Los aumentos presidenciales y la realidad socio-económica de los trabajadores de la CVG

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se promulgan por primera vez en nuestra historia republicana los principios de igualdad y justicia social, cosa que al parecer no han leído las actuales autoridades de la Corporación Venezolana de Guayana, insisto en que no han leído, por no decir que al parecer no les importan la aplicación de estos postulados.

A pesar de los ajustes salariales decretados por el ejecutivo nacional, los trabajadores y trabajadoras de la CVG en los últimos 3 años, han visto cómo sus ingresos por concepto de sueldos y salarios se esfuman, ya que estos aumentos no son otorgados al personal que labora en esta empresa Estadal; en vocería de los administradores de CVG, se escucha decir que la Corporación es autónoma en su política salarial, por tanto no están sujetas a acatar dichos ajustes salariales.

De igual forma el ejecutivo ha encomendado la realización de programas como Mercal Obrero y ventas de equipos de Mi Casa Bien Equipada en cada uno de los entes del Estado, programas que aún no han llegado a la CVG.

Por lo antes expuesto cabe preguntarse, si están las autoridades de la Corporación Venezolana de Guayana en sintonía con los lineamientos emanados del Ejecutivo Nacional; o si las políticas sociales en CVG son manejadas a discreción del presidente de turno en contravención a las políticas Estadales.

Lo cierto es que mensualmente los trabajadores de la Corporación recurren al retiro de su patrimonio familiar, prestaciones sociales, para poder palear la situación económica por la cual están atravesando; pensaran las autoridades de la CVG si a los cevegistas no les afecta la realidad socioeconómica de nuestra Venezuela.

Desde Noviembre de 2015 al presente, el ejecutivo nacional ha incrementado en 80% el salario mínimo, porcentaje que le ha sido otorgado a varias de las factorías de CVG, como Carbonorca, Ferrominera, Venalum, Alcasa, entre otras, en cambio a los trabajadores cevegistas se les ha privado de estos ajustes salariales. Recientemente las autoridades consideraron otorgar un 30% de aumento salarial a los trabajadores que no han recibido aumento por concepto de salario mínimo a partir de 1 de Agosto 2016, aun cuando éste fue incrementado a partir del primero de Mayo del corriente.

A continuación un cuadro resumen donde se aprecia los ajustes al salario mínimo nacional, al sector militar y al personal de CVG, el cuadro es referencial para mostrar las diferencias en los ajustes salariales por sector.

 

 

Aumentos Salariales por Sector (2013-2015)

Años

Salario Mínimo

Sector Militar

CVG Casa Matriz

2013

40%

60% + % Desconocido

24%*

2014

64,5%

45% + % Desconocido

24%*

2015

75%

30%

40%+

2016

50%

 

30%**

 

229,5%

135% + 2(% Desconocido)

105%

Fuente: el autor

  • Aumento por mérito de 16% al evaluado excelente más 8% de bono corporativo.

  • Aumento por mérito de 18% al evaluado excelente, 10% de bono corporativo, 12% promoción y normalización de sueldos.

** Aumento por Decreto presidencial Mayo 2016, por aplicarse en CVG a partir de Agosto 2016.

 

A continuación se presenta cuadro demostrativo de sueldos básicos del personal

 

Empleado de la Administración Pública Nacional

Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.899, de fecha 09/05/2016

Decreto Nº 2.316 de fecha 09/05/2016.

 

Seguidamente se presenta cuadro demostrativo de salarios mínimos y máximos del personal Obrero de la Administración Pública Nacional

 

Fuente: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.899, de fecha 09/05/2016,

Decreto Nº 2.317 de fecha 09/05/2016.

 

Ahora bien, en la Corporación, al personal se le discrimina en dos nóminas a saber, nómina mensual y nómina diaria. En el personal de nómina diaria la situación es más lamentable aun, pues resulta que por política salarial de la empresa, se tiene que un obrero calificado con 25,30,35 y hasta 40 años de servicios devenga por concepto de salario 10 ó 20 bolívares diarios más que un obrero raso recién ingresado a la empresa y cada vez que el Ejecutivo Nacional realiza ajustes al salario mínimo, CVG se ve en la necesidad de ajustar el sueldo del personal nómina diaria, no respetándose la antigüedad en el personal.

 

Destacando que el personal de nómina diaria después de 17 años de revolución no disfruta del beneficio de jubilación por la empresa, por lo que al concluir su vida laboral; en algunos casos de hasta 35 y 40 años de servicio; es condenado a vivir el resto de su vida solo con la pensión por vejez que les otorga el Seguro Social.

En virtud de lo planteado, comencé mi escrito haciendo referencia a los postulados de igualdad y justicia social plasmados en la Constitución, con la finalidad de llamar la atención de las autoridades de la Corporación y otorguen a sus trabajadores las remuneraciones concernientes a los decretos presidenciales, 30% Noviembre 2015, 20% Febrero 2016 y 30% Mayo 2016.

Quien les escribe es profesional universitario, trabajador de la Corporación con 23 años de servicios, en Diciembre de 2003, contaba con ingresos salariales equivalentes a los 3,6 salarios mínimos, en la actualidad mis ingresos equivalen a 1,7 salarios mínimos, situación que evidencia la caída de los sueldos y salario del personal cevegista ante la mirada cómplice de las autoridades de la Corporación.

Nota: Los datos publicados en este escrito, fueron obtenidos de los Decretos de ajustes salariales y del sistema de remuneración de CVG.

Justicia social para los trabadores de la Corporación Venezolana de Guayana.



irapa72@hotmail.com

 



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