Manifiesto y Plan de manejo integral de las Cuencas Hidrográficas

Se mantiene la Lucha Campesina en Cocorote - Estado Yaracuy

Estado Yaracuy

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11 de mayo de 2015.-

A continuación y para conocimiento de todo el Pueblo de Venezuela, en particular el Pueblo Campesino y sus familias, publicamos el Manifiesto en contra del Decreto Regional 3203 emitido por el gobernador del Estado Yaracuy que afecta poblaciones de sus 14 Municipios y nuestra propuesta de Plan  de  Manejo Integral  de las Cuencas  Hidrográficas y por una Experiencia Ecosocialista en Yaracuy.

Por otra parte, publicamos los links de la reseña aparecida en esta mismas pagina y de un video de la misma situación de desalojo violento que viven los campesinos y familias de Cocorote:

MANIFIESTO

DECRETO REGIONAL 3203: DESPOJO DE TIERRAS A  CAMPESINOS Y CAMPESINAS DE YARACUY.

El Decreto 3203 emitido por  el gobernador del Estado Yaracuy , Julio Cesar León Heredia, de fecha  06 de abril de 2015,publicado en prensa regional el 8 de Abril, bajo el título “protección y preservación de las fuentes y acuíferos en las cuencas, subcuencas y microcuencas del Estado Yaracuy”, no es más que un adefesio jurídico  para desalojar y despojar  de las tierras a innumerables  familias campesinas ,que viven  y producen , históricamente, en dichas tierras ,que abarcan el 75% del territorio yaracuyano .

Dicho decreto en sus considerandos, articulados y contenido en general  es INCONSTITUCIONAL, ILEGAL, ARBITRARIO, UNILATERAL, ADEMÁS DE INMORAL, POR LO TANTO IRRITO Y CONTRAREVOLUCIONARIO.VEAMOS:

El decreto en su art 1 señala las poblaciones  a ser afectadas en los 14 municipios del Estado, compuesta por subcuencas, microcuencas y diferentes quebradas y ríos, así como cualquier fuente natural de producción de aguas superficiales  o subterráneas  dentro del Estado Yaracuy.

El Art 2 reza textualmente:

dentro del área anteriormente señalada se prohíbe el desarrollo de cualquier actividad que vaya en detrimento de la producción de agua , en consecuencia, se prohíben asentamientos humanos, la implantación de cultivos limpios ,ganadería extensiva , talas, rosas, sócalos, y deforestaciones “

El Art 3 reza textualmente :

“ Todas las instituciones nacionales, regionales y municipales con sede en el Estado Yaracuy y competente en la materia serán responsables de la aplicación del presente decreto  y encargados de elaborar y practicar las debidas notificaciones  a los ciudadanos y ciudadanas que actualmente se encuentren ocupando o utilizando las áreas indicadas en el artículo primero con actividades agrícolas , pecuarias u otras , para que dentro de los treinta días (30) siguientes a la publicación del Decreto desalojen en forma voluntaria dichas áreas”

Parágrafo tercero: “En caso de incumplimiento  del desalojo voluntario, el Estado, haciendo uso de la fuerza pública, ejecutará de manera forzosa la medida; garantizando el Principio del  Debido Proceso y respeto a los Derechos Humanos”

Ahora bien, veamos las bases jurídicas y/o legales  que  se esgrimen para sustentar dicho Decreto:

Arts.  83,127 y 304 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Estos artículos rezan textualmente:

Art 83: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la Republica”

Art 127: “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley”

Art 304: “Todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación, insustituibles para la vida y el desarrollo. La ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección, aprovechamiento y recuperación, respetando las fases del ciclo hidrológico y los criterios de ordenación del territorio”

Hasta allí, con estos Artículos  de la CRBV pretenden sustentar el  decreto, pero ignoran o desprecian disposiciones fundamentales contempladas en nuestra carta magna, veamos:

PREÁMBULO: El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna…

Art 2. "Venezuela  se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines

Art 19: “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen”

Artículo 62. “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”

 Agregamos:

 Artículo 305: “ El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral, y en consecuencia garantiza la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria deberá alcanzarse desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental al desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiera, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de la actividad agrícola. El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley”

Artículo 306. “El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional. Igualmente fomentará la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de infraestructuras, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica”

 Artículo 307.” El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores o productoras agropecuarios tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados por la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario. Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia”

Sin mayores comentarios, queda claro, que  el Decreto 3203 ignora y desprecia  principios y fundamentos constitucionales, atentando contra  los derechos individuales, colectivos, sociales, económicos y políticos  de las familias campesinas, asentadas en los territorios a ser intervenidos con  su aplicación. La visión burocrática y tecnicista de los autores del Decreto no les permite ver que  la tierra , la naturaleza, es  la esencia de vida del campesino, son ellos juntos a los indígenas, los principales guardianes de la naturaleza porque nacen, viven y se desarrollan en estos territorios ,estableciendo  relaciones culturales, económicas, sociales, familiares, espirituales . Queda del  Estado y Gobiernos Regionales o municipales, incorporarlos y sumarlos además de consultarles, debatir y decidir junto a ellos, los planes de conservación del ambiente y cualquier otro plan que conlleven a la intervención de las tierras que ocupan. Ignora el Decreto que estas familias, a quienes pretenden desalojar de sus tierras, además de vivir en el territorio, desarrollan actividades productivas agrícolas cultivando café, plátanos, cambur, frutales, plantas medicinales, entre otros ,para lo cual han contado con la ayuda de nuestra Revolucion a través de INTI  y la Banca Social: FONDAS Y BAV. Estas familias desarrollan  en sus actividades, practicas conservacionistas y de bajo costo ambiental, y contribuyen a la alimentación de su núcleo familiar , de las zonas aledañas y del municipio y del Estado Yaracuy ...En tiempos de guerra económica propiciada por la contrarrevolución, que pretende matar de hambre al pueblo, resulta poco menos que un crimen atentar contra la producción de alimentos en cualquier territorio de la geografía nacional. En este caso, El Decreto 3203 además de ser un atentado contra las familias campesinas, atenta contra las iniciativas campesinas de producción  de alimentos y la soberanía alimentaria  en Yaracuy. Consideramos  que en vez de ser atacados y desalojados de sus tierras, las experiencias campesinas  bien podrían ser potenciados con ayuda del Estado y Gobierno Estadales  revolucionario para contribuir al buen vivir de las familias campesinas y derrotar definitivamente a la guerra económica, que vivimos actualmente.

