El TSJ y María Alejandra Díaz: ¿Retaliación política o abuso de poder?

Hace tiempo, el Comandante Chávez dijo: "Conmigo nadie se puede meter y quien lo haga, entonces inicio una campaña para desprestigiarlo, para atemorizarlo, para desconcertarlo, para desestabilizarlo. No. Eso no se puede permitir, eso no se puede permitir"(*). Y lo dijo para denunciar la actuación de algunos medios de comunicación que realizaban esa práctica contra quienes consideraban enemigos lograr así descalificarlos ante la sociedad o ante la opinión pública.

Bueno, a la Dra. María Alejandra Díaz, después de ser una consentida del canal 8 (y sobre todo del inefable Mario Silva), una vez que comenzó a hacer críticas fundamentadas a errores socio políticos y jurídicos en Venezuela le hicieron toda una guerra mediática desde los propios canales oficiales para hacerla ver como una traidora al proceso revolucionario cuando no es así. Ya la habían sancionado antes. Ahora le suspenden del ejercicio profesional y le aplican una multa de miles de euros, la cual debe pagar de inmediato pues si no la imputarán por desacato.

Le ocurrió igual que a Walter Martínez Vladimir Acosta, Vanesa Davies, Mari Pili Hernández, Vladimir Villegas y otros comunicadores sociales críticos. También a Pérez Pirela lo excolmulgaron, pero al volver con el rabo entre las piernas, en plena genuflexión, sonrisitas, asentimientos de por medio y "jalarle mecates" a Maduro hasta decir basta, lo volvieron a colocar en la palestra. Ahora Pérez Pirela se muestra como decía Cabrujas refiriéndose a Pastor Heydra: "Rozagante, entrador….Hay en sus ojos, la astucia, el guiño de quien ha comprendido el procedimiento, alejándose de la sustancia…Por eso cambió las angustias, que las tenía, no vaya usted a creer, por el confort de instalarse en la pomada nacional y entender sin mayores problemas la batida del cobre" (**). Pero es otro tema.

La decisión sancionatoria por parte del TSJ a la Dra. María Alejandra Díaz es una clara manifestación de amedrentamiento de los poderes públicos a quienes les critiquen. Como dijo un camarada en un grupo de "Guasap": Muy peligrosos los precedentes que se vienen aplicando para el desarrollo de las luchas populares, señalando por cualquier motivo, que eres terrorista, fascista o que esa persona que está cuestionando a un empresario o a un alto funcionario regional o nacional, por alguna injusticia, se le acuse de instigación al odio, de "acciones TEMERARIAS y pretender generar conmoción y zozobra en la población". Es muy lamentable, pero las luchas populares, tienen tras de sí, el látigo de la represión, de la criminalización. Eso viene aplicándose desde hace tiempo con la excusa de la lucha contra el fascismo y el terrorismo (lo mismo que hizo Bush en los EEUU luego del derrumbamiento de las torres gemela en el 2001, cuando espetó: "O están con nosotros o contra nosotros").

Tanto que se decía que quienes no estuvieran de acuerdo con la decisión del CNE o de la Sala Electoral, debían acudir a la Sala Constitucional, precisamente lo que se hizo, para que ésta ordenara al CNE cumplir con la decisión de la Sala Electoral quien había exhortado al ente comicial a publicar los resultados electorales en la Gaceta Electoral en el tiempo que establece la LOPRE. https://noticialdia.com/al-dia/tsj-exhorto-al-cne-a-publicar-resultados-definitivos-del-proceso-electoral-presidencial/. Inmediatamente el CNE publicó un comunicado exponiendo lo siguiente: "El Poder Electoral en cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes, acata la decisión del TSJ en torno al proceso electoral efectuado el pasado 28 de julio, y en el lapso de ley cumplirá con lo ordenado por la Sala Electoral del TSJ". https://x.com/cneesvzla/status/1828112363230556568/photo/2. Efectivamente, el CNE aún no ha publicado los resultados desagregados de las elecciones del 28 de julio, incluso desacatando la propia sentencia de la Sala Electoral que lo instó a publicar los resultados en la Gaceta Electoral. El otro inefable de Amoroso salió a declarar que lo harían en el plazo legal establecido. Han pasado más de 3 meses y aún eso no ha ocurrido. Ese es el fondo del reclamo de María Alejandra Díaz y el Frente Democrático Popular. Y particularmente nosotros estamos plenamente de acuerdo con que se publiquen esos resultados desagregados. No hacerlo es secuestrar una información fundamental en un proceso democrático y contribuir con la deslegitimación del gobierno actual, a partir del 10 de enero e ir contra la soberanía del pueblo establecida en el artículo 5 de la CRBV.

