Consideraciones de interés para llegar a la Comuna (II)

DESAFIOS PRESENTES PARA LA CONSTRUCCION DE LA COMUNA.

Funcionamiento de los Consejos Comunales.

Para llegar a la Comuna, primero se debería considerar los niveles de eficiencia de los autogobiernos en los consejos comunales. Allí, es bueno detenerse en 2 puntos:

a) Participación de los Ciudadanos y Ciudadanas.

b) Activación de los Comités de trabajo.

La Ley de los Consejos Comunales aprobada en el 2006, exigía para considerar que existía quórum en la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas que estuvieran presentes el 20% de los habitantes de la comunidad mayores de 15 años, sino se cumplía, entonces para el 2do llamado debían estar presentes mínimo el 10%, y si aún no se alcanzaba este requisito, entonces se realizaba la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el tercer intento con las personas que estuviesen presentes (sin importar el porcentaje).

Una vez aprobada el 26/11/2009, la Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Estipula en el artículo 22: “Las decisiones serán tomadas por mayoría simple de los y las asistentes a la Asamblea de ciudadanos y Ciudadanas, siempre que la misma cuente con un quórum mínimo del treinta por ciento (30%) de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en primera convocatoria y del veinte por ciento (20%) mínimo de la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en segunda convocatoria”.

Lo anterior deja claro, que siempre se considera un mínimo del 20% de los mayores de 15 años para considerarse válida la asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas (no puede entenderse que es válida con los que estén presentes sino cumple con el porcentaje). Sin embargo, hay casos donde este elemento no se aplica con rigurosidad en los Consejos Comunales. Y como respuestas a la falta de quórum en las Asambleas de Ciudadanos y ciudadanas, se escucha como argumentos: “la comunidad es apática”, “a la gente no le gusta participar”, entre otros. En este punto juega un papel determinante la Comisión Electoral permanente, quienes deben mantener actualizado el censo electoral y dar la información previa a las Asambleas de cuanto es ese número. Se puede resumir este punto, como la tarea de elevar los niveles de participación en las Asambleas de los Consejos Comunales, quienes crearan las iniciativas particulares que ayuden para tal propósito.

Activar los comités de trabajo de los Consejos Comunales, debe ser la segunda tarea priorizada. Es una realidad innegable, que en los Consejos Comunales en un tiempo relativamente corto, de constituirse, adecuarse, o renovar sus vocerías, terminan muy pocas personas asumiendo toda la responsabilidad de esa instancia del autogobierno comunitario. De 15 voceros electos (aproximadamente) en la Unidad Ejecutiva, terminan trabajando menos de la mitad, igual sucede con las Unidades de Administración y Financieras Comunitarias, así como las Unidades de Contraloría.

Las causas.

  • Cuando se realiza el proceso de elección, y se define quienes son los voceros, se debe establecer inmediatamente la conformación del comité. (es decir ese vocero no actuará solo, sino como un colectivo para una función determinada, donde participen todos los que se postularon, más los que puedan incorporarse posteriormente)

  • La falta de conocimiento sobre la función específica que debe realizar el vocero y el comité de trabajo en la Unidad Ejecutiva, termina por abandonar cualquier iniciativa que se pueda hacer desde esos comités.

  • Al desactivarse varios voceros de comités, terminan esas responsabilidades reposando sobre el accionar de los voceros (dirigentes) más comprometidos con la comunidad. Saturándose de más obligaciones y en muchos casos terminan llegando a niveles de representatividad.

Papel de las Instituciones Públicas.

Hay una alta responsabilidad de las instituciones públicas con el buen desarrollo y eficiencia en los Consejos Comunales. Si entendemos que llegamos por la vía electoral a estas estructuras heredadas del estado Burgués. Y que el objetivo es transformarlas en un proceso de transición hacia el Socialismo, entonces no debe quedar ninguna duda de dar todo el apoyo para el fortalecimiento del poder popular y la concreción de las Comunas como espacio primario del Estado Comunal. No se trata de dejarle el trabajo exclusivamente a un Ministerio, se trata de que todo el Gobierno asuma la tarea de esta nueva edificación.

Se debe incrementar desde distintas Instituciones, “diseñar y dirigir la ejecución de los programas, de capacitación y formación en los Consejos Comunales” (ver, artículo 57, numeral 4 de la LOCC). De esta forma los Ciudadanos y Ciudadanas que aspiren a formar parte de las vocerías y las unidades del Consejo Comunal tendrán más claridad en los objetivos. (Esto debe ser un proceso permanente).

De igual forma, los planes, programas y proyectos elaborados por las distintas Instituciones deben crear los mecanismos para que estos se articulen con el Comité correspondiente en los Consejos Comunales y mesas de trabajo en las Salas de Batalla.

Sin descuidar el gran salto para el fortalecimiento del Poder Popular que se puede dar desde la transferencia de recursos y competencias de las instituciones del Poder Público al Poder Popular si estas demuestran capacidad para asumirlas (como lo refiere el artículo 184 de la CRBV y el 71 LOPPM).

Correo: Benitolopez13@hotmail.com



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Benito López


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