Isla Margarita 14 al 17 de marzo de 2006.-
Red Cardumen Especial para Aporrea/
La Republica Bolivariana de Venezuela da gran importancia a la cooperación y la acción concertada con miras a desmantelar las redes nacionales, regionales e internacionales de trata de personas. Tanto así, que la visión que tiene el Estado Venezolano en torno al tema de la trata de personas como fenómeno delictivo multicausal y de impacto sociocultural en todas las esferas, genera una interesante expectativa entre los asistentes a la Reunión de Autoridades Nacionales en Materia de Trata de Personas que organiza la OEA en Isla Margarita.
Para la lic. Lilian Aya, del Ministerio del Interior y Justicia las medidas legislativas adoptadas por la República Bolivariana de Venezuela a través de la Asamblea Nacional. En la búsqueda de soluciones, deben necesariamente direccionarse a través de la cooperación internacional y no sólo en el ámbito económico, sino social e incluso cultural. Nos dice que “Hay que crear sistemas de asistencia y protección de las víctimas; analizar las responsabilidades de los Estados y activar las herramientas que proveen los instrumentos nacionales e internacionales; además de conocer, analizar criterios y elaborar metodologías”
Enumerando una serie de protocolos, acuerdos, documentos, cartas y estatutos, deja bien claro que la Bolivariana Republica de Venezuela en el marco jurídico internacional vigente ha suscrito y ratificado documentos de vital importancia que manifiestan la voluntad nacional de prevenir y controlar la trata de seres humanos
• Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar el Tráfico de Personas, especialmente Mujeres y Niños de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, cuya ratificación se efectuó conjuntamente con la Convención, en el año 2002, y cuyo objetivo primordial es proveer medidas básicas para la prevención y combate de este delito.
• Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta, Prostitución Infantil y Utilización de Niños en la Pornografía, de mayo de 2002.
• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, suscrita en junio de 1994 y ratificada en fecha 03 de febrero de 1995, con el objetivo fundamental de erradicar la violencia contra la mujer.
• Estatuto de Roma, ratificarlo en diciembre de 2000.
• Pero además en foros regionales caso MERCOSUR y en el marco de la Comunidad Andina de Naciones, como se observa más adelante Venezuela ha suscrito documentos de relevancia capital en materia de crimen organizado y trata de personas, tales como:
1) La Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, suscrita por el Consejo Presidencial Andino, en la ciudad de Guayaquil - Ecuador, en fecha 26 de julio del año 2002, que establece en su Artículo 43, numeral 4, de la parte IX relativa a los Derechos de los Grupos Sujetos a Protección Especial, dar atención como tema prioritario en materia de Derechos Humanos a “La protección contra el hostigamiento sexual y toda forma de explotación sexual y laboral; la esclavitud, trata y tráfico de mujeres y niñas -en especial con fines de explotación sexual-; y la incitación y forzamiento a la prostitución, el embarazo y la esterilización forzados”.
2) La Decisión 458, suscrita por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, en fecha 25 de mayo de 1999, la cual establece como uno de los objetivos de la Política Exterior Común Andina “La unificación de esfuerzos en un decisivo combate de la corrupción, y la colaboración en la lucha contra el terrorismo y otras formas de crimen organizado”, de conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Cartagena.
3) El Acta de San Francisco de Quito, suscrita por el Consejo Presidencial Andino en fecha 12 de julio de 2004, que establece en el apartado relativo a la Política Exterior Común, la necesidad de implementar acciones conjuntas para combatir la trata de personas y el tráfico de migrantes.
4) La Decisión 587, suscrita por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en la ciudad de Quito, Ecuador, en fecha 10 de julio de 2004, la cual prevé dentro de la Agenda Política de Seguridad Externa Común Andina la cooperación en la lucha contra el crimen organizado contribuyendo a combatir su actividad y manifestaciones, las cuales perjudican la seguridad ciudadana y del Estado, así como la prevención y combate del tráfico de personas.
• Ley Aprobatoria del Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de fecha 27 de noviembre de 2001, con el objetivo de promocionar la cooperación entre los Estados Parte y proteger los derechos de los migrantes traficados.
• Y en el ámbito del MERCOSUR, el Estado Venezolano a través del Ministerio del Interior y Justicia ha suscrito documentos de gran relevancia en materia de prevención y control del crimen organizado y trata de personas en la región, tales como:
1. Adhesión de Venezuela al Acuerdo Marco sobre Cooperación en Materia de Seguridad Regional entre los Estados Parte del MERCOSUR y
2. la Reciente Declaración de Montevideo en contra de la Trata de Personas, suscrita en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 18 de noviembre de 2005.
Así como la identificación de los mecanismos y leyes nacionales para hacer frente a la trata de seres humanos según la Constitución de la Republica Bolivariana (articulo 54)
“Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La Trata de Personas y, en particular la de Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la Ley”.
