Los empleadores deberán cuadrar los horarios para que su personal pueda acudir a los centros de votación a sufragar.
“Todos los empleadores y empleadoras tienen que tomar las medidas necesarias para que los trabajadores y trabajadoras puedan ejercer su derecho al sufragio este 7 de octubre”, expresó la presidenta del Consejo Nacional Electoral; Tibisay Lucena, el pasado mes de septiembre, en rueda de prensa.
Sólo las farmacias, empresas de seguridad, supermercados, centros de salud y estaciones de servicio laborarán este domingo. A pesar de ello, los empleados pueden acudir a su centro de votación correspondiente para ejercer su derecho al voto.
De acuerdo al artículo 70 de la Constitución Nacional, son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa. Constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante.
El Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, conjuntamente con la Defensoría del Pueblo, velará porque el día de los comicios los dueños de establecimientos comerciales permitan que sus empleados puedan acudir a votar sin ningún tipo de restricción.
Además, el ministerio del Trabajo habilitó la línea telefónica 0800-Trabajo (0800-872 22 56) para recibir las denuncias de aquellos trabajadores a quienes sus patronos nieguen su derecho de ir a votar y cuya jornada laboral sea continua.