Semanas de seis días de trabajo deberán compensarse con día adicional de vacaciones

Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT).

Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT).

Credito: Archivo

29 de Abril.- Ocho días restan para la entrada en vigencia de la jornada de trabajo de máximo cuarenta horas semanales (hasta ahora tiene un tope de 44 horas) y dos días libres consecutivos a la semana, que establece la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (Lottt).

Uno de los aspectos que contempla la normativa tiene que ver con aquellas labores continuas que se efectúan por turnos. El artículo 176 del instrumento legal precisa que en estos casos, la jornada diaria y semanal puede exceder los límites previstos (diurna, máximo ocho diarias y cuarenta semanales; la nocturna, siete horas diarias y 35 semanales; la mixta: siete horas y media diarias y 37 horas y media semanales) siempre que el total de horas trabajadas en un período de ocho semanas no exceda en promedio las 42 horas semanales.

Adicionalmente, precisa que "las semanas que contemplen seis días de trabajo deberán ser compensadas con un día adicional de disfrute en el período vacacional correspondiente a ese año, con pago de salario y sin incidencia en el bono vacacional".

El coordinador general de la Central Bolivariana Socialista de Trabajadores (CBST) y miembro del Consejo Superior del Trabajo, Carlos López, precisó este lunes a la Agencia Venezolana de Noticias (AVN) que cada vez que el trabajador excede su jornada, acumula días adicionales de vacaciones. Indicó que el propósito de la ley es que la persona sea compensada de manera adecuada con tiempo libre para el reposo, la recreación, la formación o la labor comunitaria.

Asimismo, explicó que este día adicional de vacaciones no excluye el derecho a gozar de los dos días libres continuos por semana.

Entre esas labores continuas se incluyen: empresas básicas como la siderúrgica y del aluminio, los trabajadores de salud, los medios de comunicación, entre otros.

López ratificó que a partir del 7 de mayo, cuando se vence el año de vacatio legis para la entrada en vigencia de la nueva jornada, todas las empresas públicas y privadas deben adecuarse a esta reducción de la jornada.

Del mismo modo, puntualizó que no deben establecerse acuerdos que pretendan desvirtuar estos beneficios para los trabajadores, como el pago adicional de jornadas extras. Recordó que hay un tope de cien horas extras al año, y confió en que la mejora del poder adquisitivo de los trabajadores en el país impedirá que los empleados se vean forzados a aceptar convenios de ese tipo.

La Ley puntualiza, asimismo, que el salario no podrá ser disminuido como consecuencia de la reducción de la jornada de trabajo. Además, ninguna convención colectiva puede establecer aspectos que vayan en detrimento de lo establecido con la nueva jornada.

Reglamento

López recalcó que la ley es clara y que el reglamento, cuya primera parte debe ser publicada en los próximos días, garantiza su ejecución al plantear las especificidades de algunos sectores. Por ejemplo, mencionó que se precisarán los establecimientos laborales que pueden trabajar los fines de semana, como los hoteles, restaurantes, centros comerciales, medios de comunicación, etc.

Asimismo, indicó que la CBST tiene meses desplegada garantizando la información pertinente a sus 1.500 sindicatos, a fin de que estén alertas para asegurar el cumplimiento de la nueva jornada.

Ratificó que unas 130.000 empresas han entregado los nuevos horarios ante las Inspectorías del Trabajo, que debe registrarlas para que luego las compañías las coloquen en un sitio visible.

Señaló que aún faltan empresas por cumplir este paso, en particular dentro del área comercial, pero enfatizó que todas deben respetar la Ley.

Una conquista legal

La LOTT entró en vigencia el 7 de mayo de 2012, luego de que el comandante Hugo Chávez convocara en noviembre de 2011 a redactar una nueva ley, "digna del proceso revolucionario de transición al socialismo que está viviendo Venezuela y en el cual la clase obrera tiene que jugar un papel fundamental", destacó el mandatario en esa oportunidad.

Además de la reducción de la jornada, a fin de garantizar el descanso y la recreación de los trabajadores, el instrumento legal elimina la tercerización de las actividades o subcontratación, extiende el permiso prenatal y postnatal, prevé el pago doble en caso de despidos injustificados y el cálculo de las prestaciones con base en el último salario y teniendo en cuenta los años de trabajo.

Para la reducción de la jornada, la LOTT dio un plazo de un año, a fin de que las entidades de trabajo organizaran sus horarios con participación de los trabajadores y los consignaran en las Inspectorías del Trabajo.


Esta nota ha sido leída aproximadamente 6289 veces.


La fuente original de este documento es:
Agencia Venezolana de Noticias (AVN) (http://www.avn.info.ve)



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Notas relacionadas