Reforma constitucional contempla inclusión del Poder Popular como componente del Estado

Caracas, 15 Ago. ABN (Lisbeth Barberini).- El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, anunció que en la propuesta de reforma constitucional que entregó este miércoles a la Asamblea Nacional se incluye el Poder Popular como uno de los componentes del Estado.

Durante su alocución en la sesión especial del Parlamento, el mandatario nacional dijo que en la Constitución Bolivariana de 1999 no aparece el poder popular, ya que se quedó corta debido al tiempo en el que nació y la velocidad de los cambios generados en el país.

Mencionó que esta reforma es impostergable, ya que generará “impactos tremendos en la aceleración del proceso de cambio revolucionario en lo social, político, económico y una mayor fortaleza democrática”.

“Esta humilde propuesta está incrustando en el alma de la Constitución el Poder Constituyente y el Poder Popular, pues todos los demás poderes deben estar sujetos a la voluntad del poder popular”, dijo.

La propuesta para el articulo 136 señala: El poder público se distribuye territorialmente de la siguiente forma: el Poder Popular, el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional.

En relación con el contenido de las funciones que ejerce el Poder Público, se organiza en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del poder popular, éste no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.

El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los Consejos Comunales, los Consejos obreros, los Consejos Campesinos, los Consejos Estudiantiles y otros entes que señale la Ley.

Por su parte, El artículo 136 de la constitución vigente establece: El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado, concluye el artículo 136, perteneciente al Capítulo I del Título IV referido al Poder Público.

La presentación de la propuesta en el parlamento coincide con el 202 aniversario del juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro y con el tercer aniversario del Referendo Presidencial del 15 de agosto.

El cambio a la Carta Magna fue anunciado por el presidente Hugo Chávez Frías el 12 de agosto de 2006, momento en que inscribió su candidatura ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para participar en la pasada contienda electoral del 3 de diciembre.

La reforma constituyente es el segundo de los Cinco Motores Constituyentes, con los cuales el Presidente se propuso acelerar la construcción del socialismo del siglo XXI en Venezuela.


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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)



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