Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“Artículo 76: La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho. El Estado garantizará asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y el puerperio, y asegurará servicios de planificación familiar integral basados en valores éticos y científicos”.
“Artículo 88: El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley”.
Decreto Presidencial No. 4342, a través del cual se formaliza la Misión Madres del Barrio:
El Estado “reconoce” el trabajo del hogar “...como una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar”. El objeto de la Misión Madres del Barrio será “apoyar a las amas de casa que se encuentren en estado de necesidad” (Art. No. 1 del Decreto Presidencial No. 4342.), y que “...está dirigida a todas las mujeres que se encuentren en los siguientes requisitos: ser ama de casa, tener bajo su dependencia personas ascendientes y/o descendientes... y que carezca de ingresos o tenga un ingreso familiar inferior al costo de la canasta alimentaria” (Art. No. 3 del Decreto Presidencial No. 4342).
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica.
Artículo 14.- La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto de violencia sexista basado en la discriminación y en las relaciones de desigualdad y en las relaciones de poder asimétricas entre los sexos que subordinan a la mujer, que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, económico o patrimonial para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada, y que abarca sin limitarse a estos actos, la violencia doméstica, la violencia laboral, la violencia en los espacios de estudio, violencia obstétrica, violencia ginecológica, la violencia mediática, la violencia simbólica, el acoso sexual, el hostigamiento, el acceso carnal violento, la trata de mujeres, la pornografía, la violencia contra las empleadas domésticas, la prostitución forzada, la explotación sexual comercial, la explotación económica, el feminicidio y cualquier otra forma de violencia en contra de las mujeres.
Actualmente, en la discusión y ampliación por parte de la Asamblea Nacional del articulado de la propuesta de Reforma Constitucional introducida por el presidente Chávez, solo se contempla la paridad en los órganos de representación pública local, regional y nacional entre hombres y mujeres, además del respeto a las diversidades sexuales.
Estas normas jurídicas y legislativas comprenden, en esencia, la política formal que ha asumido y viene asumiendo el Estado con respecto a las mujeres, algunas de estas normas que, en cierta medida, son progresivas. Más adelante discutiremos las limitaciones que estas normativas comportan frente a la necesaria e impostergable superación de la opresión que históricamente hemos sufrido las mujeres y de por qué la lucha por su emancipación debe y tiene que contener también la lucha por la abolición del capitalismo; mientras tanto, quisiera presentar aquí algunos datos estadísticos que pudieran aproximarnos a una cierta caracterización de la situación de las mujeres venezolanas en los últimos tres años, especialmente de las mujeres de las clases oprimidas y explotadas. Es importante destacar la dificultad que existe para conseguir esta data.
Según el informe AMBAR del año 2003, entre 40 mil y 50 mil niños y niñas son explotados en redes de prostitución infantil en todo el país.
Según cifras del MSDS, 557 mil mujeres se encuentran en situación de prostitución, sin contar con el sub-registro que no está incorporado en estas cifras2. Aquí es importante resaltar el hecho de que, aparte de la explotación sexual que supone la prostitución, estas mujeres no gozan de condiciones salariales mínimas; la ilegalidad de su trabajo las expone y las hace víctimas de cualquier cantidad de atropellos por parte de la sociedad, los cuerpos policiales, los clientes, el proxeneta, etc., etc., etc.
“Venezuela ocupa el cuarto lugar en la tasa de embarazos no deseados en Latinoamérica con un 55% de embarazos no planificados/no deseados”3, al ser el aborto ilegal, muchas de estas futuras madres tienen que asumir la nueva condición sin derecho a otra alternativa. La maternidad, en este sentido, se asume como cosa impuesta o como condena, especialmente para las mujeres pobres que, a fin de cuentas, tienen que elegir entre la asunción de una maternidad en adversas condiciones o arriesgarse a la muerte producto de un aborto practicado en condiciones inseguras por su condición de clandestinidad.
“Se realizan al año un promedio de 60.000 abortos”4, cifra que no contempla el sub-registro consecuente de la condición de ilegalidad que se le imputa.
“Del total de mujeres que deciden interrumpir un embarazo, 500 mueren anualmente por complicaciones, generalmente por sepsis o hemorragia”5, mientras, las iglesias católica y evangélica, con la anuencia del Estado, siguen imponiéndonos el derecho a la “vida del embrión”, promoviendo morbosas y amañadas campañas que atentan en contra del propio derecho a la vida de las mujeres y también su derecho a decidir sobre su cuerpo y proyecto. Es de destacar que la mayor parte de estas muertes corresponde a mujeres que recurren a prácticas inseguras de aborto por falta de recursos económicos. Esto expresa el carácter de clase de este fenómeno, en tanto que, de facto, las mujeres de las clases medias y altas, contando con los recursos suficientes para asistir a clínicas privadas y pagar altísimos montos, tienen preservado el derecho a la interrupción de un embarazo no deseado, disminuyendo la probabilidad de riesgos de muerte.
