"PATRIMONIO es un legado que recibimos del pasado, lo que vivimos en el presente y lo que transmitimos a las futuras generaciones. Nuestro patrimonio cultural y natural son fuentes insustituibles de vida e inspiración, nuestras raíces, nuestros puntos de referencia y de nuestra identidad". (Texto de la convención de la UNESCO).
Concepto de patrimonio universalmente aceptado, aplicable también en Venezuela, por ser un acuerdo multilateral de un organismo internacional del cual formamos parte.
Así la cosa y conforme al concepto de patrimonio suscrito arriba señalado, tenemos que:
Los epónimos Juan Rodríguez Suárez, conquistador español, quien tiene en su haber, conforme a las crónicas de indias, el hecho de arrancarle de los brazos de las indígenas a los niños para alimentar a sus perros mastines; Cristóbal Colón, genocida, pedófilo, quien recompensaba a sus soldados con niñas aborígenes de 9 años y el topónimo cerro el Empalao, el cual se origina de la acción de empalar:
LAS ACCIONES de Juan Rodríguez Suárez, Cristóbal Colón y las de empalar, conforme al concepto de patrimonio establecido por la Unesco:
1) no son un legado recibido.
2) no lo vivimos en el presente.
3) no lo vamos a transmitir a las futuras generaciones.
4) No es una fuente de vida e inspiración.
5) nada tiene que ver con nuestras raíces y nuestra identidad.
6) no son icono, símbolos ni ejemplos que fomenten los valores y principios que prescribe nuestra Constitución Bolivariana, como lo son la paz y el respeto a los derechos humanos.
La cruz esvástica, Hitler, Mussolini, Pinochet, Videla, Sumoza, Trujillo o Juan Vicente Gómez, son contrarios a la dignidad humana, al respeto de los derechos de ciudadanía, negadores del amor que le debemos a nuestros semejantes, por tales razones, están proscritos universalmente de ser epónimos o topónimos, no existen escuelas, ni instituciones educativas que marchen al ritmo del himno fascista o que saluden con el brazo levantado a lo Hitler. Los símbolos conquistadores, colonizadores, imperialistas, fascistas y nazistas, así como las dictaduras y los hombres que la representan, no pueden constituirse en un patrimonio cultural de ningún pueblo. Por ello están proscritos universalmente, por ello, el orónimo o topónimo EL EMPALAO, ni los epónimos Juan Rodríguez Suárez y Cristóbal Colón no pueden ser ni son un acervo ni un patrimonio cultural de la nación venezolana, no obstante las previsión del artículo 16 de la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional. Queda obligado el Instituto de Geografía Simón Bolívar, a revisar y corregir tal circunstancia.
Tales cognomentos son símbolos de tortura y muerte, como herencia del poder conquistador y colonizador, cuyo imaginario son niños en las fauces de hambrientos perros e inocentes infantes sometidos a la voluntad sexual de adultos conquistadores y de indígenas vencidos, derrotados, asesinados atravesado por una vara desde el ano hasta la garganta, todo ello, consecuencia de la fuerza del imperio de la época. simbologías que horada, acribilla, el debido sentimiento nacional de protección a la infancia, al apego y valorización a lo nuestro, discrimina y rebaja al indígena, no promueve el diálogo intercultural, ni asegura la sustentabilidad del territorio.
Ante esa herencia colonialista, estamos obligados, por sentido nacionalista y principios universales de respeto a la vida y a los derechos humanos, valorar, exaltar y reconocer a nuestro originario ancestros, entre ellos los MEREGOTO, en sus luchas y su resistencia en contra de la conquista y colonización, y sus accionar en la defensa de sus tierras, su cultura y su modo de vida.
Por esta y otras razones promovemos la derogación, abolición de la estatuaria colonialistas y los monumentos de Juan Rodríguez Suárez, Cristóbal Colón y todo conquistador, colonizador y fascista y también el nombre de cerro El Empalao, como epónimo y topónimo de nuestra patria, tanto para el de la cordillera occidental del sistema coriano en la formación Lara-Falcón-Yaracuy, como para el cerro así identificado en Cagua, Estado Aragua.
Nuestra estatuarias, monumentos y cognomentos, como patrimonio cultural deben reflejar la vida de la comunidad, exaltar su historia e identidad, sus próceres y héroes de la independencia, los hombres de ciencias, educadores y prebostes cuya labor digna se hayan destacado en favor de la sociedad venezolana y latinoamericana y de otras latitudes, como pueblo que nos reconocemos en la pluriculturalidad, en la búsqueda de restablecer el vínculo con el pasado, digno y honorable de nuestros originarios pobladores, su resistencia, su cultura y sus luchas, la de hombres y mujeres de la emancipación y posterior a esta, en una relación indisoluble con el presente y el deseable futuro soberano y libre, se le rindan honores y sea permanente sus recuerdos para la gloria de generaciones futuras y el engrandecimiento de nuestra patria grande americana, como la soñaron Bolívar y Martí, Simón Rodriguez y Ezequiel Zamora.