Unido a esto, el Decreto en su 2do Considerando  menciona al Plan de la Patria, pero olvida conceptos y principios fundamentales que en ese plan nos legó nuestro Comandante Eterno. Veamos:

OBJETIVO NACIONAL: 2.2 Construir una sociedad igualitaria y justa.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y OBJETIVOS GENERALES:

2.2.1 Profundizar el impulso a la transformación de las relaciones esenciales del pueblo con la naturaleza, con el Estado, con la sociedad, con el proceso de trabajo y con el pensamiento.

2.2.1.35 Profundizar la acción educativa y comunicacional en función de la consolidación de los valores y principios del estado democrático y social de derecho y de justicia, contemplado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el enriquecimiento de la conciencia de protección ambiental como requisito para preservar la vida planetaria. 2.2.1.36 Desarrollar una política integral de protección y divulgación científica

2.2.1.36 Desarrollar una política integral de protección y divulgación científica con relación la diversidad biológica de nuestro país, y en específico la que se encuentra en nuestros Parques, así como los reservorios de agua de nuestro país y lo que representan para el planeta.

2.3.4 Garantizar la plena inclusión social: El Poder Popular como garante del reconocimiento de la dignidad del ser humano, como sujeto en ejercicio pleno de sus derechos, reconociendo a la familia como un factor determinante de protección y base fundamental del nuevo andamiaje social, cuyas premisas han de ser la armonía, la solidaridad, la complementariedad y la corresponsabilidad como vía hacia el vivir bien.

2.5.1 Desatar la potencia contenida en la Constitución Bolivariana para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica

2.5.1.1 Diseñar, junto a las organizaciones de base del Poder Popular, un plan específico para el desarrollo legislativo y práctico de todos los artículos constitucionales que le reconocen al pueblo el ejercicio de la democracia directa.

2.5.2 Establecer un sistema de comunicación permanente, para escuchar al pueblo organizado y al pueblo despolitizado, como parte del esfuerzo para la construcción colectiva del Estado Socialista, bajo el principio de “mandar, obedeciendo”

2.5.3 Desarrollar el sistema Federal de Gobierno, basado en los principios de integridad territorial, económica y política de la Nación venezolana, mediante la participación protagónica de los obreros, los campesinos, los pobladores, los pueblos indígenas, los afrodescendientes, las mujeres y los jóvenes en las funciones de gobierno comunal y en la administración de los factores y medios de producción de bienes y servicios de propiedad social.

OBJETIVO NACIONAL:

 5.1. Construir e impulsar el modelo económico productivo eco-socialista, basado en una relación armónica entre el hombre y la naturaleza, que garantice el uso y aprovechamiento racional, óptimo y sostenible de los recursos naturales, respetando los procesos y ciclos de la naturaleza.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y OBJETIVOS GENERALES:

 5.1.1. Impulsar el socialismo como única opción frente al modelo depredador e insostenible capitalista.

5.1.2. Promover, a nivel nacional e internacional, una nueva ética socio-productiva, que impulse la transformación de los patrones insostenibles de producción y de consumo capitalistas.

5.2.1. Promover acciones en el ámbito nacional e internacional para la protección y conservación de áreas estratégicas, entre otras: fuentes y reservorios de agua (superficial y subterránea), gestión integrada de cuencas hidrográficas, biodiversidad, gestión sostenible de mares y océanos y bosques

5.2.2. Desmontar y luchar contra los esquemas internacionales que promueven la mercantilización de la naturaleza, de los servicios ambientales y de los ecosistemas

Es nada lo que toma en cuenta el Decreto 3203 a estos principios fundamentales que nos legó el Comandante Eterno Hugo Chávez  para un nuevo relacionamiento del Estado con los grupos humanos que conforman nuestro pueblo. El Decreto desprecia la vinculación intrínseca entre principios y premisas del Plan de la Patria: participación democrática del pueblo y sus organizaciones, construcción del Socialismo Bolivariano para lograr la suprema felicidad social, con una sociedad más igualitaria y justa sustentado en el rol del Estado Social y Democrático,  de Derecho y de Justicia. Los autores de este Decreto ignoran el contenido y espíritu de los articulados mencionados que  expresan que uno de los ejes transversales del Plan de la Patria es la conformación, apoyo y consolidación de organizaciones del Poder Popular como Consejos Comunales y Comunas que bien son espacios de saberes y experiencias que mucho contribuirían a la conservación del ambiente en todos estos territorios; el Decreto desprecia que son los grupos sociales, en este caso los campesinos, los sujetos protagónicos del necesario cambio de la actual relación destructiva e indiferente de los humanos  con la naturaleza , a una relación donde el ser humano establezca una relación de armonía, complementariedad, solidaridad  y sostenibilidad con la Pacha Mama, una nueva y mejor relación   del Estado y gobiernos con nuestros indígenas , campesinos, trabajadores para la construcción en el día a día de la Patria Bonita, de la Patria Socialista soñada por Chávez.

El Decreto también apela al Art 22 de la LEY DE AGUAS. Destacamos  que dicha ley entró en vigencia el 02/01/07 según Gaceta Oficial 38.595. Veamos dicho artículo:

Artículo 22. Competencia de estados y municipios. “Los estados, los municipios, los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y los Consejos Locales de Planificación Pública, ejercerán las competencias que en materia atinente a la gestión de las aguas, le han sido asignadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes aplicables, sin menoscabo de las funciones que le sean transferidas, delegadas o encomendadas por el ministerio que ejerza la Autoridad Nacional de las Aguas, de conformidad con la ley, y participarán en la toma de decisiones del ministerio que ejerza la Autoridad Nacional de las Aguas a través de su incorporación en los Consejos previstos en este Título.