“…según la OPS la quinta parte de las muertes maternas en Venezuela es producida por abortos clandestinos”6.
“Anualmente se atienden en hospitales del MSDS alrededor de 8000 mujeres por complicaciones derivadas de un aborto”7.
“10% de las mujeres quedan con problemas para procrear después de provocarse un aborto clandestino sin atención médica”8.
“El costo de una fertilización in vitro, incluyendo los tratamientos hormonales necesarios, oscila entre los 6000 y 18000 USD”9. Esto quiere decir que solo las mujeres de las clases medias y altas tienen el derecho a buscar otras alternativas para tener las hijas e hijos que desee cuando esta y su pareja tengan complicaciones para la concepción. Para las familias pobres con problemas de fertilidad, esta opción está completamente negada.
Venezuela ocupa el primer lugar en índice de embarazo precoz en América Latina, según fuentes de la Fundación Escuela de Gerencia Social. 97 niñas por cada mil ha tenido un hijo. El 21% de los nacimientos vivos registrados en el país ocurre en adolescentes entre los 15 y 19 años, según datos del MSDS para el año 2001, y un 12% de las niñas desertan del colegio al quedar embarazadas.
“…un 72% de las denuncias –por violencia y abuso sexual– corresponde a niñas, niños y adolescentes”10.
Para el año 2005, “… en el Área Metropolitana, cada 12 días una mujer es asesinada por su pareja o ex-pareja”11; sin embargo, según un titular publicado en el Periódico Vea el 2 de septiembre de este año, cada cinco días muere una mujer por razón de su género en el Área Metropolitana.
Para el año 2004, fueron denunciados “30 casos de violencia al día en el Distrito Metropolitano”12.
Para el año 2005, fueron denunciados 36.777 casos de violencia contra las mujeres13, lo que equivale a decir que aproximadamente cada cuatro horas ocurre un hecho de violencia hacia la mujer en el país, sin contar con el hecho de que solo un porcentaje mínimo de ellas se atreve a poner la denuncia, por temor al agresor y por temor también a no ser tenida en cuenta y ser por el contrario agredida por los representantes institucionales y el entorno social.
Según las cifras del INE para septiembre de 2007, en nuestro país hay 2.911.697 mujeres mayores de 15 años que se dedican exclusivamente a los “quehaceres del hogar”, lo que equivale a un 30,37%, destacando que para el primer semestre del 2006, el porcentaje equivalía a 21,60%, esto indica que ha aumentado el índice de mujeres que se dedica a esta tarea; mientras, solo un 0,51% de los varones mayores de 15 años se dedica de forma exclusiva a esta misma labor14. Esto habla del elevado porcentaje de mujeres que están excluidas de otras alternativas de trabajo distintas a la históricamente impuesta: el trabajo del hogar. Es importante destacar que, aun cuando en la CRBV se contempla que el trabajo del hogar es una actividad económica que genera valor agregado, el INE lo considera como inactividad, colocándolo en el mismo plano de los y las estudiantes y discapacitados/as, lo que implica un total y completo desconocimiento y sub-valoración de la ardua jornada que desempeña una mujer (o excepcionalmente un varón) cuando se dedica al agotador trabajo de la casa: limpiar pisos, baños y baldosas, cocinar, lavar la ropa, fregar los platos, cuidar de las hijas e hijos, llevarlos a la escuela y ayudarlos con sus tareas, atender al marido (cuando existe), pagar los servicios, administrar el hogar, ayudar a los vecinos y vecinas, atender a cualquier miembro de la familia cuando hiciere falta, todo esto durante los 365 días del año y a disposición durante las 24 horas del día bajo la condena de estar encerrada en 4 paredes la mayor parte de su vida.
De la población femenina económicamente activa, 458.809 están en situación de desempleo, esto es, un 9,4%15. Aun cuando aparente ser una cifra no muy alta, habría que evaluar la magnitud de estas cifras si tomamos en cuenta que existe un alto índice de maternidad en nuestro país, acompañado también por un alto índice de madres solteras sostenedoras del hogar y de los hijos e hijas.
