El INTI actúa apegado a la Ley

INTI: veracidad de los hechos en relación al caso del ciudadano Franklin Brito

07 de Diciembre.- Ante las informaciones aparecidas y publicadas a través de los medios de comunicación social referente al caso del ciudadano Franklin Brito, el Instituto Nacional de Tierras (INTI) quiere clarificar ante todo el pueblo venezolano y la opinión pública en general la veracidad de los hechos y la verdad de la atención que ha recibido este caso: 
  • En el año 1999, el extinto Instituto Agrario Nacional (IAN) otorgó al ciudadano Franklin Brito, titular de la cédula de identidad: V- 5.900.639, titulación sobre un Fundo llamado “La Iguaraya”, ubicado en el Sector La Tigrera, Municipio Sucre del Estado Bolívar, cuya superficie es de 290,20 hectáreas.
  • Desde el año 2004, el ciudadano Franklin Brito ha denunciado un supuesto solapamiento de tierras, producto de cartas agrarias otorgadas por el INTI a vecinos que han ocupado desde tiempo atrás fundos cercanos. Desde la denuncia, el Sr. Brito pasó a protagonizar diversas protestas, huelgas de hambre y en algunos casos se ha llegado hasta auto flagelarse.
  • Cada protesta del Sr. Brito ha sido atendida a tiempo y con respuestas efectivas por parte del Estado Venezolano, y en particular, por el Gobierno Bolivariano y el Poder Judicial en todas las instancias en las que ha sido conocido este caso.
  • En la primera huelga de hambre realizada en la ciudad de Caracas en el año 2005, el Sr. Brito fue atendido por el Gobierno Bolivariano y en esa oportunidad, fruto de esa protesta, recibió indemnización por los supuestos daños y perjuicios.
  • En la segunda huelga de hambre en el año 2006 el Sr. Brito fue atendido directamente por el Instituto Nacional de Tierras. De nuevo se acordaron una serie de beneficios por supuestos daños ocasionados y se practicaron las inspecciones necesarias para resolver esta situación.
  • El INTI realizó una inspección técnica, en diciembre del 2006, de la cual se evidenció que “no existe el solapamiento mencionado por Franklin Brito”. Esto ha quedado constancia en la inspección judicial practicada por el Juzgado del Municipio Sucre, Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Primer Circuito.
  • En diciembre del 2006, el INTI llevó a cabo los trabajos y financió los mismos en las tierras asignadas al Sr. Brito, los cuales consistieron en:
    • Reconocer servidumbre de paso al Sr. Brito, abriendo un paso principal del fundo La Iguaraya e instando a los vecinos del fundo a cumplir con lo decidido por el INTI.
    • Construcción de una manga que distinguía la servidumbre de paso.
    • Ampliación de la entrada principal del fundo con pases de rastra de tractor y colocándose de nuevo la cerca con botalones y pelos de alambre. Se realizaron labores de instalación y mejoramiento de cercas y estantillos.
    • Dado las condiciones de esta vía y a la existencia de una quebrada que originaba en épocas de lluvias serías dificultades de acceso. El INTI ejecutó una obra de alcantarillado y de engrasonamiento, para que el Sr. Brito obtuviera acceso libre para  maquinaria pesada (agrícola) al fundo.
  • Para lograr concluir la segunda huelga de hambre del Sr. Brito el Gobierno Bolivariano decidió otorgar de manera gratuita una serie de beneficios, lo cuales fueron:
    • Se deforestaron 40 hectáreas
    • Se entregó un tractor y una rastra.
    • Reparación de vehículo personal del Sr. Brito. (Caja y Motor)
    • Se le entregaron insumos agrícolas para 11 hectáreas de melón y 11 hectáreas de patilla.
    • Exoneración de un crédito de FONDAFA que tenía el Sr. Brito.
    • Se entregaron enseres domésticos varios (cocina, nevera, comedor, etc.).
  • Es menester señalar que Franklin Brito ha acudido a las instancias judiciales, quienes han revisado el caso y dictaminado:
    • Interpuso acción de Amparo Constitucional por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Ciudad Bolívar (año 2006), la cual fue declarada inadmisible por el mencionado Tribunal;
    • Por ante el Juzgado Superior Quinto Agrario del Estado Monagas (año 2006) la cual también fue declarada inadmisible.
    • Posteriormente apelada por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, también declarada sin lugar (año 2007).
 

Finalmente, sobre la reciente huelga de hambre del Sr. Brito que se logró levantar, se hace necesario aclarar que el INTI siempre ha actuado y seguirá actuando apegado a la Constitución y las leyes.  

El hecho de que el INTI haya actuado revocando las cartas agrarias de los vecinos   colindantes de las tierras que durante el propio Gobierno Bolivariano fueron asignadas al Sr. Brito no implica en ningún momento que se admita como verdad, algo que ha sido demostrado y reiterado tanto en tribunales como en las inspecciones de campo realizadas, sino que responde únicamente a razones de carácter humanitario y ante el inminente riesgo de que la manipulación de los sectores opositores en su afán de dañar al Gobierno Bolivariano permitieran la muerte de ese ciudadano como se evidenció frente a la resistencia de los estudiantes opositores de que fuera el Sr. Brito levantado y atendido médicamente. 

Por otra parte, cabe señalar que el Sr. Brito en ningún momento ha sido sujeto de ningún procedimiento de rescate y/o expropiación sino que el mismo siempre ha permanecido en posesión de las tierras que le otorgó el extinto IAN en el año 1999.



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