Extrañamente solo citan este artículo, veamos otros que deberían ser citados:

Artículo 1. Objeto. “Esta Ley: tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen la gestión integral de las aguas, como elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y desarrollo sustentable del país, y es de carácter estratégico e interés de Estado.

Artículo 3. Gestión integral de las aguas. La gestión integral de las aguas comprende, entre otras, el conjunto de actividades de índole técnica, científica, económica, financiera, institucional. Gerencial, jurídica y operativa, dirigidas a la conservación y aprovechamiento del agua en beneficio colectivo, considerando las aguas en todas sus formas y los ecosistemas naturales asociados, las cuencas hidrográficas que las contienen, los actores e intereses de los usuarios o usuarias, los diferentes niveles territoriales de gobierno y la política ambiental, de ordenación del territorio y de desarrollo socioeconómico del país.

Artículo 5. Principios de la gestión integral de las aguas. Los principios que rigen la gestión integral de las aguas se enmarcan en el reconocimiento y ratificación de la soberanía plena que ejerce la República sobre las aguas y son:

1. El acceso al agua es un derecho humano fundamental.

2. El agua es insustituible para la vida, el bienestar humano, el desarrollo social y económico, constituyendo un recurso fundamental para la erradicación de la pobreza y debe ser manejada respetando la unidad del ciclo hidrológico.

3. El agua es un bien social. El Estado garantizará el acceso al agua a todas las comunidades urbanas, rurales e indígenas, según sus requerimientos.

4. La gestión integral del agua tiene como unidad territorial básica la cuenca hidrográfica.

5. La gestión integral del agua debe efectuarse en forma participativa.

6. El uso y aprovechamiento de las aguas debe ser eficiente, equitativo, óptimo y sostenible.

7. Los usuarios o usuarias de las aguas contribuirán solidariamente con la conservación de la cuenca, para garantizar en el tiempo la cantidad y calidad de las aguas.

8. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar la conservación de las fuentes de aguas, tanto superficiales como subterráneas.

 

10. Las aguas por ser bienes del dominio público no podrán formar parte del dominio privado de ninguna persona natural o jurídico

Artículo 18. Manejo de aguas y conservación de cuencas. El manejo de las aguas comprenderá la conservación de las cuencas hidrográficas, mediante la implementación de programas, proyectos y acciones dirigidas al aprovechamiento armónico y sustentable de los recursos naturales.

La conservación de las cuencas hidrográficas considerará las interacciones e interdependencias entre los componentes bióticos, abióticos, metales, económicos y culturales que en las mismas se desarrollan.

Artículo 19. Manejo de aguas subterráneas. El ministerio que ejerza la Autoridad Nacional de las Aguas considerará las provincias y cuencas hidrogeológicas como unidades espaciales para el manejo de las aguan subterráneas.

La reglamentación de esta Ley establecerá la delimitación y otras características de las provincias y cuencas hidrogeológicas del país, así como las regulaciones específicas para el manejo de las aguas subterráneas.

Artículo 20. Principios. La organización institucional para lo gestión de las aguas atenderá a los principios de:

1.- Desconcentración, descentralización, eficiencia y eficacia administrativa.

2.- Participación ciudadana.

3.- Corresponsabilidad en la toma de decisiones.

4.- Cooperación interinstitucional.

5.- Flexibilidad para adaptarse a las particularidades y necesidades regionales y locales.

Artículo 21. Integrantes. La organización institucional para la gestión de las aguas comprende:

1.- El ministerio con competencia en la materia, quien ejercerá la Autoridad Nacional de las Aguas.

2.- El Consejo Nacional de las Aguas.

3.- Los Consejos de Región Hidrográfica.

4.- Los Consejos de Cuencas Hidrográficas.

5.- Los usuarios o las usuarias institucionales.

6.- Los Consejos Comunales, las Mesas Técnicas y Comités de Riego.

7.- El Instituto Nacional de Pueblos Indígenas.

8.- El ministerio con competencia en materia de la defensa, a través del componente correspondiente.

9.- Los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas.

l0.- Los Consejos Locales de Planificación Pública

Paremos un momento aquí  y  releamos el art 22(el único citado en el Decreto)) y leamos el 5to Considerando del Decreto  y nos daremos cuenta que se pretende , pasar por encima a toda una organización institucional , legalmente establecida, y convertir a algunas instancias estadales o municipales como entes máximos decisorios en  el tema de aguas, cuando evidentemente no es así , y peor aún pretende desconocer  el espíritu de complementariedad, participación y trabajo en conjunto entre factores y actores  involucrados, que emanan de los arts. 20 y 21.  Sigamos:

Artículo 23. Órgano competente. “La Autoridad Nacional de las Aguas será ejercida por el ministerio con competencia en la materia, de acuerdo con lo establecido por el Ejecutiva Nacional en el Decreto correspondiente. Según lo dispuesto en el Artículo 58 da la Ley Orgánica de Administración Pública”

Artículo 24. Funciones. El ministerio que ejerza la Autoridad Nacional de las Aguas tendrá las funciones siguientes:

1.- Definir las políticas y estrategias para lograr la gestión integral de las aguas.

3.- Elaborar, evaluar y ejecutar estudios y proyectos de importancia nacional vinculados con la gestión integral de las aguas.

5.- Elaborar las normas técnicas para la conservación y uso sustentable de las aguas y presentarlas para su aprobación por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros y Ministras.

6.- Elaborar el Plan Nacional de Gestión Integral de las Aguas y presentarlo pasa su aprobación por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministran y. Ministras.

7.- Elevar a consideración del Presidente o Presidenta de la República la creación de los Consejos de Cuenca.

8.- Controlar la ejecución de los planes de gestión integral de las aguas.

9.- Coordinar la actuación de otros organismos públicos en la marca de los planes de gestión integral de las aguas.

