El Fiscal General de la República, Tarek William Saab, dice casos límite contradictorios, habla de conceptos jurídicos de peso y contrapeso, imperativo hipotético e imperativo categórico en Derecho; sujeto y predicado en Literatura. Él, calidad poética complementaria antoniomachadoiano, junto a Julián Isaías Rodríguez, impolutos, que no corruptos. Complementarios socráticos antropocéntricos conscientes borgianos, abrevan Religio Medici, 1643. Conocen modernidad ilustrada originaria, literatura védica upanishad sánscrita, casos límite contrariadas, ser y noser, continente de continentes, conjunto de conjuntos; de paradojas, a lo Zenón de Elea, greco agradecido bien nacido, ante culecos onagros almagros pedantes, montescos y capuletos, bandoleros de dineros; conocen grafía en lienzo pictórico blanquinegro yin/yang, surgen de penumbra espacial whitmaniana; tal prestaciones perdidas y prestaciones ganadas, retroactividad y prodiactividad; saben que hay más de ocho millones de casos límite contradictorios, y que, retroactividad/prodiactividad, es tan sólo uno de ellos en ciudad desnuda contradictoria borrosa budaiana y heraclitoiana, mundo forrado de contradicciones y de sucesiones armónicas simultáneas contradictorias.
La retroactividad y la prodiactividad, casos límite contradictorios forenses borrosos, producto jurídico de Derecho Laboral, Derecho Usual Ordinario/Derecho Inusual Extraordinario, y entre en el (/), el parecer acrecentado benigno (1/2), juez borroso legislativo delegado (1/2), el imperativo contradictorio borroso (1/2), fruto de guerra económica criminal contra el pueblo aguerrido imbatible venezolano, pueblo de pie en la calle, con coraje, pariendo ideas y movilizado disparando fuego ideal que ha roto los flancos enemigos miserables, éstos, rompen bolsillos venezolanos. Bolsillos rotos, desflecados, raídos, y en velo transparente y en vilo permanente, deja ver un cartón de ñemas con un precio público del Banco de Venezuela, antes de la muerte del Comandante Eterno, retroactividad, y otro en postrimerías de Bicentenaria Batalla de Carabobo, no publicado por BCV, prodiactividad, que surgen de penumbra muestral whitmaniana, tal exceso y defecto con tercio incluso aristotélico profundo. Nueva orientación einsteiniana indica analizar conceptos primitivos, modernidad ilustrada originaria romana, en que la duda ha de estar acompañada de su contrapeso, la certeza, casos límite contradictorios borrosos, certeza/duda, y entre (/), la modernidad ilustrada originaria latina, el parecer acrecentado benigno (1/2), parturienta verdad misericordiosa sanchopanzaiana, imperativo contradictorio borroso, juez borroso legislativo delegado (1/2), tercio incluso aristotélico profundo (1/2), de equilibrio dinámico dialéctico diplomático dialógico (/), tiende retroactividad y trasciende prodiactividad.
La retroactividad y la prodiactividad, casos límite contradictorios forenses borrosos, producto jurídico del Derecho Laboral, del continente Derecho Usual Ordinario/Derecho Inusual Extraordinario, fruto de la guerra económica criminal trastrocadora del Derecho Laboral contra el pueblo aguerrido imbatible venezolano. La retroactividad, está en la Constitución de la República bolivariana de Venezuela en la Ley del Trabajo, de todos los Ordenamientos Jurídicos Mundiales, pero la prodiactividad su contrapeso, no aparece por ningún vericueto jurídico forense, reflejo real y verdadero de todo lo que ha perdido trabajador/trabajadora en sus derechos económicos, guerra económica criminal inducida por el imperio genocida gringo go home. Prodiactividad, impórtale trabajador/trabajadora, avísale pérdida prestacional, a la vez, ejemplifícale por ganancia prestacional.