De igual forma para la Directora Nacional de Prevención del Delito, existe un cuerpo de leyes nacionales que regulan la materia especial, con disposiciones prohibitivas y sancionatorias de la trata de seres humanos tal es el caso de:
• La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece que el Estado será responsable de la protección del traslado ilícito de niños y adolescentes en territorio nacional o al extranjero. el Derecho de los niños y adolescentes a ser protegidos contra el abuso y la explotación sexual. Así mismo contempla la prohibición de esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso en la infancia y/o adolescencia (Art. 33).
• La Ley de Violencia contra la Mujer y la Familia
• La Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada
“Es importante destacar que el Código Penal vigente, prevé que estarán sujetos a enjuiciamiento en Venezuela y se castigarán de conformidad con la ley penal venezolana, aquellos ciudadanos que dentro o fuera del país tomen parte en trata de esclavos y cualquiera que reduzca a esclavitud a alguna persona o la someta a una condición análoga”.
Así mismo posee relevancia especial la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, la cual prevé entre sus objetivos fundamentales la promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos (Artículo 4).
Y por último esta la Ley de Migración y Extranjería, que establece la pena de prisión a las personas naturales o a los representantes de las personas jurídicas que por acción u omisión, promuevan o medien el tráfico ilegal de personas.
Para la lic. Lilian Aya es muy importante la identificación de autoridades responsables en la prevención, control y sanción de este tipo delictivo en nuestro país. En tal sentido nos dice que esta la Cancillería como una forma de estimular la integración de la Sociedad Civil organizada, el Ejecutivo, las Universidades en la prevención de las distintas formas de trata y tráfico de personas que se puedan presentar en el país y el Instituto Nacional de La Mujer que viene desarrollando un conjunto de acciones en la defensa y reconocimiento de los Derechos Humanos de las mujeres para avanzar en el logro de la igualdad entre los géneros.
Y a fin de operativizar la participación ciudadana, explica que se ha fomentado la organización de las mujeres en Puntos de Encuentro que son redes de atención y prevención de violencia y epicentro de la promoción de los derechos humanos de las mujeres, donde INAMUJER y en cooperación con la UNICEF dicta talleres de sensibilización hacia el tema.
También “Esta el Concejo Nacional de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que ha tenido una importante labor en el tema de promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y en particular la protección a víctimas de menores de edad en los casos que se han conocido en el país relativo a la trata de seres humanos”.
Y esta el Ministerio Público, como integrante del Poder Moral, que en un esfuerzo por dar respuesta inmediata a las demandas de la ciudadanía ha desarrollado una serie de acciones enmarcadas a la atención del delito de trata de personas y en este sentido la Fiscalía Superior del área metropolitana de Caracas viene trabajando conjuntamente con la Dirección General de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Justicia desde el año 2004, específicamente en lo relativo a la investigación de los casos de trata de seres humanos con programas fundamentales para la atención a la víctima de trata.
Aquí cabe destacar “la tramitación automatizada de denuncias, a través de su página Web www.fiscalia.gov.ve, donde se informa a las víctimas los pasos que deben seguir para formular sus denuncias, con la posibilidad de descargar un formato digital de denuncias dirigidas al Fiscal General, Fiscal Superior o al Fiscal de Guardia y atención ciudadana con servicio las 24 horas del día y a través de la línea telefónica 0800-FISCA-00; donde el denunciante es atendido directamente por funcionarios de la Unidad de Atención a la Víctima o de la Oficina de Registro y Presentación de Documentos, la cual es responsable de la recepción y trámite de las denuncias”.
Y están “LOS ORGANISMOS DE SEGURIDAD CIUDADANA, como órganos especiales en el tema del control de la trata de seres humanos, que poseen una importancia incuestionable en el abordaje socio – criminológico del tema. Fundamentalmente el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a través de la División de Investigación y Protección en materia de Niño, Adolescente, Mujer y Familia así como el Grupo de Trabajo Autodirigido (G.T.A), creado para la investigación de casos relacionados con Trata de Seres Humanos, Explotación Sexual y Pornografía Infantil, órganos por excelencia auxiliares de la investigación han invertido en la formación y capacitación de sus funcionarios a nivel nacional para el control del Delito de Trata de Seres Humanos, propiciando así la sensibilización del funcionario frente a la víctima”.
Como autoridad central, es el Ministerio del Interior y Justicia quien esta en la elaboración, coordinación y ejecución de las medidas preventivas y de cooperación previstas en el artículo 9 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, que ha planificado y ejecutado mecanismos a fin de hacer frente a la trata de seres humanos en el país, orientados a la formación y capacitación, información y difusión, fomento de la denuncia, cooperación interinstitucional, y a coadyuvar en la investigación y conclusión de casos puntuales.
