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Corte Constitucional de Colombia: Emergencia social (de Uribe) es inconstitucional

Mauricio González Cuervo, presidente de la Corte Constitucional de Colombia

Mauricio González Cuervo, presidente de la Corte Constitucional de Colombia

Credito: Agencias

Bogotá, abril 17 -  El presidente de la Corte Constitucional, Mauricio González Cuervo, tumbó la Emergencia Social al considerar que ninguno de los aspectos promovidos por el Gobierno en materia de salud eran constitucionales.

Lo que advirtió la Corte fue un descuido en el modelo de salud que no se ha depurado, al tiempo que le recordó al Ejecutivo que existen herramientas adecuadas que, vía legislativa, podrían justificar las medidas tomadas bajo el estado de Emergencia Social.

"Se recomienda una política de Estado. Por eso el Congreso de la República debe ser el escenario donde se defina el rumbo de la salud", aseguró el magistrado este viernes en la noche, luego de leer el fallo y ser cuestionado acerca de cuál será el futuro de la salud de millones de colombianos si los cambios promovidos por el Gobierno no podrán ser llevados a cabo.

Uno de los lunares que encontró la Corte al examinar la Emergencia Social es que no se cuenta con un sistema de información que muestre a nivel nacional el gasto en que incurren las entidades territoriales que administran los dineros de la salud.

De acuerdo con González, la Emergencia social convocada por el Gobierno en 2009 no tenía razón de ser, de tal manera que los nueve magistrados del alto tribunal apoyaron en pleno la postura del magistrado sustanciador, Jorge Iván Palacio Palacios, quien pidió a sus colegas no declarar constitucional la iniciativa del Ejecutivo.

Frente a la decisión de diferir parte del efecto de la declaratoria de inexequibilidad cinco magistrados estuvieron a favor y cuatro en contra. Esta determinación le permite al Gobierno seguir haciéndose a los recursos tributarios fijados en los decretos que avalaban cobros de impuestos adicionales sobre el licor, los cigarrillos y los juegos de azar, además de la asignación de nuevas facultades a la Superintendencia de Salud en su tarea de intervenir sobre las entidades prestadoras de servicios médicos.

El 16 de diciembre estas medidas perderán su vigencia, fecha desde la cual empezará a regir la inexequibilidad del decreto 945 o de Emergencia social.


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