Grandes transacciones en moneda extranjera no pagarán impuesto

Credito: Archivo

02-02-16.-El Decreto 2212 de la Gaceta Oficial N° 40839 de fecha 29 de enero de 2016, establece una alícuota de creo por ciento (0%) para el pago del Impuesto a las grandes transacciones financieras, a los contribuyentes y responsables sujetos a la aplicación de la ley que crea el tributo, cuando realicen operaciones que involucren cuentas en moneda extranjera en el Sistema Financiero Nacional, incluidas las cuentas mantenidas en el Banco Central de Venezuela.

El texto indica entre sus considerandos que el Ejecutivo adopta esta media para estimular las exportaciones, importaciones e inversiones extranjeras que ayuden al reimpulso de la economía.

El Decreto entró en vigencia el 01 de enero de 2016.




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