Otra demanda contra uno de los imputados por el asesinato del fiscal Anderson, presentada por organizaciones civiles fue aceptada por la Sala Constitucional en julio de 2005

(Fotos) Banquero directivo de Globovisión, Nelson Mezerhane, también está demandado ante el TSJ por violación de derechos humanos y democráticos

Nelson Mezerhane, banquero y directivo de Globovisión, enfrenta múltiples demandas
Foto: Prensa Web RNV - Archivo
Nelson Mezerhane, junto con otros dueños y directivos de la televisora privada Globovisión, fue demandado por varias organizaciones civiles antes de ser imputado por la Fiscalía General de la República por su presunta vinculación con el asesinato del Fiscal Danilo Anderson, quien llevaba investigaciones respecto a los implicados en el golpe de Estado de 2002 contra el presidente Chávez.

Sin embargo, esta acción ha tenido, hasta  ahora, poca resonancia, lo cual resulta bastante curioso, dada la trascendencia política de la misma y su importancia para la defensa de los derechos de los ciudadanos, así como del gobierno. Incluso resulta extraño que ni siquiera se hayan pronunciado las autoridades ministeriales ni los diputados y dirigentes políticos bolivarianos, por lo que se presume que la desconocen.

La causa contra los dueños y directivos de la televisora Globovisión, canal 33, está contenida en el expediente Nº  04-0615 llevado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. La Acción de Amparo Constitucional admitida por el TSJ a favor del pueblo y la sociedad venezolana fue propuesta por los ciudadanos, Julio Lattán A., Nury Fasanella, Franklis Acosta, Eduardo Moya, Diana Aponte, Angel Bravo, Zulay Briceño y otros, miembros del Frente Nacional de Abogados Bolivarianos, del Frente Revolucionario de Reservistas, Emergencia Patriótica 333, Foro Constitución y Paz, Guardianes de la Luz, entre otras; asistidos por los Abogados: Minnori Martínez Gómez, Luis Labrador y Gilberto Piñero. 

Julio Lattan, presidente del Frente Nacional de Abogados Bolivarianos, encabeza la demanda
Foto: Gonzalo Gómez.-Aporrea.org

Los accionantes denunciaron la violación de los derechos constitucionales a la democracia, a la igualdad, al pluralismo político, a la vida, a la integridad física, psíquica y moral, al libre tránsito, a la protección y seguridad personal, al honor, a la libertad de manifestación, a la protección familiar, a la protección de los niños y adolescentes, a la salud, al trabajo, a la educación, a la propiedad y demás derechos económicos, a la formación ciudadana, a la comunicación plural, a la libertad de expresión, a la información libre y sin censura, a la información veraz e imparcial, previstos en los artículos 2, 39, 40, 43, 46, 50, 55, 57, 58, 60, 61, 75, 78, 79, 80, 83, 87, 102, 103, 108, 112, 115,  130,  131  y 132 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;  en defensa de los derechos colectivos y difusos del pueblo venezolano.

En realidad, los demandantes  ejercieron ya varios Recursos de Amparo contra los dueños de los canales de televisión privados: Globovisión, Venevisión, Radio Caracas Televisión, Televen, habiendo sido  presentado el primero en fecha 9 de julio del año 2002, (EXP. No. 1.664-02 –S.C). Posteriormente se presentó un segundo Recurso en fecha 3 de octubre del mismo año (Exp. No. 2443-02-T.S.J-S.C.).

Estos recursos procuran la absoluta vigencia de los derechos del pueblo venezolano, que se afirma han sido y siguen siendo conculcados por estos directivos de medios capalistas. La doctrina sustentada en los recursos referidos fue acogida por la Sala Constitucional en sentencia 1942 del 15 de julio de 2003.

