Por el delito de distracción de recursos financieros

Ministerio Público imputó a Eligio Cedeño por caso Microstar

(Caracas, 28 de mayo de 2009) El Ministerio Público imputó al empresario Eligio Cedeño, por el delito de distracción de recursos financieros, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, como parte del proceso que se sigue por las presuntas irregularidades cometidas en el otorgamiento de divisas al Consorcio Microstar.

La imputación fue realizada por el fiscal con competencia en materia contra la corrupción, bancos, seguros y mercado de capitales a nivel nacional, Daniel Medina, y los fiscales nacionales 50° y 53°, William Guerrero y Ana Isabel Hernández, respectivamente.

El acto formal se efectuó en cumplimiento de la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), del pasado 07 de mayo, en la que se ordena al Ministerio Público imputar nuevamente a Cedeño y a Gustavo Arraíz, por la presunta comisión del delito de distracción de recursos financieros.

Sin embargo, en la ponencia del magistrado Héctor Coronado se señaló que se mantiene vigente la acusación presentada contra Cedeño, por obtención fraudulenta de divisas y contrabando.

Asimismo, continúa vigente la acusación contra Gustavo Arraíz en relación con los delitos de obtención fraudulenta de divisas y contrabando en la modalidad de simulación de importaciones.

Adicionalmente, se mantuvo la medida de privación de libertad contra ambos ciudadanos. Posteriormente, el Ministerio Público procederá a realizar el acto de imputación respecto a Arraíz.

Es oportuno recordar que la investigación del llamado caso Microstar se inició en el 2003, ante la denuncia realizada por funcionarios del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
Eligio Cedeño y Gustavo Arraíz fueron imputados en noviembre de 2005, durante la investigación sobre presuntas irregularidades en el otorgamiento de 27 millones de dólares al Consorcio Microstar, por parte Cadivi, para la importación de equipos informáticos que nunca ingresaron al país.

En febrero de 2007, el Tribunal 3° en funciones de Control de Caracas acordó la medida de privación de libertad contra Cedeño. Mientras en marzo de ese mismo año, Arraíz fue privado de libertad cuando el referido
tribunal le dictó la medida, luego de haber sido expulsado de Panamá, país donde fue capturado por Interpol.


Esta nota ha sido leída aproximadamente 7969 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Notas relacionadas