Sentencia de Tribunal Superior Laboral favorece a más de 2 mil ex empleados de Cantv 18 de agosto 2007

Elizabeth Cabello presidenta y demás miembros de la Asocición Bolivariana de Extrabajadores de Bolívar

Elizabeth Cabello presidenta y demás miembros de la Asocición Bolivariana de Extrabajadores de Bolívar

Credito: Correo del Caroni

21 de agosto 2007. - Para quienes dejaron sus mejores años de vida en Cantv, el 14 de agosto de 2007 es una fecha histórica puesto que el Tribunal Superior Laboral reconoció que la jubilación es un derecho, no un beneficio.

Más de dos mil ex trabajadores de la Compañía Anónima Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Cantv) celebran la nueva figura de "trabajadores pasivos", luego de que el Tribunal Superior Laboral de Caracas dictaminara a favor de quienes habían dejado sus mejores años de vida en la telefónica y salieron sin una seguridad social.

Así lo dio a conocer el asesor legal del grupo, José de Jesús Díaz, quien además señaló que el pasado 14 de agosto se efectuó la última audiencia arrojando como resultado la incorporación inmediata de más de dos mil nuevos jubilados y pensionados de Cantv en vista de que los asiste el derecho a la seguridad social.

Esta lucha judicial se inició con la demanda individual de 20 jubilables que exigieron el derecho a formar parte de la nómina de trabajadores pasivos de la referida empresa del Estado. Los argumentos sobran cuando de seguridad social se trata, en especial, cuando una empresa pasa a manos del capital privado con una masa laboral de hasta 30 años de servicio.

La Carta Magna en sus artículos 3 y 4 dejan claro que la jubilación de los empleados venezolanos es un derecho y no un beneficio, razón por la cual, asegura Díaz, los jueces se vieron obligados a reconocer este derecho.

Con esta sentencia a favor de los ex trabajadores de Cantv, no sólo se logra la seguridad social de los mismos, sino que les nace el derecho de ser parte del fondo de cotización del cual fueron desplazados e incluso pensión por sobrevivientes.

Casi "innato"
El abogado explicó que la juez Superior sentenció la "imprescriptibilidad" de la jubilación, es decir, que se declara que ser un trabajador pasivo en una determinada empresa es un derecho casi innato.

Díaz asegura que en este caso se estaba violando un derecho consagrado en la Constitución y en la convención colectiva de trabajo (artículo 7, anexo C), pues estaba convenido que todo trabajador con más de 14 años de servicio podía hacerse acreedor de una jubilación.

Los afectados indicaron que la compañía siempre se negó a otorgar este derecho y que incluso recibieron amenazas y "acoso psicológico" para que no hicieran alarde de la situación, pues "no nos darían ni la cajita feliz", es decir, las atractivas.

Hoy celebran el hecho de formar parte de las filas de los trabajadores pasivos de Cantv al mismo tiempo que se escribe un precedente. Díaz resaltó el carácter vinculante que tiene este caso para otras experiencias similares en las cuales la seguridad social de los trabajadores pasivos haya sido vulnerada.


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