Trabajadores de Viasa siguen luchando


Exposición de motivos caso Viasa

La empresa VIASA, Venezolana Internacional de Aviación SA., era propiedad del Estado venezolano. En el marco de un proceso de privatizaciones de empresas del Estado que emprendió el gobierno, fue privatizada en el año 1992. La empresa española de aviación IBERIA adquirió la mayoría de las acciones con 4 el Banco Provincial de Venezuela adquirió 15% y el Estado venezolano a través del Fondo de Inversiones de Venezuela conservó el 40% de las acciones.



Hoy, 07 años después, la casi totalidad de los trabajadores que para el momento de la privatización eran activos, no han cobrado sus prestaciones sociales. La empresa VIASA, ha contado con la complicidad de funcionarios del Estado venezolano para efectuar la privatización y con la desidia de autoridades del alto gobierno desde el año 1992, ha sometido a los trabajadores a una difícil situación económica. Hoy cientos de juicios laborales esperan por sentencia.



En fechas 10,18 y 25 de octubre y 08 de noviembre del 2000, la ciudadana Procuradora General de la República convocó a todos los trabajadores de la Empresa VIASA a reunirse con el objeto de evaluar toda la situación por la cual han atravesado y continúan atravesando los trabajadores de la mencionada Empresa, así como para cuantificar el monto de la deuda que VIASA tiene con quienes fueron sus trabajadores. En dichas reuniones participaron los pilotos, aeromozas, personal técnico y administrativo y los jubilados acompañados de sus apoderados judiciales. Esta fue la última instancia que agotaron los jubilados hoy peticionarios. Luego de varias reuniones que se prolongaron durante dos meses, la Procuraduría emitió un pronunciamiento dirigido a los magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en cuyo contenido puede leerse lo siguiente:



‘El fundado temor de las lesiones graves o de difícil reparación de los derechos de los trabajadores de V14S4, lo constituye el hecho cierto de que en los actuales momentos una importante cantidad de la totalidad de los ex trabajadores se encuentran desempleados y bajo la única esperanza de poder cobrar sus prestaciones sociales. Tales trabajadores, mientras prestaban sus servicios habían asumido deudas y compromisos crediticios en la obtención de bienes y servidos. Sin embargo, ante la solicitud de atraso de éstos fueron despedidos de la empresa, dada la situación financiera por la que atravesaba VIASA sin poder honrar tales compromisos, sufriendo las consecuencias legales de cada caso, dado el incumplimiento de las obligaciones. La tardanza en el pago, ha agudizado aún más esta situación, encontrándose la mayoría de estos en una situación financiera precaria, toda vez que el tipo de trabajo desarrollado es muy especifico y dado el exceso de demandas laborales, por parte de los propios extra bajadores de VIASA (Pilotos, Aeromozas, Sobrecargo, etc.) el campo de trabajo en otras aerolíneas se ha reducido considerablemente.



Por otra parte es aún más palpable y sensible la situación por la cual atraviesan los pensionados y jubilados, ex trabajadores que por razones de edad se les ha dificultado más gravemente el acceso al campo de trabajo, y que por su misma condición tienen el derecho que le sea (sic) respetado la posibilidad de ostentar una vejez digna que le permita al menos mantener un sistema de vida acorde con el esfuerzo de trabajo desplegado durante sus años de vida útil. Los datos sufridos por éstos, sin lugar a dudas, desmejoran no solo su nivel de vida, sino su calidad humana más esencial.



Estos derechos garantizados constitucionalmente se encuentran lesionados flagrantemente, por lo que se hace necesario el restablecimiento de la situación jurídica infringida en los términos más breves que determine la Ley, que permita en esta Superioridad garantizar el pago de las presta dones sociales, jubilaciones y pensiones de estos ex trabajadores”



Es por ello que hoy recurrimos a esta acción de calle, con la finalidad de solicitar la avocación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías y se pronuncie a la solución de esta problemática social por la cual estamos atravesando, de igual modo el juez 23 de Primera Instancia en o Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que conoce del caso dicte sentencia a favor del estado de derecho que tienen los ex trabajadores de VIASA, que los organismos del estado competente de una vez por todas, prohíban las operaciones comerciales de IBERIA, hasta tanto no cumpla la deuda existente con los ex trabajadores y jubilados de VIASA, derecho inalienable que consagra la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en su Articulo 92.



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Enviado por Enrique Chópite


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