A propósito de la visita de la OIT a Venezuela

El jueves 12 de diciembre 2013 Provea y las centrales y organizaciones sindicales: Alianza Sindical Independiente (ASI), Unión Nacional de Trabajadores (UNETE), Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), Central General de Trabajadores (CGT), Confederación de Sindicatos Autónomos de Venezuela (CODESA), Frente Autónomo por la Defensa del Empleo, el Salario y el Sindicato (FADESS) ; el Movimiento de Sindicatos de Base (MOSBASE), Corriente Clasista Unitaria Revolucionaria Autónoma (C-Cura), introdujeron ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia un amparo de inconstitucionalidad parcial contra Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT) con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente una pretensión cautelar de suspensión de efectos, contra los artículos: 365367, 386387 y 388 de la LOTTT

Esta acción impulsada por la “unidad de acción sindical” se realiza en el marco de la visita de  una misión tripartita de alto nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con  el refuerzo de la Organización Internacional de Empleadores (OIE)* y de la directora de la Oficina de Normas Internacionales.  Los comisionados vienen por la solicitud que hiciera FEDECAMARAS, tras el ataque a la ex presidenta de la cúpula empresarial, Albis Muñoz, para evaluar los derechos fundamentales de los empresarios y la intimidación, acoso contra FEDECAMARAS y sus dirigentes, la creación de organizaciones paralelas de empresarios, la ausencia de diálogo social y consultas tripartitas, y que constituyen varios de los temas a tratar de acuerdo a un comunicado que emitió la OIT en 2011, desde cuando estaba prevista la visita a Venezuela y que se hab ía ido postergando.

UN AMPARO PARADÓJICO

Tanto los voceros de FEDECAMARAS, como este reagrupamiento sindical y el libelo de amparo, han cuestionado el objeto y las atribuciones de las organizaciones sindicales (artículos 365-367 LOTTT) por ser violatorios a la “libertad sindical”.

Cuando revisamos el Art. 365 donde se establece el objeto de las organizaciones sindicales se indica:

las organizaciones sindicales tienen carácter permanente y tienen por objeto el estudio, defensa, desarrollo y protección del proceso social del trabajo, la protección de la clase trabajadora, del conjunto del pueblo, de la independencia y soberanía nacional…”.

Del mismo modo en el artículo 367 “sobre las atribuciones y finalidades de los sindicatos" se indica:

2.- contribuir en la producción y distribución de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades del pueblo.

3.- Ejercer control y vigilancia sobre los costos y ganancias, para que los precios de bienes y servicios producidos sean justos para el pueblo.”

10- Supervisar y defender el cumplimiento de todas las normas destinadas a garantizar la seguridad social y el proceso social de trabajo, a los trabajadores y las trabajadoras, especialmente las de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo, las de construcción de viviendas para los trabajadores, las de creación y mantenimiento de servicios sociales y actividades sanas y de mejoramiento durante el tiempo libre.

Para estos sindicalistas los artículos antes señalados le asignan a las organizaciones sindicales, actividades distintas a su naturaleza y que son propias de los fines del Estado.

Patronos y sindicalista piden concertación y diálogo social que solo busca, un escenario para revisar la Estabilidad Absoluta establecida en la LOTTT y la jornada de trabajo: bajo el argumento de altos costos y baja productividad.  A esta exigencia de los patronos se le suma un grupo de sindicalistas que hoy acompañan el amparo constitucional introducido al TSJ.

Para nosotros la discusión actual hoy, es si el capitalismo se encuentra en crisis como modo de producción único o si logrará el reajuste que le permita renovarse. En medio de su propio caos busca arrebatar a todos los pueblos la riqueza acumulada en sus territorios: biodiversidad y recursos naturales, para ello elcapitalismo emprende tratados para la apertura comercial sin barreras entre los Estados-Nación y legislan mecanismos de despojo de los ahorros para la pensión y jubilación de millones de trabajadoras y trabajadores: por medio de contrarreformas que anulan las funciones del Estado-Social y sus legislaciones protectoras con el fin de imponer el Estado-Neoliberal, las guerras y las dislocaciones de las naciones.