Igualmente presentaron el 15 de marzo de 2004, un tercer Recurso de Amparo Constitucional contra los dueños y directivos de Globovisión, con el objeto de fracturar el factor de poder mediático de carácter golpista, fascista y directamente proimperialista, con sus respectivos actores, sentando jurisprudencia por las violaciones permanentes y reiteradas de derechos constitucionales por parte de éstos al pueblo venezolano (Expediente signado 615-04- Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia).

Todo esto hace cola en la batalla judicial y falta el empujón de la movilización social que ha de manifestarse en la calle.

El contenido, fundamentación y detalles de la demanda fue publicado en el libro "Globovisión ¿Violadora de Derechos Humanos? (La litis), del Abogado Julio Lattan Avalo, que incluye al final una entrevista realizada por un miembro de Aporrea.

Los impulsores de estas acciones judiciales llaman a todas las organizaciones sociales a adherirse a estos recursos y están necesitando contribuciones para a derrotar la guerra mediática, depositando en la Cta. Cte 0102-0286-81-0000043575, Bco. de Venezuela.

Se le pide al movimiento popular, a la Unión Nacional de Trabajadores, a las organizaciones campesinas revolucionarias, a los comités de salud y de tierras urbanas, a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, a las demás organizaciones de abogados con el proceso y que actúan en favor de la contraloría social, a los diputados (y candidatos) que se proclaman del socialismo del siglo XXI, todo su poyo para el Frente Nacional de Abogados Bolivarianos y a otras organizaciones sociales Vs. Globovisión y el psicoterrorismo  de los medios privados golpistas-proimperialistas.

 Para la adhesión se puede utilizar el siguiente formato:

ADHESIÓN A LA ACCIÓN DE AMPARO CONTRA LOS DUEÑOS Y DIRECTIVOS DE LA TELEVISORA: GLOBOVISIÓN, CANAL 33.

INTRODUCIDA POR EL: Frente Nacional de Abogados Bolivarianos, Forjadores de Patria, Frente Revolucionario de Reservistas, entre otros el 15/03/04, S.C-T.S.J.

Nosotros, los abajo firmantes, Venezolanos, mayores de edad, Civilmente hábiles, de éste domicilio, por medio del presente documento manifestamos nuestro interés en adherirnos como terceros coadyuvantes en la causa que contra los Dueños y Directivos de la Televisora: Globovisión, canal 33, que llevan los ciudadanos, Julio Lattán A., Nury Fasanella, Franklis Acosta, Eduardo Moya, Diana Aponte, Angel Bravo, Zulay Briceño y otros, miembros del Frente Nacional de Abogados Bolivarianos, Frente Revolucionario de Reservistas, entre otras; asistidos por los Abogados: Minnori Martínez Gómez, Luis Labrador y Gilberto Piñero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 24.770, 59.329 y 72.066 respectivamente; por la violación de los derechos constitucionales a la democracia, a la igualdad, al pluralismo político, a la vida, a la integridad física, psíquica y moral, al libre tránsito, a la protección y seguridad personal, al honor, a la libertad de manifestación, a la protección familiar, a la protección de los niños y adolescentes, a la salud, al trabajo, a la educación, a la propiedad y demás derechos económicos, a la formación ciudadana, a la comunicación plural, a la libertad de expresión, a la información libre y sin censura, a la información veraz e imparcial, previstos en los artículos 2, 39, 40, 43, 46, 50, 55, 57, 58, 60, 61, 75, 78, 79, 80, 83, 87, 102, 103, 108, 112, 115,  130,  131  y 132 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;  en defensa de los derechos colectivos y difusos del pueblo venezolano,   de conformidad con lo previsto en el Artículo   370, ordinal 3º del Código de Procedimiento   Civil,  ya que poseemos interés jurídico actual para sostener las razones esgrimidas por los recurrentes en la causa contenida en el expediente No  04-0615 llevado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

 

NOMBRE

APELLIDO

C.I. N°

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se pondrá dirección de contacto, provisionalmente las organizaciones pueden notificar su adhesión por el correo electrónico de Aporrea: puebloalzao@aporrea.org con copia a aprvenezuela@yahoo.com



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