Personalmente me ha causado preocupación cuando oigo decir en las cátedras de Derecho a docentes abogados(das) penalistas que se desempeñan en el ámbito laboral jurídico, como Defensores Públicos o Privados, planteamientos como estos: “En el derecho no hay ética cuando se diligencia la defensa del cliente que la exige, ya que lo que importa es el monto en dinero que paga para lograr su libertad plena”; “Todo ser humano culpable o no del acto delictual que se le imputa, tiene derecho a la defensa”; “Como abogado(da) defensor(ra) privado(a), utilizo todos los recursos lícitos o no, que permitan lograr que el Juez decida a favor de mi cliente”; “Yo puedo manipular testigos o falsear evidencias, para lograr éxito en la defensa de mi cliente”; “Si como Defensor(ra) Público(a), detecto que al penado se le ha violado el debido proceso, sea reincidente con alta peligrosidad o no, abogo ante el Juez o Jueza de la causa, su libertad plena”. Por todos estos criterios antes citados, es que me planteo la siguiente opinión:
Cuando el comportamiento humano se desarrolla asumiendo conductas miserables, antipatrióticas y meramente mercantilistas, es profundamente oprobioso y extremadamente dañino a cualquier sociedad, sea ésta gobernada por sistemas políticos de ideología capitalistas o socialistas; ya que todo proceso educativo familiar empírico o escolarizado, en ambas sociedades filosóficamente forma al ser humano para que se comporte ética y moralmente, a objeto de que conviva respetando el derecho ajeno, la norma jurídica rectora de esa sociedad y al medio ambiente en general. Desde el seno de la familia como núcleo social, sea esta económicamente débil o con poder económico, se inicia el proceso formativo de la niña o el niño, en lo hogareño, lo idiosincrático, religioso, lo cultural y escolar básico, para garantizarle el adecuado comportamiento en su formación académica universitaria profesional; o simplemente asuma una conducta responsable en el transcurso del tiempo que Dios le permita existir en su ámbito de convivencia.
Este enfoque no plantea nada extraordinario, pues el ser humano desde que dejó de ser “bárbaro”, a partir de la invención de la escritura, hasta la presente fecha, ha venido evolucionando conductualmente para lograr la convivencia mundial y su potencial desarrollo científico productivo en bienes y servicios. Pero desafortunadamente por ser el humano la única especie viviente con inteligencia razonal y parlo comunicante; ello le da el poder para comportarse tan psicológica y socialmente con conducta anormal, al extremo de hacerse auto perjuicio y permanente daño a su prójimo y al universo que lo rodea. Para normar y regular ese anormal comportamiento, la sociedad organizada aprueba su Marco Constitucional y su sistema jurídico; El Estado – Nación en sus instituciones universitarias, forma académica y científicamente a las personas, en profesiones tales como: Abogados, Policías, Fiscales, Jueces, Custodios de Cárcel; crea infraestructuras administrativas y físicas, construye cárceles, retenes policiales y judiciales; en fin el Estado, sus gobernantes y autoridades respectivas amparados en la norma jurídica, ejerce la actividad rectora orientada a regular el comportamiento de la sociedad en términos generales.
Lamentablemente el Poder Legislativo el cual está integrado por seres humanos, redacta y aprueba leyes en cuyo contenidos se dejan muchas lagunas jurídicas, o no se adecuan a las exigencias demandadas por la sociedad, dichas anormalidades jurídicas les permite a los profesionales del derecho hacer una minuciosa interpretación de la norma, para lograr defender con éxito los intereses de quienes solicitan sus servicios profesionales. Buena parte de esos profesionales del Derecho penal, bien sean: Defensores Privados, Defensores Públicos, Fiscales y Jueces son inescrupulosos, inmorales y anti éticos, por tanto con la cooperación de los funcionarios policiales de todos los cuerpos de seguridad de Estado, que asumen igual comportamiento, logran burlar la ley para poner en libertad a quien comete graves delitos perjudicando a la sociedad; además de coadyuvar con la desestabilización del Poder Ejecutivo y al Gobierno de turno; ya que la oprobiosa conducta de quienes deben garantizar la seguridad y convivencia armoniosa de la sociedad, por el contrario la perjudica notablemente al permitir con su indecorosa actuación profesional de carácter extremadamente mercantilista, que personas criminales y cleptómanas altamente peligrosas logren salir a la calle en libertad plena o condicionada, para que continúen con su conducta disociada haciéndole profundo daño a la sociedad y a su propio entorno familiar.
Nuestra Carta Magna - CRBV, el CP, el CPC, el COPP, CCV y demás leyes orgánicas que norman el proceso jurídico; en sus articulados tienen contenidos que garantiza a los ciudadanos y ciudadanas sus Derechos Humanos fundamentales y el debido proceso; aun cuando estos no respeten a sus semejantes el Derecho que les asiste a convivir en sana paz; todos los Poderes Públicos de Estado con sus respectivos rectores y administradores, están obligados por mandato constitucional y demás leyes, a garantizar la paz y tranquilidad que demanda la sociedad.
El Señor Presidente Nicolás Maduro Moros, como es ya bien conocido comunicacionalmente, le está haciendo un llamado a la sociedad en general, para combatir este detestable flagelo que hoy afecta a nuestra sociedad; por tanto todo ciudadano y ciudadana de respeto y buen vivir sea profesional o no, debe cooperar hasta donde le sea posible para que logremos más temprano que tarde reducir a su mínima expresión la inseguridad y la criminalidad en nuestra patria.
Las medidas gubernamentales apegadas a las facultades que le confiere el art. 236 de la CRBV al Presidente de la República, deben orientarse a depurar y sancionar severamente a todo aquel funcionario o aquella funcionaria pública responsables de administrar justicia y garantizar la seguridad ciudadana, que tenga comportamiento anti ético e inmoral, como también al Abogado(da) defensor(ra) privado que asume conducta delincuencial, para lograr la libertad plena o condicionada de sus clientes incursos en graves delitos punibles; solo con el propósito obtener altos beneficios económicos a expensas del sacrificio de su semejante. En materia penal y policial, el Estado venezolano requiere de una urgente reforma estructural.