Y sobre acciones concretas nos dice que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela ha ejecutado acciones que permite afirmar categóricamente una frontal lucha contra la trata de personas. Con el fortalecimiento de los programas ya iniciados de educación y capacitación y la redefinición y profundización de las políticas encaminadas a prevenir el turismo sexual y la trata de personas en nuestro país. Con el fortaleciendo de las misiones educativas, de salud y laborales se han implementado espacios de inclusión donde se busca disminuir la brecha social y alcanzar logros sociales en la prevención, control y sanción que disminuyan este flagelo que atenta contra la dignidad humana. Y también se trabaja en pro de la consecución de programas destinados a facilitar la rehabilitación y reinserción social de las víctimas de la trata de personas, por ser los hombres y mujeres el epicentro de todas nuestras políticas.
Acoto la lic. Lilian Aya que para Venezuela, este delito es un fenómeno novísimo, y en consecuencia, se encuentra en fase de exploración, investigación e identificación de elementos, modalidades y mecanismos del mismo. Y si bien es cierto que existe la necesidad de masificar la información con el objeto de alertar a la colectividad, en especial a la población vulnerable, se consideró importante iniciar las acciones preventivas a través de la creación del 0800-CONTIGO, una línea telefónica gratuita mediante la cual se atienden denuncias relacionadas con la problemática de trata de personas y delitos afines tales como: abuso infantil, abuso a la mujer, prostitución, drogas, entre otros y se suministra información de interés para el usuario.
Actualmente se trabaja intensamente en una campaña de formación y capacitación en materia de Trata de Seres Humanos dirigida a los funcionarios públicos, en especial los relacionados con el área de seguridad ciudadana, las coordinaciones regionales de prevención del delito, defensores municipales y consejeros estadales de protección de niñ@s y del adolescentes, así como a organizaciones comunitarias y líderes preventivos comunitarios, capacitados en el marco del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.
Hasta diciembre de 2005, la Dirección General de Prevención del Delito dirigió el programa de formación hacia los principales estados fronterizos, turísticos y hacia las regiones con alta densidad poblacional, por ejemplo los estados: Táchira, Mérida, Vargas, Anzoátegui, Barinas, Lara, Nueva Esparta y Caracas.
Concluye que con el Fondo de las Naciones Unidas Para la Infancia (UNICEF) y la Organización para las Migraciones (OIM), el Ministerio del Interior y Justicia trabaja en el diseño de una investigación con un enfoque exploratorio – descriptivo, acerca de la existencia de la Trata de Seres Humanos focalizado en las principales ciudades fronterizas y de alta densidad demográfica en el País y ya se inició una investigación dirigida a explorar el conocimiento del tema de trata de personas por parte de los funcionarios que conforman los distintos organismos de seguridad ciudadana. Creando también una campaña de información y educación en la prevención del delito de trata de seres humanos en todas sus manifestaciones, en tal sentido, se diseño con participación de los colectivos y especialmente de cooperativas de producción audiovisual un valioso material de apoyo que permite profundizar el plan de difusión e información previsto. Material que se distribuye y difunde a nivel nacional.
“Estamos concientes de que la prevención y sanción del delito de trata de seres humanos implica el trabajo conjunto y coordinado de distintos actores, se han realizado alianzas estratégicas con organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, municipales y multilaterales, tales como:
Organismos Públicos: Ministerio Público, División de Investigación y Protección en Materia del Niño, Adolescente, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), Consejo Nacional de Protección del Niñ@ y del Adolescente, Defensoría del Municipio Libertador del Niñ@ y del Adolescente, Dirección de Civil y Política del estado Nueva Esparta y Falcón.
No Gubernamentales: Asociación de Mujeres por el Bienestar y la Asistencia Reciproca (AMBAR) y los Centros Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP).
Organismos Multilaterales: Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y Organización Internacional para las Migraciones (OIM)”.
El estado venezolano a través del Ministerio del Interior y Justicia, Ministerio Público, Defensorías, Consejo Nacional de Protección de Niños y el Adolescentes, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, la Organización Internacional para las Migraciones en nuestro país, así como los Consulados respectivos ha emprendido acciones a fin de prestar debida atención integral a las víctimas de estos delitos garantizando sus derechos.
Del total de casos conocidos durante el año 2005 se atendieron 53 víctimas de distintas nacionalidades, proporcionándole acompañamiento hasta el momento de retornar a su país de origen, facilitando los insumos para cubrir sus necesidades básicas, alojamiento, atención psicológica, médica, recreacional, tramitación de la documentación requerida para su retorno y su traslado.
Entrevista con la Lic. Lilian Aya, Directora General de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Justicia (Entrevista e información, extracto del discurso, documento de la Intervención de Venezuela en la Reunión de Autoridades en Materia de Trata de Personas OEA. Margarita/Venezuela Marzo 2006).