11.- Ejercer el control jerárquico de los actos administrativos de efectos particulares que emitan los organismos a los que se atribuyan funciones administrativas como secretarias ejecutivas de región y cuenca hidrográfica, conforme a lo establecido en esta Ley y su Reglamento.

l2.- Tramitar y otorgar las concesiones, licencias y asignaciones para el uso, con fines de aprovechamiento, de aguas conforme a lo establecido en el Plan Nacional de Gestión Integral de las Aguas y en los planes de gestión integral de las aguas de las regiones y cuencas hidrográficas

14.- Garantizar la participación protagónica de los pueblos y comunidades indígenas en las diferentes instancias de gestión de las aguas, demás usuarios y usuarias, y de la comunidad organizada.

Paramos aquí y revisemos el  4to Considerando del Decreto  que dice que el Gobernador  del Estado Yaracuy es la máxima autoridad  dentro del Poder Ejecutivo Estadal, eso es verdad y no se discute; pero de ahí a asumir atribuciones  de carácter nacional que no son de su competencia  no es más que un exabrupto; mucho menos erigirse como Autoridad Nacional de Aguas que queda claro, según artículos 23 y 24,corresponde al Ministerio competente en la materia(Ministerio de Ecosocialismo y Aguas según  Presidencial 1701 de gaceta oficial 40.634).

Ahora vayamos a la LEY ORGANICA DE AMBIENTE, vigente desde 22/12/06 según Gaceta Oficial Extraordinaria 5.833 también citada en el decreto 3203, y podemos darnos cuenta de algunos detalles relevantes .veamos:

El Art 17 reza:

Los estados y municipios podrán desarrollar normas ambientales estadales o locales, según sea el caso, en las materias de su competencia exclusiva, asignadas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes; con base en las disposiciones establecidas en la presente Ley y atendiendo a los principios de interdependencia, coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad y a las particulares características ambientales de cada región”

Ahora bien, en el 3er Considerando del Decreto que  cita el art 17, lo hace pero no cita textualmente que las decisiones que tomen los Estados y los Municipios deben hacerse CON BASE EN LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE LEY.  ¿Error u omisión?

Revisemos otros artículos de la LEY ORGANICA DE AMBIENTE, que no son citados en el Decreto:

Artículo 4

4. Participación ciudadana: Es un deber y un derecho de todos los ciudadanos la participación activa y protagónica en la gestión del ambiente.

6. Educación ambiental: La conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado debe ser un valor ciudadano, incorporado en la educación formal y no formal.

Artículo 10

Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:

 1. Formular e implementar la política ambiental y establecer los instrumentos y mecanismos para su aplicación.

2. Coordinar el ejercicio de las competencias de los órganos del Poder Público, a los fines previstos en esta Ley

3. Cumplir las directrices y lineamientos de las políticas para la gestión del ambiente.

4. Fijar las bases del régimen regulatorio para la gestión del ambiente

5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica de la sociedad.

8. Asegurar la conservación un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado

13. Resguardar, promover y fomentar áreas que coadyuven a la preservación de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado

Artículo 13 “El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros, ejerce la suprema dirección de la política nacional ambiental.”

Artículo 14: “El Ejecutivo Nacional, a través de la Autoridad Nacional Ambiental, desarrollará las normas técnicas ambientales, en coordinación con los organismos competentes, atendiendo a los objetivos previstos en la presente Ley y las que la desarrollen”

Artículo 16: “ Los órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, ejercerán las atribuciones constitucionales y legales en materia ambiental, cada uno dentro del ámbito de sus competencias, de manera coordinada, armónica y con sujeción a la directrices de la política nacional ambiental, a fin de garantizar el tratamiento integral del ambiente a que se refiere esta Ley”

Artículo 18 La Autoridad Nacional Ambiental será ejercida por el ministerio con competencia en materia ambiental como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicas para la gestión del ambiente.

Artículo 19 La Autoridad Nacional Ambiental promoverá los procesos de desconcentración y descentralización en materia ambiental hacia los estados, municipios y distritos, bajo los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, en función de las necesidades y aptitudes regionales y locales, de conformidad con la presente Ley, las que la desarrollen y las especiales que regulen los procesos de descentralización.

Queda claro, que al igual que en materia de aguas , en la cuestión ambiental existen instancias,parámetros,disposiciones y autoridades competentes en la materia, entre ellos la Autoridad Nacional Ambiental como máxima autoridad, que en este corresponde , al igual que materia de Aguas , al Ministerio de Ecosocialismo y Aguas .

Sigamos revisando, el Decreto 3203 en su artículo 4 reza:

las instituciones situadas  en el Estado Yaracuy y el Poder Popular promoverán el desarrollo de actividades que tengan por objeto la vigilancia, preservación, recuperación y reforestación del medio ambiente; con la activa participación de los ciudadanos y ciudadanas para garantizar y fomentar una cultura ecosocialista de las fuentes de aguas, tanto superficial como subterránea

Resaltamos que no habido, hasta ahora, ninguna consulta ni mucho menos un llamado  a  la participación   de  las familias afectadas para la resolución del asunto , solo se ha establecido una política  de amenazas y amedrentamientos con visitas a las zonas por parte de  funcionarios del Gobierno Regional, quienes a través de unas cartas de notificaciones solo incitan y obligan a los campesinos a desalojar el territorio, en el tiempo que estipulan en el Decreto(30 días siguientes a su publicación, del 6 de abril), llegándose al extremo de haber realizado una arremetida policial en días pasados , contra familias allí establecidas.

Al respecto, invitamos principalmente al Gobierno Regional de Yaracuy, a hacer uso de las disposiciones que existen también, en la Ley Orgánica de Ambiente, veamos algunas de ellas:

Artículo 34 La educación ambiental tiene por objeto promover, generar, desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de solución a los problemas socio­ambientales, contribuyendo así al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable.

Art 35 Los lineamientos para la educación ambiental son:

 3. Desarrollar procesos educativos ambientales en el ámbito de lo no formal que promuevan y fortalezcan el derecho a la participación de ciudadanos, ciudadanas y comunidad en general, en el marco de una gestión del ambiente en forma compartida.

 4. Incorporar la educación ambiental para el desarrollo endógeno sustentable, desde una perspectiva participativa, crítica, influyente, transformadora de los sistemas productivos que reconozca la diversidad cultural y ecológica en el ámbito de la organización social.

