A partir del 10 de enero el conflicto político venezolano había experimentado un veloz recrudecimiento. La proclamación del Diputado Juan Guidó como "presidente interino", el 23 de enero, fue el punto de máxima tensión nacional. A partir de ahí, se evidenciaba el despliegue de una estrategia opositora de poder dual, respaldada por una parte importante de la Comunidad Internacional. La puesta en marcha de esta ruta generó altísimas expectativas entre los sectores que veían posible una transición relámpago en Venezuela. No obstante, el respaldo a la presidencia de Nicolás Maduro por parte de la Fuerza Armada y voluntad del gobierno de no ceder, llevo a la confrontación a una suerte de "meseta" o estancamiento. El gobierno no se ve realmente obligado a ceder el poder, pero tampoco se atreve a tomar la decisión de apresar al líder del gobierno paralelo. Por su parte, la oposición no contó con la fuerza suficiente para avanzar sobre Miraflores y cumplir con las promesas que había generado entre sus seguidores. Los actores del conflicto parecían plantearse una guerra de desgaste mutuo. La oposición, amparada en los sanciones de EEUU, esperaba un colapso económico del gobierno y el gobierno esperaba ganar tiempo, mientras que la inestable y frágil unidad opositora se desmoronara ante la falta de éxitos concretos. Ahora bien, La marcha convocada hace unas semanas por Juan Guaidó, para el primero de mayo, no tenía mayor relevancia, hasta que el Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Stalin González, realiza anuncios sobre un cronograma electoral y el nombramiento de un nuevo Consejo Nacional Electoral. ¿De qué se trata este viraje de la estrategia opositora?
Lo primero que hay que decir, es que este escenario se configura a partir de tres antecedentes importantes. En primer lugar, La victoria electoral de la oposición en las parlamentarias llevó el proceso de polarización política al terreno mismo de la institucionalidad del Estado. Aupado por la brecha electoral de casi dos millones de votantes a favor de la oposición, el recién nombrado Presidente de la AN, prometió, de manera fallida, una salida "pacífica, democrática y Constitucional" del gobierno de Maduro en un lapso no mayor a seis meses.
Es segundo lugar, la entonces Fiscal General se alinea con la Asamblea Nacional, mientras que el resto de poderes públicos y la Fuerza Armada se mantienen en control del chavismo y se nuclean en respaldo al ejecutivo. Esto derivó en la inhabilitación de la Asamblea Nacional por parte del Tribunal Supremo de Justicia. A pesar de ello, la Asamblea Nacional nombró a un grupo de magistrados que fuera del país se autodenominan "TSJ en el exilio". La polarización chavismo-oposición se trasladaba a la tensión Ejecutivo-Legislativo y la débil institucionalidad de nuestro país crujía.
Por último, la inviabilidad de la crisis institucional fue aprovechada por el gobierno para convocar una Asamblea Nacional Constituyente. El cálculo político del ejecutivo fue claro, consciente de las facultades extraordinarias que la Constitución le otorga a la Asamblea Nacional Constituyente y suponiendo que la oposición no participaría en ese proceso electoral, el presidente toma la iniciativa de abrir el proceso constituyente y el Consejo Nacional Electoral llama a elecciones en donde solo se inscriben candidatos vinculados al chavismo. Teniendo la mayoría dentro de la ANC el gobierno remueve a la Fiscal General y suple las competencias y atribuciones de la Asamblea Nacional en control de la oposición. De sobra esta decir, que las intenciones con las cuales se convoca la ANC no corresponden al espíritu constitucional cuyas máximas funciones de la Asamblea Nacional Constituyente establecidas en el artículo 347 son "transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución". También es posible objetar las bases comiciales basadas en gremios no corresponde al principio de universalidad del voto establecidos en el artículo 63 de la Constitución. Con base a ello, la oposición y sus aliados internacionales desconocen el proceso electoral de la Constituyente y por tanto, sus resoluciones.