Fue lo que hicieron MAD y otros venezolanos. No acudieron a la CPI ni a la OEA. Fueron a las instancias jurisdiccionales venezolanas. Esta decisión se parece (pero en grado mayor) a la decisión en relación a la ONAPRE que tomó el TSJ, en su Sala Político Administrativa. En ese fallo se acusó a los demandantes de presentarle una acción «temeraria» y jurídicamente «inviable» con la «intención de desestabilizar la paz social» Recordemos que con la ponencia de Malaquías Gil se decidió entonces que el caso ONAPRE: "Se ha utilizado para generar malestar en ciertos sectores de la colectividad, crear conflicto social y atentar contra valores y principios cardinales previstos en nuestro orden constitucional, lo que debe ser objeto de investigación por parte de las instituciones competentes e, incluso, habría que determinar la posible existencia de forjamiento y otros ilícitos, tanto en el presente como en otros asuntos vinculados, a fin de determinar las posibles responsabilidades a que hubiere lugar (penal, disciplinaría, administrativa y/o civil)". https://accesoalajusticia.org/tsj-inadmite-una-de-las-demandas-contra-instructivo-salarial-onapre-considerarlo-inexistente/.

La misma María Alejandra Díaz declaró en esa oportunidad: "Es una amenaza contra quienes acuden ante las instancias judiciales para defender sus derechos. «De ahora en adelante no se puede demandar ante las instancias jurídicas porque podríamos estar incurriendo en delitos»

Todo ello implica un claro abuso de poder y demuestra que a la gente se le cierran los caminos institucionales a los cuales puede acudir cuando está en desacuerdo con algunas decisiones de algún poder público.

Las razones que argumenta el TSJ son "leguleyéricas". Eso de que los planteamientos del Frente Democrático Popular y MAD "son temerarios y pretenden generar zozobra y conmoción pública" No. Es simplemente una acción retaliativa por la actitud crítica que ha tomado MAD desde hace algún tiempo. Si fuese por leyes acá se hubiese sancionado, por ejemplo a Guaidó que hizo cuanto le dio la gana en Venezuela durante tres años y no lo tocaron ni con el pétalo de una rosa. O a María Corina, quien ha hecho lo mismo desde hace años también. Y no digamos lo referente a los rectores universitarios opositores que se han cansado de desacatar sentencias, multas y cuanta decisión ha podido tomar la institucionalidad venezolana. La rectora de la UCV Cecilia García salió "lisita" incluso a pesar de las graves denuncias que contra ella hizo el propio vicerrector administrativo Bernardo Méndez cuando renunció al cargo. Ver artículo completo: https://www.aporrea.org/educacion/a286207.html. Y tantos otros casos donde no se aplicó la ley sino que más bien se permitió la salida del país de delincuentes convictos, por "decisiones políticas"

Nosotros, como ciudadanos venezolanos y electores inscritos en el CNE y votantes activos, también exigimos que se publiquen los resultados desagregados tal como EN TODOS LOS PROCESOS ELECTORALES SE HA HECHO, menos en este. La traición a la Patria es la traición que se le hace a la soberanía del pueblo cuando decide algo y lo manifiesta electoralmente. Por eso deben mostrarse los resultados. El petitorio del Frente Democrático Popular, con el escrito de MAD estriba en lo siguiente: "La acción de amparo del Frente Democrático Popular solicitaba: a) la publicación de los resultados desagregados de las elecciones presidenciales, b) que el CNE garantizara las auditorías previstas en la ley y, c) que la Sala Constitucional señalara la omisión del CNE al no publicar los resultados, tal como la Sala Electoral le ordenó (Sentencia N° 31 del 22 de agosto de 2024). La acción pretendía resolver; a través de medios constitucionales, pacíficos y democráticos; las graves omisiones del CNE que vienen vulnerado el derecho del pueblo venezolano a autodeterminarse".

Nuestra solidaridad plena con la Dra. María Alejandra Díaz ante este atropello institucional para callarla y callar otras voces críticas ante tantas tropelías que ocurren en nuestra Patria.

(*) Hugo Chávez. Aló Presidente N° 153. Manaos. Brasil. 15 de junio de 2003

(**) José Ignacio Cabrujas. 1997. "Pequeña Biografía de Heydra, Pastor". En "El País según Cabrujas". Monte Ávila Editores. Pág. 98.



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Cécil Gerardo Pérez


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