09 de mayo 2011.-Con el objetivo de brindar protección a las arrendatarias y arrendatarios, comodatarios y ocupantes o usufructuarios de bienes inmuebles destinados a vivienda principal, queda oficializado el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria.
La medida fue tomada por el presidente de la República, Hugo Chávez en el marco de la Ley Habilitante, y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.668 de fecha 6 de mayo del 201,1 a través del Decreto 8.190.
El presente Decreto-Ley, tiene como “sujetos objetos de protección” a todas aquellas personas que ocupen de manera legítima inmuebles como vivienda principal, y está dirigido a proteger a éstos contra medidas administrativas o judiciales mediante las cuales se pretenda interrumpir o cesar la posesión, o cuya práctica material implique el desalojo y la desocupación del inmueble.
La norma fue aprobada el pasado 5 de mayo por el Jefe de Estado, en Consejo de Ministros realizado en el Palacio de Miraflores, a los fines de proteger a los inquilinos de los abusos de algunos propietarios.