5. Promover el diálogo de saberes, como base del intercambio, producción y difusión de información en los procesos educativos ambientales para generar acciones colectivas en el abordaje y solución de problemas socio ambientales.

Artículo 39 Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del ambiente.

Artículo 40 El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio con competencia en materia ambiental, reglamentará los mecanismos para hacer efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación ciudadana en la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la conservación del ambiente.

Unido a estas disposiciones legales, es importante resaltar conceptos, premisas y principios básicos del Ecosocialismo, que necesariamente deben estar presentes en todo proyecto que en su nombre se desarrolle.

Según los principios de la Estrategia Nacional para la Conservación  de la Diversidad Biológica  2010-2020 , el “ Ecosocialismo es un modelo de desarrollo sustentable, centrado en el respeto de todas las formas de vida existentes en el planeta, orientado a la satisfacción equitativa de las necesidades reales de todos los seres humanos para alcanzar la felicidad individual y colectiva de forma perdurable, donde la economía debe estar supeditada al bienestar social sin separar lo ambiental de lo político y social, donde el bienestar individual no puede verse aislado del bienestar colectivo. El Ecosocialismo tiene como base una Etica: la Ética Socialista  la cual, parte de la necesidad de construir un cuerpo de prácticas  y normas que reorienten los procesos sociales, económicos y políticos hacia modelos sustentables de convivencia, producción y consumo centrados en la dignidad y la vida, como alternativa ecosocialista a la destructiva ética capitalista y colonizadora de unos seres humanos hacia otros y hacia el resto de la naturaleza”

Según Michael Lowy, la  "Ética Ecosocialista en   primer lugar, se trata de una ética social: no es una ética de comportamientos individuales, no apunta a culpabilizar las personas, promover el ascetismo o la autolimitación. Es importante que los individuos sean educados en el respeto del medio ambiente y el rechazo del desperdicio; sin embargo, el verdadero nudo está en otra parte: el cambio de las estructuras económicas y sociales capitalistas-mercantiles, el establecimiento de un nuevo paradigma de la producción y la distribución, fundado,  en la consideración de las necesidades sociales, –en particular, la necesidad esencial de vivir en un medio natural, no degradado. Un cambio que exige a actores sociales, movimientos sociales, organizaciones ecológicas, partidos políticos y no solamente individuos de buena voluntad.   El Ecosocialismo implica, de igual manera, una ética democrática: mientras que las decisiones económicas y las elecciones productivas queden en manos de una oligarquía de capitalistas, banqueros y tecnócratas, o en el desaparecido sistema de las economías estatalizadas, de una burocracia que escape a todo control democrático, no saldremos del ciclo infernal del productivismo, de la explotación de los trabajadores y de la destrucción del medio ambiente. La democratización económica –que implica la socialización de las fuerzas productivas– significa que las grandes decisiones sobre la producción y la distribución no serán tomadas por “los mercados” o por un politburó, sino por la sociedad misma después de un debate democrático y pluralista en el cual se opongan las propuestas y las opciones distintas. Es la condición necesaria para la introducción de otra lógica socioeconómica y de otra relación con la naturaleza”

Por lo tanto,  Ética Ecosocialista  debe ser creativa, capaz de reconstruir pensamientos y sentimientos hacia la vida y el buen vivir. Debe ser continuamente construida y renovada a partir de la reflexión y las experiencias de vida en comunidad, hacia una realización colectiva de la  individualidad. La Ética Ecosocialista debe construirse sobre la base de la sustentabilidad cultural, social, política y ambiental, fundamentada en el reconocimiento de los límites y potenciales de la naturaleza de la cual formamos parte; esta Ética Socialista solo puede ser alcanzada mediante la dialéctica  de  la lucha por la transformación  del modelo civilizatorio dominante.

Queda claro, que no es con desalojo y despojo de las tierras donde viven y trabajan, históricamente, familias campesinas que resolveremos un problema ambiental y del futuro del agua para Yaracuy; todo lo contrario , se trata tal como lo plantean los principios y premisas anteriormente leídos, de luchar por un relacionamiento armónico y sustentable de los seres  humanos con la naturaleza, con nuestra Pacha Mama; se trata de establecer un dialogo de saberes entre campesinos, técnicos, instituciones e interesados en la materia para construir un modelo de vida , producción y consumo ecológico, social ,cultural, ambiental  y políticamente sustentable como única  vía para el desarrollo pleno del ser humano y el logro de la Suprema Felicidad Social, tal como lo propone el Plan de la Patria, como legado de nuestro Comandante Eterno Hugo Chávez.

 Al respecto, tomando como base los conceptos, premisas y principios expuestos anteriormente  planteamos y proponemos:

  • Desarrollar el Plan de Manejo Integral de las Cuencas Hidrográficas en el Estado Yaracuy, con la participación de todos los actores y factores sociales, productivos, ambientales, institucionales, inmersos y preocupados por el presente y futuro de Yaracuy, pero principalmente con la participación e incorporación de todas las familias campesinas que viven y trabajan en las montañas de Yaracuy. Esto permitirá desarrollar diversas actividades y objetivos, tales como:
  • Fortalecimiento de la Misión Árbol con sus diferentes etapas: recolección de semillas, establecimiento de viveros, producción de plantas, establecimiento de plantaciones, realización de mantenimiento.
  • Conformación de Comités Conservacionistas Campesinos, con las familias del territorio
  • Desarrollar en las cuencas de Yaracuy el Plan Nacional de Reforestación con fines protectores y agroforestales
  • Desarrollar Plan  de Recuperación y Conservación de Áreas Degradadas
  • Plan de Ordenamiento de la Cuenca para evitar conflicto de usos
  • Implementar Principios, Técnicas y Practicas Agroecológicas para reforestación, cuidado y conservación de Cuenca
  • Partiendo de un Dialogo de Saberes, desarrollar Programa de Educación Ambiental para la Conservación de la Cuenca, para crear hábitos y actitudes necesarias , tendientes a desarrollar relación armónica, mutua, entre las familias campesinas y la Cuenca.

