(Caracas, 23 de febrero de 2011) El Ministerio Público imputó a César Arveláez, médico del hospital Raúl Leoni de Guaiparo, en San Félix, estado Bolívar, por la presunta comisión del delito de violencia institucional, tras negarse a realizar un examen médico a una mujer que había sido agredida por su pareja.
El caso se remonta al martes 15 de febrero, cuando una ciudadana denunció en el Centro de Coordinación Policial N° 2 de Guaiparo que había sido agredida físicamente por su concubino. A fin, de cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los funcionarios trasladaron a la víctima hacia el referido centro de salud para que le hicieran un informe médico, pero el galeno de guardia (Arveláez) se habría negado a expedirlo, pues según él debía hacerlo un forense.
En virtud de esa situación, se procedió a levantar un procedimiento por flagrancia y notificar a la Fiscalía 16° con competencia en materia de Violencia Contra la Mujer, instancia que procedió a la presentación e imputación del médico, por la presunta comisión del delito de violencia institucional, conforme con lo establecido en el artículo 54 de la ley que regula esta materia.
La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece en dicho artículo que “quien en el ejercicio de la función pública, independientemente de su rango, retarde, obstaculice, deniegue la debida atención o impida que la mujer acceda al derecho a la oportuna respuesta en la institución a la cual ésta acude, a los fines de gestionar algún trámite relacionado con los derechos que garantiza la presente Ley, será sancionado con multa de cincuenta (50 U.T.) a ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.)”.
En ese sentido, la fiscal 16° con competencia en dicha materia, Marbelys Golindano, procedió a imputar al médico Arveláez ante el Tribunal 1° de Control de Audiencias y Medidas en casos de Violencia Contra la Mujer, con sede en Puerto Ordaz, por la presunta comisión del delito de violencia institucional, además solicitó medidas de protección y seguridad a favor de la víctima, así como la presentación del galeno cada vez que sea requerido por la instancia jurisdiccional.
Analizada las solicitudes del Ministerio Público, el referido Tribunal de Control las acordó, salvo la de protección para que la víctima y el presunto transgresor no tuviesen contacto, debido precisamente a la profesión de este último.
Asimismo, el Tribunal decretó que cada vez que el referido médico estuviese de guardia, está obligado a prestarles asistencia a todas las víctimas que acudan al hospital por violencia contra la mujer.