Victimologia

En nuestro país, si bien es cierto en todo el ordenamiento jurídico están establecido los derechos de las víctimas, debemos analizar concienzudamente los siguientes principios Constitucionales tales como: Presunción de Inocencia,  In Dubio Pro Reo, Proporcionalidad Delitos/Penas, Irretroactividad de Normas, Intervención Mínima. Todos estos principio ya conocidos por los estudiosos del derecho sin lugar a duda, tienden a favorecer al Infractor, delincuente, forajido, imputado o acusado, lo que trae a colación la vulnerabilidad de la víctima frente un proceso que pareciera fuera diseñado para burlar la justicia. Es allí donde entrar el estudio profundo de la “Victimologia” y su forma de participación dentro del proceso que está garantizado por todo el Estado Venezolano a través de sus instituciones (Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional, entre otras).

La “Victimologia” es un término desarrollando desde mediados del siglo XX, específicamente por sus precursores Von Henting y Beniamin Mendelson, que estudia cual es el papel de la víctima con relación al delito y las consecuencias que el delito ocasiona en las víctimas, los grandes estudiosos en este tema enmarcan esta nueva dogmática de manera autónoma, vale decir que se encuentra íntimamente relacionada con la  criminología,  no obstante a los fines de darle importancia a la víctima en el proceso penal, justifican su autonomía.

La víctima puede ser directa (Quien padeció el daño) e indirecta: (Quien no padeció el daño, - familiares- pero sufre las consecuencias). Dentro de este extenso estudio, las consecuencias de ser víctima son, la victimización primarias quien sufre el perjuicio psicológico, físico o patrimonial, la victimización secundaria implica la experiencia posterior en relación con el sistema, esto sucede cuando asisten a las instituciones del Estado y no se hacen eco de la denuncia, le hacen perder tiempo, e incluso tienen la osadía de pedir dinero (funcionarios) para ejecutar su trabajo, esta victimización secundaria sucede mucho en nuestro país, al punto que la víctima se hace valer de un abogado de su confianza para no ser re-victimizada por el propio Estado.

En este mismo sentido se encuentra la victimización terciaria, vivida por el “transgresor” quien posterior a estar sujeto a las reglas del Estado, la cual tiene como función principal regenerarlo para la sociedad, sufre la marginación institucional (hacinamientos, mal tratos y retardo procesal) a través de su paso por la cárcel y cuando salen del recinto penitenciario choca con las dificultades de un etiquetamiento social que no lo ayuda a su reinserción.

A manera de colofón, la “victimología” estudia a las víctimas. Aborda su personalidad individualmente (microvictimización) o en conjunto (macrovictimización) se vale de distintas disciplinas tales como la sociología, la psicología, el derecho penal y la criminología.

 

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José Monaza F

Abogado. Asesorialegalenvalledelapascua.blogspot.com

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