Decreto de Obama

"Yo, Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América, encuentro que la situación en Venezuela, incluyendo la erosión de garantías de Derechos Humanos por parte del gobierno de Venezuela, la persecución de oponentes políticos, la reducción de libertades de prensa, el uso de violencia y la violación de derechos humanos y abusos en respuesta a protestas antigubernamentales, los arrestos arbitrarios y detención de protestantes antigubernamentales, constituye una inusual y extraordinaria "AMENAZA" a la seguridad nacional y política internacional de los Estados Unidos de América, y por ende declaro una emergencia nacional para tratar con esta "AMENAZA". Por este medio, ordeno":

Hay un sinnúmero de argumentos para darle el sentido trascendental a lo que es una "AMENAZA". Según los entendidos, y no es el propósito de dictar catedra en el lenguaje, pero si darle el verdadero sentido de lo que puede resultar dicha alocución en el lenguaje diplomático o de relaciones entre países, dadas las circunstancias de, QUE SE DIJO Y EL QUE NO SE DIJO, QUE SI ES, QUE NO ES, QUE NO ERA LA INTENCION, BUENO SI, PERO?, cuando se aplica en forma clara y precisa a una posible sanción, así podemos decir, La RAE, las diferentes enciclopedias y otros textos consultados arrojaron los siguientes conceptos:

"AMENAZA"

Definición: El mal ha de ser posible, en el sentido de que el destinatario puede tener motivos para creer en su verosimilitud. Que el mal sea impuesto significa que el amenazado "NO TIENE CONTROL SOBRE LOS HECHOS QUE LO DESENCADENARÁN", por tanto, su culminación depende exclusivamente del sujeto activo. El hecho previsto ha de tener una clara repulsa social. Finalmente la determinación viene dada por la expresión cierta de un hecho. La amenaza tiene la finalidad de causar inquietud en el amenazado produciéndole un estado o un ánimo de miedo.

Características del delito de amenazas: El bien jurídico protegido es la libertad de las personas y su derecho a la paz y la tranquilidad.

-La amenaza es un delito de mera actividad (el mal con que se amenaza ha de llegar a ser conocido por el sujeto pasivo).

-El núcleo esencial del tipo es el hecho de anunciar un mal futuro con hechos, actitudes o palabras.

-El delito de amenaza se valora teniendo en cuenta las personas, hechos y circunstancias que rodean al caso.

-El dolo específico conlleva una voluntad inequívoca de ejercer una presión maliciosa sobre el sujeto pasivo que se concreta en un plan premeditado para atemorizar a la víctima.

-Hecho, gesto, palabra o dicho con el cual se amenaza.

-Delito consistente en intimidar a alguien con el anuncio de provocar un daño grave.

-Las amenazas son un delito o una falta, consistente en el anuncio de un mal futuro ilícito que es posible, impuesto y determinado con la finalidad de causar inquietud o miedo en el amenazado.

-Las amenazas deben ser creíbles y, además, pueden consistir en amenazar con un mal ilícito que, por su parte, puede ser o no constitutivo de delito esto provoca que la persona que amenaza este sola.

Tipos

-En el delito de amenazas puede consistir en amenazar con causar un mal que constituya delito (ya sea éste contra la vida, la integridad personal o incluso contra el patrimonio), o bien la amenaza puede consistir en causar un mal que no sea constitutivo de delito.

-También se distingue entre la amenaza condicional, que es aquélla en la que se exige una cantidad o condición para no llevar a cabo el contenido de la amenaza, y la no condicional.

-En el caso de amenaza de una acción no constitutiva de delito, ésta sólo es penada cuando la amenaza es condicional, lo cual se enmarca dentro del ámbito del chantaje.

Dicho lo anterior y aplicado al mencionado decreto digo:

1-Resulta insólito e incomprensible que una palabra con tanto contenido jurídico se pueda aplicar en un decreto de consecuencias impredecibles.

2-Resulta sorprendente que hace días atrás, el señor Obama, declaro que había que torcer el brazo a aquellos que no hacen lo que nosotros queremos que hagan.

