Carros con menos de 2 años no podrán venderse vía web

Credito: Archivo

09-11-14.-De aprobarse el Proyecto de Ley de Comercio Electrónico quedaría prohibida la oferta de bienes y servicios a través de las páginas web de los vehículos menores a dos años desde su adquisición.

De igual forma se incluye en las prohibiciones de comercialización a las viviendas de interés social, medicamentos, productos de primera necesidad, entre otros artículos subsidiados por el Estado.

El artículo 58 del proyecto aprobado el pasado martes 4 de noviembre en primera discusión por unanimidad, señala que “se prohíbe la oferta de bienes y servicios a través de tecnologías de información, páginas web, internet, paginas sociales de medicamentos, sustancias prohibidas para su consumo o uso, bienes o servicios que inciten a la prostitución o pornografía; artículos de primera necesidad y de la cesta básica o aquellos sometidos a regulación de precios, así como los comercializados por cualesquiera de la redes de distribución de alimentos del Estado”.

Incluye además “artículos subsidiados por el Estado venezolano antes de dos años de su adquisición, vehículos automotores antes de dos años de su adquisición; viviendas de interés social y artículos vencidos o en mal estado”.

En relación a las sanciones, establece de 1.000 a 2.000 Unidades Tributarias como multa para quienes infrinja la normativa, la cifra más alta es para los reincidentes. Explicó a PANORAMA el diputado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) Claudio Farías, presidente de la Comisión de Administración y Servicios.

“La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos socioeconómicos, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa, podrá imponer por el incumplimiento del presente ordenamiento jurídico a cualquiera de los actores que intervengan directa o indirectamente en transacciones comerciales a través de medios electrónicos, sin menoscabo de otras sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar”, reza el artículo 59.

Farías indicó que la consulta pública iniciará el viernes 14 de noviembre en Porlamar, estado Nueva Esparta, seguido por Lara el viernes 21. En la siguiente semana el recorrido seguirá por Miranda, Falcón y Zulia, entidad que aún no tiene fecha asignada.

“Una vez superada la consulta pública, debatiremos a lo interno de la Comisión artículo por artículo de la ley para llevarlo a plenaria antes de finalizar este período legislativo”, aseveró Farías.

“Esperamos que en la última semana de sesiones, del 17 al 19 de diciembre vamos a estar discutiendo en plenaria para aprobarla definitivamente”, agregó Farías, al explicar que esta norma complementa a la Ley de Delitos Informáticos.
Farías, descartó que el proyecto de Ley, compuesto por 61 artículos, sea sancionatoria.
Enfatizó que se trata de una legislación que “normaliza el comercio, fija algunos parámetros, y que establece el uso de la factura. Reglas para que se haga el comercio de manera transparente, en el que se pueda confiar y no se desarrollen ilícitos”.


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La fuente original de este documento es:
Panorama (http://panorama.com.ve/portal/app/push/noticia132789.php)



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