3 de junio de 2016.- La Consultoría Jurídica de la Presidencia de la República introdujo ante el Tribunal Supremo de Justicia un recurso de amparo contra la directiva de la Asamblea Nacional por usurpación de funciones.
“Es un recurso de amparo a fin de que la máxima intérprete de la Constitución, la Sala Constitucional del TSJ, se pueda expresar y verifique la solicitud que se está haciendo para de una vez por todas poder frenar no solo aquí en Venezuela, sino también a través de organismos internacionales, esa pretensión del Poder Legislativo nacional de querer inmiscuirse en las funciones constitucionales que tienen el Poder Ejecutivo”, detalló Elvis Amoroso, consultor jurídico de la Presidencia de la República.
“El artículo 336, numeral 4 (de la Constitución), establece que las relaciones exteriores de la República y la celebración y ratificación de los tratados y convenios y acuerdos internacionales le corresponde al Presidente de la República”.
Amoroso explicó, en una llamada telefónica con Venezolana de Televisión, que el Presidente Nicolás Maduro no sólo es jefe de gobierno –como en España, por ejemplo-, sino jefe de Estado. Las materias concernientes a política exterior son de su competencia exclusiva.
“Hay violaciones constantes por parte de la junta directiva de la AN, en relación a la hacienda pública del Estado, que es la administración de lo que tiene que ver con los recursos venezolanos a traes de unas legislaciones que violan la Constitución”, agregó.
“Las acciones sociales a través de distintas leyes de boicotear la acción del Gobierno Nacional, lo que tiene que ver con la construcción de viviendas (…) querían pasar a todas estas familias a la banca privada para que el que no pudiera pagar le quitaban su vivienda”.