3-Resulta enigmático que, quien pretende hacer avanzar el respeto por los derechos humanos en su propio suelo, mantenga bases militares y recintos, para el oprobioso ejercicio de la tortura y la degradación a la dignidad humana, en los diferentes países que se rinden por conveniencia o ante un supuesto proteccionismo.

4-Resulta indignante que, quien aspira en su prédica, proteger el sistema financiero de su país, no permitiendo los flujos financieros producto de manejos dolosos lucrándose en base a el producto de la corrupción pública, acoja a quienes se apropiaron en forma indebida no solo de fondos de la República Bolivariana de Venezuela sino, de los dineros del pueblo, sacrificio de ahorros y bien ganados, fruto del trabajo constante y sacrificado.

5-Resulta, inaudito que quien vocifera en la arenga y determina quien es o no terrorista, ampare en sus predios a terroristas confesos y los mantenga como asesores políticos.

6-Resulta, sorprendente que, siendo su país respetuoso tal como lo dicta su constitución y atento a las leyes, ponga en tela de juicio el que en el nuestro no se haga lo mismo, cuando, a quienes se les sanciona o detiene, por presuntas causas que transgreden lo establecido en nuestras leyes, les es respetado en todas sus partes lo señalado como derecho, el respeto al debido proceso. (Art. 49 de la C.R.B.V.).

7- Resulta muy inquietante que, sus asesores en materia internacional, no se hayan preocupado por leer e ilustrarle sobre uno de los contenidos de nuestra CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en su Capítulo III- de los Derechos Civiles.

8- Resulta jocoso y hasta risible, cuando la prepotencia del poder, como lo manifestara la presidenta Argentina Cristina Fernández, que el país con MAYOR PODER ECONOMICO, FINANCIERO, MILITAR Y CIENTIFICO, se sienta amenazado por quien en repetidas oportunidades le ha demostrado al mundo su inquebrantable misión de servirle, su potencial esta en el pueblo, anhelante, trabajador, digno, celoso, decoroso, sobretodo, creyente y respetuoso de su historia, historia patria, patria que nos devolviera como huella imperecedera nuestro comandante eterno, Hugo Rafael Chávez Frías.

9- Resulta pecaminoso, sin penitencia aun descrita, el establecer el grado del mal ocasionado a nuestra hermana República de Cuba, cuando después de SESENTA AÑOS, tratan de enmendar a cuenta gotas el error, imperdonable error de soportar las grandes penurias que padeció el pueblo, y en algunas oportunidades ni siquiera el pueblo las percibió, porque la entereza y mística revolucionaria de sus dirigentes siempre estuvo a la altura de las exigencias, y al frente de ellos como era su deber, el Comandante Fidel Castro.(Expresión del Presidente Raúl Castro en su emocionada intervención en la recién finalizada Cumbre de Panamá).

10- Resulta absurdo, que las sanciones aplicadas a siete (7) individuos, (como lo expresa la orden presidencial), no hayan sido consultadas, o por lo menos previamente hablada, tratada a nivel diplomático, dada la jerarquía o funciones desempeñadas por estos ciudadanos (as) donde se especifique las causales, y establecer en forma conjunta los orígenes de esos capitales, eso en cuanto a fortunas mal habidas, (De existir). En cuanto a su participación o no en violación a los derechos humanos existen tribunales con competencias establecidas en los cuales, tanto los Estados Unidos de Norteamérica y la República Bolivariana de Venezuela son miembros y suscriben su adhesión.

Considero que el cifrado en este decálogo no lo es todo, con el mayor de los respetos he expresado mis apreciaciones, mis puntos de vista, casi condensando lo que hasta el momento en el caso se ha ventilado, ojala se entienda que, aunque no solo con la buena intención se logran las cosas, habrá otros caminos para hacerlo, así, poco a poco lograremos lo que por naturaleza y dignidad nos pertenece, consolidando así, LA PATRIA, llena de gloria y bendiciones como lo mantuvo en su verbo, nuestro comandante Chávez.

¡VIVA LA PATRIA!

Miembro de la comisión jurídica del P.S.U.V.- Mérida.



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