Es en este contexto donde cobra relevancia la defensa de la soberanía nacional.  Si consideramos la defensa de la soberanía dentro del capitalismo, el objetivo será la atenuación de las condiciones de explotación de los trabajadores, pero de ninguna manera se eliminará la explotación; por ello, la defensa de la soberanía no puede limitarse a una base nacional, sino más bien impulsar el carácter internacionalista de la lucha de clases de los trabajadores, tal como ha sido impulsada por el marxismo desde el siglo XIX como necesidad objetiva.

Desde nuestra perspectiva, como trabajadores somos de la opinión que estos dos artículos de la LOTTT son puntos de apoyo para el sindicalismo clasista, por cuanto el marco jurídico de LOTTT y la CRBV colocan como centro la defensa de la soberanía e independencia de la nación, lo cual tiene implicaciones políticas y legales  a la hora de adelantar la lucha contra el capital.

En cuanto el articulo 367 numeral 3: si bien es cierto no significa para nosotros el Control Obrero, si es el primer paso hacia el conocimiento  real de la industria, la posibilidad  de conocer los “secretos empresariales”, las cuentas y los libros que son utilizados para justificar todos los ataques a la clase obrera, como son las reducciones salariales, la no discusión de los contratos colectivos, despidos y aumentos de las jornadas laborales. Cuando los empresarios dicen que están en bancarrota, que no reciben dólares preferenciales  o que pierden beneficios, exigen este tipo de contrareformas. El 367 de la LOTTT permite a los trabajadores organizados sindicalmente inspeccionar los libros y valorar la situación real. La idea es levantar el velo: demostrar a la clase trabajadora  el funcionamiento detallado del sistema capitalista como un paso hacia su aprendizaje del manejo de la producción.

Hoy encontramos en el mundo tres grandes corrientes sindicales: una que propugna por confrontar y derrotar al capital para dar curso a una nueva sociedad, otra que dice confrontar el capital para obtener de él mejores condiciones de vida, y una tercera que abiertamente colabora con el capital para de esa manera mejorar los ingresos de sus afiliados.

Nosotros nos ubicamos en la primera: el sindicalismo clasista además de su inherente defensa de los derechos laborales, lucha por nuevas y mejores condiciones de salario, de vida y de trabajo, por la soberanía e independencia. Por estas razones estuvimos contra el golpe petrolero, condenamos la guerra económica, denunciamos la política neoliberal del programa de la MUD.  Un sindicalismo clasista mantiene su accionar sobre la base del reconocimiento de las contradicciones entre Capital y Trabajo, su método es la lucha de clases (reconocimiento de intereses opuestos, irreconciliables, entre explotados y explotadores, entre obreros y capitalistas) así como la contradicción fundamental del sistema capitalista (entre producción social y propiedad privada de los medios de producción), valora al proletariado o clase trabajadora como principal agente de transformación y desarrollo y se basa en principios (unidad, consecuencia, independencia, democracia y solidaridad).   Luchamos por profundizar el proceso de cambio que vivimos en el país a través del refuerzo del sector público y estatal de la economía con inversiones; de la nacionalización de los sectores claves controlados por multinacionales y grandes grupos capitalistas locales; en defensa de los artículos de la LOTTT que presenten conquistas a los trabajadores y retiro de los artículos que representen ataques al legítimo derecho de huelga y organización;  por medidas que defiendan la nación de la crisis mundial reforzando su industrialización y mercado interno.  Ademas de la integración de los pueblos de Latinoamérica que solo puede darse sobre la base de la ruptura con la política dictada por el imperialismo y aplicada servilmente por muchos gobiernos de la región (como México, Colombia y Chile, para quedarnos en algunos ejemplos), para desaguar efectivamente en una unión libre de pueblos libres de esta parte del mundo.