LOS SÍMBOLOS EXPRESIÓN DEL PODER
Conviene destacar que el orónimo El Empalao, junto a la estatuaria, monumentos y otros epónimos, topónimo de origen colonialista son expresión de la ideología dominante de una época, actualmente no es percibida de manera consciente y que logra imponer valores de adoración, respeto, defensa y obediencia a conductas irracionales como el empalamiento o subordinarse a la veneración de los autores de genocidio y violación al derecho a la vida.
No debería existir toda esa estatuaria monumental, para los autores del exterminio de una cultura y de un modo de vida. Tiene necesariamente que erradicarse del territorio venezolano y latinoamericano como expresión del soberano y que mejor manera de abolirlos que establecerlo como principio constitucional. Una declaratoria, sin ningún lugar a dudas, que exprese categórica y firmemente que el territorio de la patria de Bolívar, Venezuela es libre de epónimos y topónimos colonialistas, de esa manera seremos libre de tales e indignantes ataduras simbólicas, para el dominio y sometimiento cultural de nuestros pueblos, por demás de origen extraño a nuestra territorialidad, impuesto por la geopolítica imperial europea a principio del siglo XX, que requería imponer y hacer sentir la hispanidad, ante el avance de la política expansionista de la doctrina Monroe.
Es evidente que debemos liberarnos del poder que comunica los símbolos, como El Empalao, los monumentos y las estatuas, junto a otros epónimos, que justifican y validan un sistema imperial conquistador y colonizador, cuyos protagonistas son los responsables del mayor holocausto del mundo, como lo ocurrido en nuestra américa, después de 1492 con la llegada del aventurero navegante.
¿Una estatuaria monumental, epónimos y topónimos producida e identificada con las clases dominantes?
Es suficiente con preguntar, para obtener la repuesta, ¿quienes fueron los gestores o autores de esos símbolos de dominación cultural?, ¿cuál es o fue el propósito de rendir homenaje a Cristóbal Colón, Juan Rodríguez Suárez, Francisco Fajardo, Alonso de Ojeda y muchos otros integrantes de la cofradía de la muerte, hasta el punto de convertirlos en parte de nuestro acervo y patrimonio cultural?
Interesante, también, interrogar ¿cuáles criterios estéticos, éticos, políticos, ideológicos o filosóficos privaron para decidir por cuál o tal estatuaria o cognomento?
¿En la designación de esa estatuaria y topónimos colonialistas se tomaría en cuenta los instrumentos legales, las normas internacionales y nacionales sobre derechos humanos y el respeto mutuo de las comunidades?
En este punto sobre el ordenamiento jurídico de la nación y de los acuerdos multilaterales de organismos internacionales y del sentimiento de un pueblo, conviene preguntarse:
¿ha sido infringido y violado normas rectoras nacionales y multilaterales, al rendir honor, celebrar y conmemorar mediante estatuas, nombres de calles y avenidas, construcción de plazas y estatuas, a personajes cuya actuaciones fueron contraria al respeto de la condición humana, al derecho de vivir sin violencia, en paz y armonía y que impusieron su presencia con ejecutorias criminales, asesinatos, violaciones y tortura de niños, jóvened y ancianos, conducta precedente -iguales o superiores- a las empleadas por el fascismo y el nazismo?
CONSTITUCIÓN Y LEY
Se requiere una legislación que declare a Venezuela territorio libre de epónimos, topónimos, orónimos colonialistas y fascista y que sea incorporado como declaración de principio en LA REFORMA CONSTITUCIONAL.
CONSTITUCIÓN Y LEY que cultive la siembra precedida por el anticolonialista decreto del comandante supremo Hugo Chávez Fría, el día 10 de octubre de 2002, cuando dio el trascendental y universal paso de abolir el día de la raza, 81 años después de su imposición imperial, ejecutado por la dictadura de Juan Vicente Gómez, dejándonos la obligación de eliminar aquellas palabras (como el empalao) que denigran de nuestros ancestros.
La Constitución de la República bolivariana de Venezuela, al declarar expresamente que el territorio de la República queda libre de cognomentos colonialistas y fascistas, hace posible que adquiera la firmeza de una institución que no esté expuesta a la fragilidad de acontecimientos menores, sino a la expresada por el ejercicio del soberano.
Constitución, Ley y memoria histórica deben marcar el rumbo, junto a la justicia, la equidad y el reconocimiento que somos una cultura plural, forjada con elementos indiano, africano, europeos, asiático y de otras localidades continentales, pero también un pueblo libre soberano, bolivariano, rodríguiano, zamorano y chavista que no se deja someter por una cultura diseñada para propósitos de dominación imperialista y colonizadora.