Unido a esto:

Proponemos hacer del Estado Yaracuy, un Estado Ecosocialista.Para ello debemos diseñar y desarrollar, en el marco de la Constitución y las Leyes y con la participación democrática y protagónica de nuestro pueblo, Planes y Programas Ecosocialistas Estadales y Municipales.  

Transcribimoso a continuación, extractos de  la respuesta del Jefe indio Seattle a el Presidente de los Estados Unidos de América, Franklin Pierce, en 1854, a quien pretendía desalojar, mediante la compra, de las tierras en la que vivían los indios Swaminsh:

“Somos parte de la tierra y ella es parte de nosotros. Las flores perfumadas son nuestras hermanas, el venado, el caballo, el gran águila, todos son nuestros hermanos. Las escarpadas montañas, los húmedos prados, el calor de la piel del potro y el hombre, todos pertenecemos a la misma familia…esta agua cristalina que escurre por los riachuelos y corre por los ríos no es solamente agua, sino también la sangre de nuestros antepasados... El murmullo del agua de los ríos es la voz del padre de mi padre. Los ríos son nuestros hermanos, ellos calman nuestra sed…sabemos que el hombre blanco no comprende nuestro modo de vida. Tanto le importa un trozo de nuestra tierra como otro cualquiera, pues es un extraño que llega en la noche a arrancar de la tierra aquello que necesita. La tierra no es su hermana, sino su enemiga y una vez conquistada la abandona, y prosigue su camino dejando atrás la tumba de sus padres sin importarle nada. Roba a la tierra aquello que pertenece a sus hijos y no le importa nada. Tanto la tumba de sus padres como los derechos de sus hijos son olvidados. Trata a su madre, la tierra y a su hermano, el cielo, como cosas que se pueden comprar, saquear y vender, como si fuesen corderos o collares que intercambian por otros objetos. Su hambre insaciable devorará todo lo que hay en la tierra y detrás suyo dejaran tan sólo un desierto…Deben de enseñarle a sus hijos que el suelo que pisan son las cenizas de nuestros antepasados. Digan a sus hijos que la tierra está enriquecida con las vidas de nuestro pueblo, a fin de que sepan respetarla. Es necesario que enseñen a sus hijos, lo que nuestros hijos ya saben, que la tierra es nuestra madre. Todo lo que ocurra a la tierra, le ocurrirá también a los hijos de la tierra. Cuando los hombres escupen en el suelo, se están escupiendo así mismos. Esto es lo que sabemos: la tierra no pertenece al hombre, es el hombre el que pertenece a la tierra, esto es lo que sabemos: todas las cosas están ligadas como la sangre que une a una familia. El sufrimiento de la tierra se convertirá en sufrimiento para los hijos de la tierra. El hombre no ha tejido la red que es la vida, solo es un hilo más de la trama.”

COMITÉ DE DEFENSA DE LAS CUENCAS EN COCOROTE

MOVIMIENTO CAMPESINO SOCIALISTA JIRAJARA

CONFEDERACION SOCIALISTA DE CAMPESINOS Y PESCADORES DE VENEZUELA HUGO CHAVEZ

 

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PLAN  DE  MANEJO INTEGRAL  DE LAS CUENCAS  HIDROGRAFICAS,

POR  UNA EXPERIENCIA ECOSOCIALISTA EN YARACUY.

Las familias campesinas que vivimos y trabajamos , en las zonas altas de Yaracuy, en unión con los colectivos y organizaciones campesinas, regionales y nacionales ,reafirmamos nuestro contundente rechazo al Decreto regional 3203,ya que el mismo viola Principios y Derechos Constitucionales  fundamentales para la vida de las familias campesinas , a la par de violar preceptos  y disposiciones legales  contempladas en la Ley  de Aguas y Ley Orgánica de Ambiente  e ignorar y despreciar  fundamentos del Plan de la Patria, legadas por nuestro Comandante Eterno.

  Las familias campesinas de las zonas altas de Yaracuy, estamos conscientes  de la imperiosa necesidad de salvar el planeta  y la especie humana ante el descalabro ecológico   propiciada por la dinámica y lógica del capital, razón por la cual estamos dispuestos a emprender iniciativas en nuestra localidad  que coadyuven a  asegurar la biodiversidad  y la  protección y conservación  del ambiente  en los territorios que ocupamos  y dar un paso firme  para asumir el Ecosocialismo como un modo de vida .Desde las tierras cobijadas por las Cuencas de Yaracuy, planteamos  el PLAN DE MANEJO INTEGRAL  DE LAS CUENCAS HIDROGRAFICAS  DEL ESTADO YARACUY. Veamos:

COMO CONCEBIMOS EL PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE CUENCAS. CONCEPTOS Y ENFOQUES

Asumimos la Cuenca como la Gran Casa que nos alberga, y en la que todos sus integrantes o componentes  tienen su espacio en dicha casa .La cuenca no pertenece a nadie en particular, mucho menos a quienes  no viven ni trabajan en esto vastos territorios; la Cuenca  son unidades productivas  naturales, es   un sistema  dinámico  donde se producen, relaciones, interacciones e interrelaciones de elementos físicos, biológicos, sociales, económicos y políticos que se relacionan entre sí, evolucionando permanentemente ,muy especialmente por las actividades humanas que  allí se desarrollan. En este sentido la Cuenca es de Todos y todas  ,y es deber  del componente humano  con sus instrumentos o capacidades  de trabajo, institucionales u organizacionales , asegurar  el mantener  en armonía , en complementariedad  y en equilibrio ,todos los factores que en la cuenca coexisten, para  su conservación y desarrollo sostenible en pro del  buen vivir del presente y de las generaciones futuras

La Cuenca Constituye el espacio indicado para combinar adecuadamente  el manejo forestal con el ordenamiento integral de los recursos naturales, donde se hagan compatibles las necesidades sociales con las capacidades ecológicas de la naturaleza, donde se complementen las prácticas agrícolas productivas  con medidas de protección y conservación ambiental, en fin para establecer relaciones de armonía de los seres humanos con la naturaleza, con nuestra Pacha Mama

Para el Plan de Manejo Integral  de la Cuenca ,asumimos el elemento Agua ,no como la común concepción economicista o productivista  que generalmente se le da como referente para el mercado; entendemos el agua como un activo ecosocial, con funciones económicas, ecológicas y socio culturales de alto valor y como elemento integrador  para el manejo de las cuencas.