En consecuencia, el conflicto entre poderes públicos continúa. Es decir, en Venezuela hay dos órganos legislativos (AN y ANC), dos Tribunales Supremos de Justicia (TSJ y los magistrados en el exilio), dos Fiscales Generales (Tarek William Saab y Luisa Ortega Díaz). Los poderes públicos alineados con el ejecutivo, gozan de plena efectividad de sus decisiones, pero son desconocidos por una parte importante de la Comunidad Internacional. Por su parte, las decisiones de los órganos alineados con la Asamblea Nacional no gozan de ninguna efectividad, pero son reconocidos por los países hostiles al gobierno de Nicolás Maduro. Es importante recordar que, a diferencia de la legislación de los Estados Unidos, que prevé un conflicto de poderes e incluso contempla la figura de "government shutdown" para casos extremos, nuestra Constitución, en el artículo 136, plantea claramente el principio de "colaboración entre los poderes públicos". Es decir, y si se nos permite el término, estamos en una situación extraconstitucional.
Ahora bien, esta confrontación continúo durante el año 2018, en el que el Consejo Nacional Electoral, adelantó las elecciones presidenciales y una parte mayoritaria de la oposición se abstuvo de participar y no validó los resultado electorales. Asimismo, los gobiernos extranjeros aliados a la oposición, también desconocieron este proceso electoral. Por tanto, bajo esta perspectiva, en enero del 2019 se vencía el periodo de mandato constitucional de Nicolás Maduro. En consecuencia, el 23 de enero, la oposición, invoca al artículo 233 alegando "falta absoluta" del presidente. Sin embargo: la realidad actual no supone una "falta absoluta" según la definición de ese artículo de la Constitución:
"Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato"
En esta dirección, la oposición, alegando que el vencimiento del mandato constitucional de Nicolás Maduro supone una falta absoluta, juramentan en un acto público al presidente de la Asamblea Nacional Juan Guaidó como "presidente encargado" (figura que tampoco aparece en la Constitución). Nuevamente pisamos terreno inconstitucional. En este sentido, La juramentación de Juan Guaidó agrava la crisis institucional que vive el país. Ahora bien, ambas fuerzas políticas, deciden seguir profundizando la crisis, en el marco de rutas institucionales paralelas y unilaterales.
Por un lado, el presidente Maduro ha declarado su intención pública de llevar a cabo unas elecciones parlamentarias adelantadas dentro de unos meses. En estas elecciones, podrían concurrir algunos sectores minoritarios de la oposición que no están de acuerdo con la estrategia de poder dual de la oposición mayoritaria. Por su parte, la oposición anuncia que llevarán a cabo un cronograma electoral, para comicios presidenciales, de manera unilateral, con un nuevo Consejo Nacional Electoral, al cabo de unos meses.
Es decir, en Venezuela no solamente tendríamos dos Poderes Legislativos, dos Tribunales Supremos, dos Fiscales Generales, muchas embajadas duplicadas, dos Presidentes de la República y dos Consejos Nacionales Electorales, también, se celebrarían dos elecciones paralelas acatadas, cada una, por una parte de la población. Está de más recordar, que el día que se llegue a constituir un ejército paralelo (objetivo primigenio de la estrategia del poder dual) bien sea por una escisión de la fuerza armada, la conformación de un ejército irregular o la intervención de una fuerza militar extranjera en apoyo a la oposición, se estaría abriendo las puertas a la violencia fratricida en suelo patrio.
Una elección que no parta de un proceso de negociación, entendimiento, retorno a las reglas de juego establecidos en la Constitución y acuerdo entre los actores en disputa, solamente pondrán en riesgo la paz del país y alejará más aún, la esperanza de superar la crisis económica que hoy padecen la mayoría de los venezolanos. El sufragio es una herramienta que permite la superación de las controversias mediante el ejercicio de la soberanía, que como bien dice el Artículo 5 de nuestra Constitución "reside intransferiblemente en el pueblo", no debe ser usado para fines sectarios y mezquinos que no coloquen el bien común como objetivo supremo del quehacer político.