No es extraño que FEDECAMARAS acompañe de alguna manera la acción  sindical de este reagrupamiento que introdujo un amparo de inconstitucionalidad parcial contra Ley Orgánica del Trabajo, pero tampoco es extraño que la cúpula de CTV, el “Chino Navarro”, Tito Blanco, Manuel  Cova, los cuales tiene un pasado de apoyo anticlasista a favor de la contrareforma laboral impulsada por Rafael Caldera en el año 1997, la primera Reforma Parcial de la LOTTT, como resultado de la firma del Acuerdo Tripartito de Política Salarial y Seguridad Social Integral (ATSSI) celebrado en el marco del plan económico y social impulsado por el gobierno de turno, conocido como la Agenda Venezuela: todo un plan a favor del capital que estableció un conjunto de elementos flexibilizadores dentro de la normativa jurídica laboral de entonces, reflejada básicamente en la incorporación de una nueva concepción de la noción de salario, la introducción de la figura del salario de eficacia atípica, la reducción de los límites de la jornada laboral y los cambios en materia de regulación de los derechos colectivos del trabajo. Además de la eliminación del régimen de recalculo de la prestación de antigüedad, que acabó con el sistema conocido como “retroactividad de las prestaciones sociales".

Pero lo que si es extraño es que la UNETE haya caído en esta timo montado por este sindicalismo ginebrino de concertación socialdemócrata. La UNETE, creada en 2003 en respuesta a la traición de la CTV que apoyó el Golpe de Estado fracasado contra Chávez, nació con una vocación de central sindical autónoma e independiente, comprometida con el proceso de lucha por el Socialismo. A pesar de las debilidades, rupturas y problemas que sufrió, la UNETE es una conquista de los trabajadores y, conjuntamente con sus sindicatos afiliados, protagonizó una lucha importante en esos años por los contratos colectivos, contra la tercerización, corrupción, despidos y por la nacionalización de empresas privadas: hoy, al hacerse parte de este este reagrupamiento anticlasista junto a FEDECAMARAS, la UNETE a votado por la borda su legado historico de lucha.

 

El nuevo Ministro del Trabajo y el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS)

Se necesita un pronunciamiento del nuevo Ministro del Trabajo y la Seguridad Social respecto al funcionamiento desregularizado del RNOS, como organismo adscrito al Ministerio, debido a que existen actuaciones que se pueden configurar como prácticas antisindicales en cuanto a la violación flagrante del artículo 95 de la CRBV y del artículo 353 de la LOTT que establecen en el marco de la libertad sindical:

"Los trabajadores y trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen conveniente para la mejor defensa de sus derechos e intereses…”

La discrecionalidad bajo la que actúa el RNOS, genera una situación generalizada que puede ser enmarcada en el 362 numeral 4 de la LOTT que  expresa:

“Se consideran conductas o prácticas antisindicales aquellas que causen alguna discriminación o lesión a los derechos de libertad sindical por razón de afiliación o de actividad sindical".

Constituyen prácticas antisindicales:

4.-  La negativa o dilación injustificada en el registro de organizaciones sindicales, o del trámite ante los órganos de la administración del trabajo de las diversas actividades sindicales".

Manifestamos que no nos oponemos a la regularización de los sindicatos, debido que consideramos que los mismos deben funcionar en un marco de defensa y transparencia, además reconocemos la existencia de prácticas de dirigentes sindicales que explotan la libertad sindical para obtener benéficos personales, creando mafias enquistadas que perjudican el avance, progreso y desarrollo de la organización general de los trabajadores y trabajadoras, por lo que celebramos la existencia de un organismo con la potencialidad de regular y dinamizar el buen funcionamiento las organizaciones sindicales para ejercer su papel en el desarrollo económico, social y productivo del país, además de cumplir con el deber de defender a la nación; atribuciones estas que son posibles gracias a tener una ley como la que tenemos.

Pero de igual forma es necesario señalar que existe una indefensión de todas aquellas organizaciones sindicales que se encuentran hoy en día en un limbo  legal, al carecer de la protocolización necesaria para su nacimiento legal, situación esta que manifiesta un síntoma agudo de burocracia dentro de la institucionalidad que debería servir de protección y defensa de las garantías y derechos de los trabajadores organizados, afectando la estabilidad económica y social de los mismos y por lo tanto de la sociedad: ¿o es que acaso al verse imposibilitadas las organizaciones sindicales para discutir un contrato colectivo por carecer de legalidad no se ve afectada un conjunto de la sociedad perteneciente a este sector?

