenta,
Es necesario alcanzar un consenso que permita elaborar un instrumento jurídico, que sirva de marco para combatir eficazmente el terrorismo. Dicho instrumento debe contemplar los actos, métodos y prácticas terroristas - en todas sus manifestaciones - incluyendo el terrorismo de Estado.
Mi país considera deplorable que se pretenda justificar el terrorismo de estado, utilizando indebidamente el recurso a la legítima defensa, establecido en el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas.
¿Cómo podrían calificarse las masacres cometidas contra indefensas poblaciones de Iraq y Afganistán?
Esta expresión del terrorismo – el terrorismo de estado – agrede la soberanía de las naciones, trastorna la base de la civilización y amenaza la paz mundial. Produce genocidios que afectan poblaciones inermes y violenta masivamente los derechos humanos. Sus responsables deben ser sometidos ante los estrados de la Corte Penal Internacional.
La definición del término “terrorismo” implica un reto, pues la Comunidad Internacional debe lograr un equilibrio entre el derecho de los pueblos a luchar contra la dominación y la ocupación extranjera y el logro de una sociedad donde imperen la paz y la justicia.
La República Bolivariana de Venezuela considera que el respeto a los principios de igualdad soberana de los Estados; de no intervención en sus asuntos internos; y de igualdad de derechos y libre determinación de los pueblos, establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, constituyen el fundamento para la coexistencia pacífica entre las naciones.
Muchas gracias