Colombia: Ministerio de Salud definió protocolo para la eutanasia

Credito: Archivo

19-04-15.-El Ministerio de Salud respondió a lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T-970 del 4 de marzo de 2015, donde el alto tribunal fijó un plazo de 30 días para que el Ministerio de Salud definiera el protocolo para aquellos pacientes que requerían la eutanasia.

A través de una resolución se ordena la creación de comités técnicos científicos que recibirán los casos y actuarán de acuerdo a las condiciones establecidas en la sentencia, publicó este domingo Caracol, en su portal web.

Aclara que dichos comités estarán conformaos por un médico, un especialista patólogo, de la especialidad que requiera el paciente y un abogado o psiquiatra, que antes de confirmar dicho comité deben hacer saber si se acogen a la objeción de conciencia.

También dicta responsabilidades a las EPS que no podrán negar las solicitudes de muerte voluntaria y define el término "Paciente terminal" que es aquel que recibirá el beneficio que otorgó la Corte Constitucional.

De otro lado, el Ministerio de salud fija plazos para la atención de los pacientes terminales que busquen la eutanasia, una vez la persona decida optar por la eutanasia y entregue los documentos, el comité tiene 10 días para reunirse y determinar las condiciones en que se llevará el caso.

La institución deberá designar en un término de 24 horas al médico que realice el procedimiento y que no tenga objeción de conciencia, la eutanasia debe practicarse cuando la persona lo indique o a los 15 días siguientes, desde que solicitó el procedimiento.


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