Las cuencas hidrográficas  tienen un ordenamiento natural, y   las de Yaracuy no son la excepción, el cual si se ha afectado o alterado, es conveniente  readecuarlo o regenerarlo, tratando siempre que este ordenamiento esté en función de las necesidades de la poblaciones  que allí residen y trabajan y  de la sociedad humana  en general, sin afectar la armonía de la naturaleza. En este acondicionamiento, es apropiado plantearse un sistema de producción, captación, almacenamiento y distribución del agua  para el mejor  provecho de las poblaciones que allí residen  y de todo  el territorio yaracuyano

Asumimos el Ecosocialismo como modelo y fundamento clave de la protección y conservación ambiental unida de la mano con la satisfacción de necesidades sociales, económicas, materiales, espirituales del ser humano. El Ecosocialismo implica establecer  un desarrollo sostenible en la vasta intensidad de la Cuenca, esto  implica cuatro elementos fundamentales que son: El aprovechamiento adecuado de los recursos, una distribución más equitativa de los recursos manteniendo el equilibrio, la participación de la población en la gestión y la conservación de la capacidad productiva de los ecosistemas intervenidos a fin de que se mantenga el nivel de producción con características permanentes.

Podríamos  hablar de un desarrollo sostenible en la cuenca cuando  se asegure  que las poblaciones que allí habitan, puedan alcanzar un nivel aceptable de bienestar tanto en el presente como el el futuro; pero que esto sea además compatible con las condiciones ecológicas y socioeconómicas en el largo plazo, a la vez de beneficiar a la población  yaracuyana con los efectos que de ello se deriven (ej agua de calidad y cantidad adecuada para la población).Esto tiene que ver con el uso adecuado que se le dé al suelo, con el manejo de la vegetación, sistemas de cultivos, cuido y uso del agua, mantenimiento de la biodiversidad etc.

PRINCIPIOS Y PREMISAS QUE SUSTENTAN LA PROPUESTA.

PREMISA FUNDAMENTAL: todo proceso de intervención y actuación en la cuenca que busque la protección y conservación ambiental y de los recursos naturales, en pro del  desarrollo en la zona, es imprescindible contar con la incorporación  y participación de las familias campesinas que allí viven y trabajan y  sus organizaciones, con el fin de ser entes activos en el Plan de Manejo Integral de la Cuenca.

Asumimos  premisas y principios contemplados en la Estrategia Nacional para la Conservación de la Diversidad Biológica 2010-2020:

-Asumimos el  Ecosocialismo como un  modelo de desarrollo sustentable, centrado en el respeto de todas las formas de vida existentes en el planeta, orientado a la satisfacción equitativa de las necesidades reales de todos los seres humanos para alcanzar la felicidad individual y colectiva de forma perdurable, donde la economía debe estar supeditada al bienestar social sin separar lo ambiental de lo político y social, donde el bienestar individual no puede verse aislado del bienestar colectivo.

-Asumimos la Ética Ecosocialista como principio de actuación la cual, parte de la necesidad de construir un cuerpo de prácticas  y normas que reorienten los procesos sociales, económicos y políticos hacia modelos sustentables de convivencia, producción y consumo centrados en la dignidad y la vida, como alternativa ecosocialista a la destructiva ética capitalista y colonizadora de unos seres humanos hacia otros y hacia el resto de la naturaleza…la Ética  Ecosocialista  debe ser creativa, capaz de reconstruir pensamientos y sentimientos hacia la vida y el buen vivir. Debe ser continuamente construida y renovada a partir de la reflexión y las experiencias de vida en comunidad, hacia una realización colectiva de la  individualidad.

-Asumir la gestión colectiva de la Diversidad Biológica para su conservación y aprovechamiento sustentable, haciendo partícipes a todos los sujetos y formas de pensamiento e impulsando el diálogo de saberes entre la gran diversidad de actores que nos lleve a garantizar la distribución

Justa y equitativa de los beneficios derivados de esa interacción.                      

-Estos beneficios no pueden ser entendidos como el reparto de los productos de la mercantilización y expoliación de la naturaleza. Sino más bien, sobre la base de una relación respetuosa y armónica con la naturaleza, que debe ser construida sobre la base de la democratización legítima de la toma de decisiones y participación protagónica de todos los venezolanos y venezolanas desde el intercambio de saberes, racionalidades y formas de vida.

-Reconocemos el aprovechamiento de la Diversidad Biológica como un vínculo fundamental entre el ser humano y la naturaleza de la cual forma parte, el cual constituye la base de la soberanía, el desarrollo sustentable y el buen vivir.

-impulsar los programas socioproductivos de aprovechamiento sustentable que puedan  ser implementados a escala local por comunidades organizadas en sus territorios y en las tierras recuperadas del latifundismo por la lucha campesina y el Gobierno Bolivariano. Además, se plantea la articulación de las comunidades organizadas que llevan a cabo estos proyectos con el objetivo de favorecer el intercambio de saberes y el fortalecimiento de capacidades en torno al tema de la sustentabilidad.

 -Considerar de especial relevancia el fortalecimiento y la promoción de la agroecología como una forma de aprovechamiento ecológica, social, política y culturalmente sustentable de la Diversidad Biológica, como propuesta para el logro de la soberanía alimentaria de la mano con la conservación de la vida.

PASOS DEL PLAN DE MANEJO INTEGRAL

1) CARACTERIZACION DE LA CUENCA

-Por su tamaño: grandes, medianas, pequeñas.

-Por su Ecosistema: tropicales, húmedas, de bosques, etc.

-Por su relieve y topografía: planas, accidentadas, alta montaña, etc.

-Por su objetivo y vocación: Vocación, capacidad natural de sus recursos, etc.

2) DELIMITACION DE LA CUENCA

-Mapas

- Carta Topográfica

-Delimitación entre unidades geográficas y unidades políticas

Es importante señalar, que esta información ya está  levantada y soportada  por  organismos del gobierno regional, específicamente dirección de Minas, sugerimos al respecto que dicha información debe ser socializada y explicada  a las familias campesinas  de la Cuenca.