Del total de las y los ocupados para septiembre de este año, sólo el 38,6% corresponde a las mujeres16.
Para el primer semestre del año 2006, de las mujeres ocupadas, “…el 63,8% percibe un ingreso menor a 500.000 bolívares, el 33,56% percibe entre 500.000 y 1.499.000 y solo el 2,68%, percibe un ingreso mayor a 1.500.000 bolívares; esto quiere decir que el 97,36 % de las mujeres ocupadas perciben un salario menor a la canasta básica, que corresponde a un monto aproximado de 1.700.000 bolívares”17. ¿Qué tipo de trabajo podría desempeñar una mujer como para que su salario sea menor al salario mínimo? ¿Cuáles serán los niveles de explotación a los que debe estar sometida? Estas últimas cifras también nos muestran los niveles de precarización de la condición salarial de las mujeres económicamente activas del país y, por tanto, del alto porcentaje de pobreza de estas.
Todas estas cifras no pueden menos que alarmarnos. Estos números expresan en mayor o en menor medida, los niveles de opresión, de miseria, de explotación y de dominación a los que el capitalismo y el orden patriarcal han sometido a la mujer venezolana, fundamentalmente la mujer pobre, la mujer asalariada, la mujer de a pie. Más allá de la mediática discursiva, la situación de la mujer en Venezuela sigue siendo terrible y las medidas jurídicas y políticas que se han tomado no logran revertir esta situación.
¿El que la situación de la mujer venezolana se pinte de este modo, se trata solo de un asunto de gestión estatal o se trata más bien de un asunto de apuesta programática y política? ¿Se trata de que las políticas normativas referentes a la cuestión de la mujer son insuficientes, o se trata más bien de que la misma concepción de estas tiene limitantes y expresa una opción política y programática al mismo tiempo limitada? ¿Hasta qué punto estas medidas no evaden los cimientos mismos de la opresión de la mujer al no tocar los intereses capitalistas y patriarcales más profundos?
Veamos, si bien es cierto que en el artículo 76 de la CRBV, se establece el derecho de las parejas “…a decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho”, no es menos cierto que este mismo derecho es negado para el 55% de las mujeres venezolanas (y digo mujeres porque es a ellas a quienes más afecta la penalización del aborto), que son obligadas y condenadas a asumir un embarazo no deseado, por cuanto la interrupción voluntaria del embarazo es penada con la cárcel. Las feministas y mujeres luchadoras de este país, hemos tenido que enfrentarnos a una muralla de concreto que manifiesta su completa oposición a la despenalización, oposición que además viene respaldada por el poder eclesiástico, financiero, mediático y estatal. Creo que a la razón que esgrimen algunos/as para justificar la ausencia de políticas progresivas respecto a este tema, según la cual se dice que la mayoría de las y los venezolanos se oponen por falta de concientización y que es necesario difundir sensibilizar, debe confrontársela con una opción política más ofensiva y menos tímida. Bien, es cierto que el trabajo de difusión y de puesta en escena del debate sobre el aborto es fundamental, pero no vamos a esperar que todos/as y cada uno/a de las personas tomen conciencia para actuar, militar y mantener en pie de lucha la demanda por la legalización del aborto. Los revolucionarios y revolucionarias de la Rusia de Octubre de 1917 no esperaron a que toda aquella sociedad, fundamentalmente campesina y recién liberada de un régimen zarista, se “sensibilizara”, de una vez, tomaron la medida de legalizar el aborto y brindar a las mujeres rusas la posibilidad de planificar realmente su maternidad, convirtiéndose así en el primer país en el mundo en reconocer esta conquista de las mujeres.
El exacerbado uso de la imagen de la mujer como objeto mercantil, creo que no se lo supera solo con medidas de orden jurídico, si no que tiene que tocar necesariamente el interés privado de la burguesía, que bajo el orden capitalista, tiene consagrado su derecho privado a la explotación y uso de cualquier objeto, incluido su “objeto-hembra”.
El que las condiciones de vida de las mujeres venezolanas se pinte del color de las cifras anteriormente mencionadas, tendría que ver más bien con el hecho de que la base material desde la cual podría partir la mujer para liberarse, para ponerse de igual a igual a los varones, está aun intacta. Dificulto mucho que, mientras persista la explotación capitalista, mientras se hagan concesiones con las burguesías nacionales y trasnacionales, pueda lograrse una base material mínima que alivie a la mujer de las cargas que la santa alianza entre el capitalismo y el patriarcado ha colocado sobre ellas.
*Juventud
de Izquierda Revolucionaria (JIR)