Derecho Constitucional y Estado Socialista del siglo XXI

Ya sea en el llamado primer mundo de los países ricos o en el tercer mundo de los países pobres, existe una clase trabajadora que sin distingo de fronteras ni nacionalidades es igualmente explotada y marginada por las burguesías de cada región y para liberarse tiene la obligación histórica de unificar sus luchas asumiendo su identidad de clase revolucionaria a escala nacional y mundial. Por su lado, la clase empresarial es la misma explotadora en todo el globo, desde sus máximos exponentes en los grandes Estados capitalistas hasta en las repúblicas más empobrecidas, donde sea que ella se encuentre, siempre su actuación es depredadora, totalitaria, inhumana y embustera, intentando perpetuar su dominación e imponer su sistema de antivalores sobre el resto de la humanidad. Nótese que según la doctrina internacional del Derecho Constitucional, se reconoce universalmente como Estado a la integración de: pueblo, poder y territorio. Así mismo, este poder surgido de la mayoría popular y que ha tenido como forma de expresión principal, el voto democrático, genera tres ramas públicas esenciales: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Para la burguesía hay legalidad cuando el Estado se apoya en leyes que le faciliten persuadir al pueblo sobre la validez de sus actos aunque sean injustos. El capitalismo ha hecho legal que la clase trabajadora sea explotada al recibir un salario inferior al valor real de su labor, pues la plusvalía fue inculcada culturalmente y ello explica que todavía muchos pueblos elijan como gobierno a sus propios verdugos burgueses.


Como acto fundacional de una nueva doctrina jurídica y a la vez de ruptura frente a la tradicional visión del Derecho Burgués, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela nace como el gran proyecto político y jurídico que profundiza una democracia realmente dirigida por el pueblo, pues además de la importante creación del Poder Moral y el Poder Electoral, que fortalecen estos aspectos vitales del Estado, también promueve la implantación del poder popular. En el siglo XXI, la Teoría de Progresividad de los Derechos Humanos exige una nueva democracia participativa y protagónica donde el ejercicio tangible del poder no sea exclusivo de representantes y mandatarios, sino que por el contrario estos se desempeñen bajo el control sistemático del pueblo elector mediante la contraloría social, los mecanismos revocatorios y sobre todo el cogobierno permanente entre elegidos y electores. De allí que los consejos comunales y las comunas que nacen con las nuevas leyes revolucionarias hacen ahora posible que el pueblo debidamente organizado comparta con las instituciones formales del Estado el ejercicio real y efectivo de atribuciones y competencias en todos los ámbitos de la vida ciudadana para así garantizar el desarrollo de un Estado Popular y Comunal que logre la inclusión social. Es así como nuestra Constitución vigente goza de suprema legitimidad, tanto por su origen en la votación directa y universal del pueblo, como por su contenido sustantivo programático, pues su articulado promueve un Estado fiel a la justicia, a la igualdad social y ordena revolucionar las leyes de una época injusta. Legítimo es el proyecto político constitucional actual de convertir la propiedad y el buen vivir en una imperativa retribución al trabajo de todas las personas y de ese modo erradicar los privilegios de las minorías.


Hoy la revolución pacífica enfrenta el desafío de la popularidad, que significa ganar el respaldo mayoritario de todos los sectores sociales que han sido históricamente excluidos, no sólo para que mediante sus votos garanticen la continuidad del proceso revolucionario, sino para protagonizar masivamente la transformación económica, política, social, intelectual y cultural que fortalezcan a la sociedad naciente. En definitiva, el desarrollo del Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia genera una inevitable agudización de contradicciones entre un polo revolucionario y un polo conservador, ambas vanguardias, con sus valores ideológicos y fuerzas materiales, tienen opciones para conquistar la popularidad que les acredite el triunfo político, pues a lo largo de la historia no todo lo justo ha sido popular, ni todo lo popular ha sido justo.


(*) Constitucionalista y Penalista. Profesor Universitario.

http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

jesussilva2001@cantv.net



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Jesús Silva R. (*)

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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