3) DIAGNOSTICO DE CUENCAS (DIAGNOSTICO PARTICIPATIVO)

Se plantea varios tipos de Diagnóstico:

Diagnostico Biológico: flora y fauna existente en la cuenca, cultivos generados por acción humana, etc

Diagnostico físico: suelos, tipos y clases de suelos,  subsuelo, geología, recursos hídricos, numero de fuentes de agua, principales quebradas y ríos

Diagnostico Social: familias que viven en la zona, integrantes y situación socio-económica de las mismas, trabajo en la zona, familias con acceso a agua potable,  tenencia y propiedad de la tierra, programas de salud, educación, vivienda, culturales, organizaciones, etc

Diagnostico económico: actividades productivas y conservacionistas, prácticas agrícolas en la zona, tipos de cultivos en la zona, producción y distribución de productos agrícolas, ganadería, industria, servicios

Método: Diagnostico Participativo;  metodología: mesas de trabajo, recorridos, entrevistas, observación directa,  asambleas, foros, etc.

Se plantea trabajar a nivel de microcuenca, parcela a parcela, finca a finca

4) PLANIFICACION

PLANIFICACION PARTICIPATIVA, DEMOCRATICA, SOCIALIZADA E INTER DISCIPLINARIA DE TODOS LOS FACTORES  PARA DESARROLLAR LOS SIGUIENTES OBJETIVOS:

-Desarrollar Misión Árbol en zonas altas de la cuenca. Con la ayuda del Diagnostico se determinaran  superficie a sembrar, número de árboles, especies a sembrar, características de siembra, etc. Deben cumplirse las  etapas o fases que contempla la Misión:

a) Creación de Comités Conservacionistas de la Cuenca: incorporación de familias campesinas a  estos comités

b) Recolección de semillas

c) Producción de Plantas, implica establecimiento de viveros comunitarios o familiares

d) Plantación

e) Mantenimiento de las plantas

-Desarrollar Plan de Recuperación y Conservación de áreas degradadas

-Desarrollar Plan de Ordenamiento de uso de la Cuenca

-Desarrollar Plan de Conservación de suelos y aguas

-Implementar Manejo de Áreas Protegidas

-Implementar Plan de manejo de residuos  y desechos sólidos y líquidos

-Implementar, a través del dialogo de saberes, Programa de Educación Ambiental

-Desarrollar Plan de Producción y Distribución e Intercambio de alimentos producidos por familias campesinas en la Zona

-Implementar políticas de apoyo y aseguramiento a la producción agrícola de las familias de la zona (uso y propiedad de la tierra, financiamiento, seguimiento técnico, apoyo institucional

- Diseñar y puesta en práctica de nuevos proyectos agrícolas de las familias campesinas, adaptables a condiciones de la zona (piscicultura, avicultura, etc)

-Implementar Principios, Técnicas y Practicas de la Agroecología, necesarios para desarrollar agricultura que sea por un lado adecuada ambientalmente y por otro altamente productivo

5) IMPACTOS A ALCANZAR

-Disminución de talas y quemas, por implementación  de  prácticas para tal fin (manejo de barbechos, rastrojos y otros residuos vegetales) y mayor toma de conciencia de la población

-Disminución de contaminación de aguas y suelo, por  disminución de uso de agroquímicos a través de Manejo Integrado de Cultivos  y otras prácticas agroecológicas

-Mejor sistema  producción, captación, almacenamiento , distribución del agua, por efectos del manejo integral de la cuenca, para asegurar el consumo del vital líquido, de manera sostenible y permanente, a toda la población yaracuyana.

-Incremento en la cantidad y calidad del agua, por efecto integral  de la acción conjunta  del Plan

-Mejoramiento de fertilidad del suelo, por uso de prácticas conservacionistas y mejoramiento del suelo

-Disminución de erosión del suelo, por efecto de prácticas antierosivas  y mayor cobertura el suelo

-Diversificación de cultivos, en consonancia con el ambiente y asegurando el provecho alimentario

y/o económico a las familias productoras

-Establecimiento de Red de Producción y Distribución e Intercambio de alimentos producidos por campesinos  en la zona, en beneficio de la comunidad  misma y poblaciones  de municipios

-Establecimiento y mejoras de cultivos permanentes: ej. Café

-Incremento de cobertura vegetal en suelo, por diversificación en cultivos permanentes, áreas

Reforestadas, prácticas agroforestales

-Mejoramiento de estabilidad de suelos, por prácticas forestales y manejo de agua

-Recuperación de áreas degradadas por efecto de la reforestación  y uso apropiado del suelo

-Aseguramiento de la biodiversidad, por  mayores niveles de conciencia de humanos

-Disminución de riesgos ambientales, por  efectos asociados de todas las prácticas

-Mayor concientización de la población, por efecto de educación ambiental

-Adopción de las prácticas y tecnologías de manejo de cuencas, por efecto de los logros y beneficios alcanzados por el Plan

-Fortalecimiento de la Organización de  las familias campesinas, tanto para la producción como para ejercicio de sus derechos y deberes

Nosotros, familias campesinas que vivimos y trabajamos , históricamente, en las Cuencas Hidrográficas de Yaracuy, que somos en esencia los principales cuidadores y guardianes de estas tierras y  de los recursos naturales de la Cuenca que nos alberga, nos comprometemos a desarrollar , conjuntamente con diversos actores, el Plan de Manejo Integral de las Cuencas ,cuyo objetivo principal es mantener y mejorar la producción agrícola que desarrollamos,  asegurando  y protegiendo la biodiversidad , protegiendo  y conservando ambiente,  asegurando el agua  para el buen vivir del presente y futuro del Yaracuy  y avanzar  decididamente en convertir  a Yaracuy en un Estado Ecosocialista. Nos impulsa en esta propuesta las ideas y el ejemplo de nuestro Comandante Eterno, que nos legó como tarea en el Plan de la Patria, conservar el ambiente y preservar la vida del planeta y  la salvación de la especie humana. 



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