Debemos recordar además que esta situación crea un dilema a tener muy en cuenta, debido que la legitimidad de los sindicatos solo la pueden dar las Asambleas de Trabajadores en el marco transparente de la democracia participativa y protagónica, es decir, bajo ningún motivo una legalidad a medias puede estar por encima de la legitimidad.

Las reiteradas prácticas antisindicales por parte del RNOS para impedir que nuevas organizaciones sindicales protocolicen su legalización dándole más énfasis a la forma que al fondo sustantivo que se exige para presentar un sindicato le dan un insano olor a complicidad con los patronos públicos y privados que ven coronado con éxito sus propósitos de desarticular la lucha de los trabajadores por su redención y bienestar

¿Es esta acaso la actitud y correcto proceder de un organismo de un organismo que como el RNOS se enmarca en un gobierno que dice marchar hacia la construcción del socialismo?

Señor Ministro del Trabajo: usted fue uno de los padres la LOTTT. No queremos pensar los trabajadores venezolanos que el espíritu y propósito la LOTTT es dejar desguarnecida a la clase trabajadora ante la embestida patronal.  Esta ley ha sido benéfica en muchos aspectos, pero en este caso específico es menester la reglamentación del RNOS como lo estipula el 520  de la LOTTT para que los trabajadores tengan reglas claras y no se actué a discrecionalidad y capricho de un burócrata complaciente con los patronos públicos y privados.

Señor Ministro lo emplazamos públicamente a reunirse con los representantes de la clase trabajadora para que juntos se le dé una solución a la referida problemática ya que observamos que los procedimientos administrativos del Ministerio del Trabajo están siendo motorizados por los intereses políticos en unos casos, económicos en otros y por las arbitrarias intervenciones de gobiernos locales como los practicados por un Exinspector del Trabajo (hoy asesor jurídico de la Gobernación del Zulia) contra el caso concreto de una empresa embotelladora de bebidas gaseosas de la región.

La Constitución y la LOTTT son garantes de los derechos que asisten a la clase trabajadora de organizarse libremente sin presión ni coacción alguna para la defensa autónoma de sus derechos los artículos 95 de la CRBV y los artículos 353, 357, 362 y 520 de la LOTTT son prueba fehaciente de que el problema radica más en los interese de poder y en los procedimientos administrativos del Ministerio del Trabajo que en normas garantes de los derechos que asisten a los trabajadores a organizarse sin ver cercenados sus derechos.

Sin más nada que decir Señor Ministro: los trabajadores venezolanos damos la bienvenida a la OIT y le garantizamos que mantendremos firmes nuestras posturas frente al estado y frente a FEDECAMARAS. Convocamos a la unidad los trabajadores, sindicatos de base, a la Central Socialista Bolivariana, a la unión nacional de trabajadores, colectivos de trabajadores, consejos de trabajadores y corrientes clasistas, delegados de prevención, movimiento de control obrero, para de manera unitaria demandar un Plan Económico de Emergencia en defensa de la nación y el pueblo trabajador  que incluya un aumento general de salarios; que el salario mínimo se iguale a la canasta básica; eliminación del IVA y por impuestos a las grandes empresas y transnacionales; por la discusión y respeto a los convenios colectivos de trabajo; respeto a la libertad sindical, y contra la pretensión de criminalizar la lucha de los trabajadores.

* La Organización Internacional de Empleadores (OIE) es un organismos que desde 1920 brinda apoyo y representa a la comunidad empresarial mundial en los foros internacionales sobre política social y laboral en todo el sistema multilateral y en otros foros como el G20, con el objetivo de velar por que dichas políticas promuevan la viabilidad de las empresas dentro de su objetivo * Promover el entorno de la política económica, laboral y social necesario para propiciar y desarrollar la libre empresa y la economía de mercado

Colectivo Trabajo y Juventud, Corriente  Sindical de la Unión Nacional de Trabajadores (UNETE) del C.T.R:  Zulia Lili Rincón, Sergio Castellano, Alberto Salcedo, Raúl Ordoñez, Denis Ospina, Eric García, Eric Araujo , Marco Martínez.

Observatorio Laboral Giuseppe Raspa: Abogados José Mendoza y  Alex Padrón



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