Propuesta: más nunca, levantar la mano a un adulto mayor

Lenin Oliveros, Constituyente Adulto Mayor

PERFIL DEL PROYECTO

1.- OBJETIVO:

Nunca Más levantarle la mano a un Adulto Mayor

2.- MOTIVACIONES:

Golpear a un adulto mayor, actualmente está en estado de indefensión física y legalmente. Las leyes de la Mujeres, Niño Niña y Adolescente están muy avanzadas pero para Adulto mayor en cero.

3.- MOMENTO HISTÓRICO

Asamblea Nacional Constituyente, realizar el proyecto piloto en Estado Anzoátegui, con un equipo multidisciplinario en coordinación con el Constituyente Adulto Mayor, para someterlo a amplia consulta luego aprobación.

4.- LO POLITICO: INCLUSIÓN

Ejercicio de la Democracia Participativa y Protagónica

5.- INVESTIGACIÓN, CASO REAL: OCURRIDO EN VALLE GUANAPE

5.1.- Hecho Puntual:

Por proteger el Pueblo, reparar "Alumbrado Público" en la Comunidad de las Chaguaramas, Valle Guanape, con un 60% lámparas apagadas, teniendo una Planta de Harina Precocida que nos hace una zona de resguardo estratégico de la Nación. Se tomó fotografías, en especial, dos postes que estaban apagados para la calle y encendidas para una casa con tres lámparas, para reportar en Corpoelec, realizado por mi persona, Adulto Mayor, Víctima, 64 años, 1,62 estaturas y 62 kilos, fue agredido un CONTRATISTA del ALCALDE, de 35 años, 1,80 estatura aproximado y 100 kg aproximado. Luego de tomar las fotografías, a las 9 pm aproximadamente, caminé 40 mts y se vino por la espalda, estaba bastante oscuro, tomándome por el cuello, me tumbó en el piso, dándole coñazos, arrastrándolo en el suelo, presionando muy fuerte con la rodilla en el pecho varias veces cuando me tenía en el suelo, hasta que la Comunidad lo apartó, ocasionando "lesión permanente" por fragmentándome los cartílago VI, VII y VIII, bilateralmente.

Resultados: a) Alumbrado Público, Se resolvió en un 80%, aun trabajando para lograr 100% b) Denuncia: En Fiscalía MP-27970-2015 (10/01/2017). Fiscalía solicita Imputación a Juez Municipal BP01-P-2017-1015 (26/06/2017) y Tribunal da audiencia para (04/10/17/2017) c) Segundo, Informe médico forense calificación agresión GRAVE.

Aprendizaje Fondo: Realizar proyecto NUNCA MÁS, levantar la mano a un Adulto Mayor.

5.2.- Investigación: Protección e Indefensión Actual

5.2.1.-Constitución, leyes y Códigos y Reglamentos

Art 26: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos,……..

Se observa: Primero, Hasta el momento, el tiempo real de este proceso es 08 meses, 09 días, desde inicio 10/01/17 a audiencia en tribunales 04/10/17. Segundo, la existencia de una sala especial, acortaría el proceso, tal como lo hace con la Mujer, atención más directa. Tercero, Desconociendo los tiempos procesales, es bueno revisar el Código Procesal y si fuese necesario hacer la Reforma Correspondiente.

Art 55: Toda persona tiene derecho a la Protección por parte del Estado……

Se observa: Ya se ha obtenido, protección real otorgada por Fiscalía (órgano rector) y Defensoría del Pueblo (órgano de apoyo)

Art 80: El Estado garantizará a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio a sus derechos y garantías. El Estado…….

Se observa: La existencia de Ley Servicio Social, (Adulto Mayor): Es mocha, protege sus derechos y "sancionatoria" solo a Personal q trabaja con el Adulto Mayor.

Art. 46 Toda persona tiene derecho a que se le respete su integridad física, Psíquica y Moral, en consecuencia: 1 Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradante….

Se observa: ¿Donde están la ley y reglamento que deriva este artículo? Integridad Física, médico forense. Psíquica, existen Psicólogos. ¿Cómo se mide el daño Moral? Si entendemos lo Moral relativo a la conciencia, entonces hay que agregar lo Ético, relativo a los valores (Dignidad, Respeto, otros) del Adulto Mayor.

5.2.2.- Código Orgánico Penal.

Art. 77 Son circunstancias agravantes de todo hecho punibles las siguientes;

Art 77.14 Ejecutarlo con ofensa y desprecio que por respeto a su dignidad, EDAD o sexo mereciere el ofendido, en su morada, cuando este no haya provocado el suceso.

Se observa: Que Lo planteado es un agravante genérico y no es específico de agresión a un Adulto Mayor.

5.2.3.- Código Orgánico Procesal:

Existen observaciones en todo el proceso, desde la denuncia, hasta situación actual: Fiscalía, CICPC, Sub Delegación Puerto Píritu, Senamecf, Defensoría del Pueblo, Tribunales

5.2.4.- Estructura: Jurisdicción Especial para atender la victima Adulto Mayor.

Se observa: Que existe estructura para atender a la Mujer y Niño- Niña y Adolecentes: Fiscales, Jueces, Tribunales, que atiendan con celeridad los casos de agresión a un adulto mayor, como los hay para atender a la Mujer y Niño- Niña y Adolecentes.

5.2.5.- Conclusión: Ampliar consultas para realizar proyecto Protección Adulto Mayor, en forma Integral

6.- INSTITUCIONES CONSULTADAS PARA PARTICIPAR EN EL PROYECTO

Defensoría Pueblo Anzoátegui: Rafael Vega, de acuerdo y puso a la defensoría a la orden y trabajar con Constituyente Adulto Mayor Anzoátegui.

Casa Abuelo Barcelona: Dra. Letimer Rodríguez, Directora De acuerdo y en fase investigación apoyo Dra. Damaris Uzcátegui

Dirección Magistratura (Participación Ciudadana): Dr. Hermes Moreno, de acuerdo y propone trabajar personal jubilado, en especial, Jueces.

Procuraduría Estado Anzoátegui: Dr. Evencio Gallardo, apoyo en fase investigación con el Dr. Ramón Ponce y orientación para el proyecto con Asdrúbal Rodríguez

Fiscalía: Dr. Rafael Hurtado, a la orden estando en Defensoría del Pueblo con Dra. Haide Padrino apoyo directo fase investigación. Falta consultar segunda fase realizar proyecto

Constituyente Adulto Mayor Zona Nororiental: Lenin Oliveros, en consulta, para fijar mesa de trabajo

7.- METODOLOGÍA TRABAJO

La fijara la mesa de trabajo, en participación amplia, bajo la coordinación del Constituyente Adulto Mayor

8.- ANC

Presentación a ANC: Ley Orgánica del Adulto Mayor, Reforma al código Penal, Reforma al Código Procesal, Nueva estructura Jurisdicción Especial, para atender el Adulto Mayor. Debate, Aprobación y Publicación

9.- Leyes Protección Adulto Mayor, para MÁS NUNCA SE LEVANTE LA MANO A UN ADULTO MAYOR

10.- PERPECTIVA

Valorar la Oportunidad y Trascendencia que nos da el momento político que vive la Nación, para resolver nuestros problemas, nuestras soluciones.



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Reinaldo Antonio Manriquez Cerda

Ingeniero Mecánico. Ingeniero Social: la energía que mueve al mundo no es el petroleo, sino los Pueblos. Instagram: manriquezreinaldo

 manriquezreinaldo@hotmail.com

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