(Caracas, 07 de Julio de 2009) La Inspectoría del Trabajo de Caracas impuso sanción administrativa a la Alcaldía Mayor por incumplir la orden de consignar las nóminas de personal, recibos de pago y demás instrumentos que prueben la cancelación efectiva de los sueldos, salarios y beneficios laborales a favor de los trabajadores y trabajadoras bajo su servicio, la cual fue establecida en la Resolución Ministerial N° 6.366, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.161 del 20 de abril pasado.
Mediante providencia administrativa, del 07 de julio de 2009, se deja asentada que adicionalmente a la falta voluntaria de consignación de las nóminas, tal y como fue exigido por la mencionada Resolución Ministerial en abril, la propia Inspectoría del Trabajo había otorgado a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas el 11 de mayo una nueva oportunidad para consignar las pruebas de pago, que permitieran establecer en forma transparente y clara la cancelación de los sueldos, salarios y demás beneficios laborales, lo que fue incumplido e irrespetado reiteradamente. En concreto, la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas dejó de presentar oportunamente la constancia de pago de 6 quincenas correspondientes a los empleados y de 13 semanas correspondientes a los obreros.
Esta situación de desacato en perjuicio de los trabajadores y trabajadoras, a criterio de la Inspectoría del Trabajo demostró la violación por parte de dicha Alcaldía de las obligaciones previstas en los artículos 17, 18 y 642 de la Ley Orgánica del Trabajo, justificando la apertura del procedimiento sancionatorio y la imposición de la multa por Bs. 1.758,60.
Previamente a esta situación, más de 3.000 trabajadores y trabajadoras de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas iniciaron en enero pasado un procedimiento de suspensión de despido masivo, denunciando la terminación unilateral y compulsiva de su relación laboral, en perjuicio de sus ingresos salariales y beneficios laborales mensuales.
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