Interoperabilidad

En Venezuela la Gaceta Oficial N °39.945 de fecha 15 de junio de 2012, fue publicado el Decreto N°9.051 mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre el Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los Órganos y Entes del Estado. El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, tiene por objeto establecer las bases y principios que regirá el acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos entre órganos y entes del Estado, con el fin de garantizar la implementación de un estándar de interoperabilidad; Decreto que entrará en vigencia vencido el plazo de dos años contados a partir de la publicación. Este Marco de Interoperabilidad se realizó como respuesta a la imperante necesidad del Estado venezolano en aumentar la eficacia en la realización de trámites de y para los ciudadanos y recortar los tiempo de respuesta a los venezolanos ante cualquier solicitud al Estado así como el aprovechamiento de los recursos tecnológicos actuales para tal fin, con el objeto de que predomine un Intercambio electrónico de datos, información y documentos; Así como también la aplicación generalizada de mecanismos de interoperabilidad en todas las instituciones públicas para la optimización del Estado.

Esta es una de las herramientas jurídicas más novedosas en materia de protección de derechos y garantías constitucionales; A través de la simplificación de los trámites, generalmente burocráticos y permite a los organismos dedicar tiempo al cumplimiento de los lineamientos del Estado, afianzando el desarrollo social, político y económico de la nación fortaleciendo los procesos administrativos y el Gobierno electrónico. El problema que se nos presenta es que existen más de 3.400 instituciones públicas y para lograr un verdadero intercambio se requerirían aproximadamente 5.800.000 convenios interinstitucionales entre las cuales no habría un criterio estandarizado; es por esto que se plantea la solución a través de un operador único que gestione las solicitudes y el intercambio para eliminar esta necesidad de establecer convenios bilaterales.

frederyf1@gmail.com


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