La retroactividad y la prodiactividad, casos límite contradictorios forenses borrosos, producto jurídico laboral, del Derecho Usual Ordinario/Derecho Inusual Extraordinario, fruto de la guerra económica criminal contra el pueblo aguerrido imbatible venezolano. El contrapeso de la retroactividad, ha de estudiarse en nuevo ordenamiento forense, resultado antropoceno forense temporal al bolsillo de los venezolan@s. Retroactividad/prodiactividad, y entre (/), el parecer acrecentado benigno (1/2), juez borroso legislativo delegado (1/2), el imperativo contradictorio borroso (1/2), vinculados a comerciantes, empresarios, banqueros, corporaciones, que atesoran ganancias inescrupulosas, sirven a guerra declarada del imperio norteamericano mcdonaldtrumpiano, bandido que sigue golpeando bolsillos sin distingos, y al mismo tiempo extrae roba y contrabandea el dinero venezolano. Prestaciones perdidas/prestaciones ganadas, retroactividad/prodiactividad, casos límite contradictorios forenses, enseña dar respuesta urgente. Ayer, dólar today/trabajo today, casos límite contradictorios, tremendo reto profundo forense. En la nueva conceptualización einsteiniana, hurgar el Artículo 24 de la CRBDV, la retroactividad, que tiene su contrapeso, la prodiactividad, manifiéstanse los casos límite contradictorios ut supra, con imperativo contradictorio borroso, juez borroso legislativo delegado, parecer acrecentado benigno (1/2), al que tiende la retroactividad y trasciende la prodiactividad. En la nueva orientación conceptuada einsteiniana, hurgase, Artículo 92 de CRBDV, en que prestaciones, tiene contrapeso, contraprestaciones comunitarias, prestaciones/contraprestaciones, hecho/Derecho, en trecho estrecho arrecho, imperativo contradictorio borroso, juez borroso legislativo delegado, parecer acrecentado benigno (1/2), al que trascienden las contraprestaciones y al que tienden las prestaciones. Ha de irse a la conceptualización einsteiniana, hurgar el Artículo Art 02 CRBDV, hecho ANC, hecha Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, remover los Artículos 24, 92 ejusdem, retroactividad/prodiactividad. Prodiactividad en procura trascendental de quitar obstáculos al lastimado bolsillo de trabajadoras venezolanas y trabajadores venezolanos. Impulsar reglas de nivelación a prestaciones cobradas y por cobrar, en eventualidades marginales perjudiciales. Si por ejemplo, en 2001, hace dieciocho años, un maestr@, cobró bolívares 70.000 en prestaciones, avísale que en 2019, han de cancelarle porcentaje ajustado a tabla del Banco Central en correspondencia con la especulación a la fecha del cobro de las prestaciones, y no del momento de guerra económica 2001. Ejemplo: Si usted hubo comprado un cartón de ñemas en 2001 por el precio de 420 bolívares, y el cartón de ñemas en 2019, en 24 mil bolívares, sus prestaciones han de ir multiplicadas por el porcentaje estimable especulativo en tabla del BCV, por culpa de las ñemas, a las prestaciones cobradas y por cobrar. Se afirma protección a prestaciones ya canceladas de trabajad@r en la deflación a bolsillo, castígase a especuladores encopetados y sin copete, gracias a torniquete ANC, y que a buen seguro, ha de ser volteada tortilla en un periquete a favor del pueblo poder constituyente.
Si la retroactividad y la prodiactividad, casos límite contradictorios forenses borrosos, producto jurídico del Derecho Laboral, del Derecho Usual Ordinario/Derecho Inusual Extraordinario, es fruto de la guerra económica criminal contra el pueblo aguerrido imbatible venezolano. Si hay eventos económicos marginales perjudiciales, asina como los hubo, casos límite contradictorios, dólar today/trabajo today, contra el derecho social de prestaciones cobradas y por cobrar de trabajadores y trabajadoras. Entonces sea dicho que el Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia, ha de ser la protección del derecho contraprestaciónal intocable, ha de ser agente obligante a Corporaciones, Empresas y Comercios al aplique de la nivelación de prestaciones cobradas y por cobrar, de los aspectos límite antagónicos, prestaciones perdidas/prestaciones ganadas, retroactividad/prodiactividad, a sus trabajadores/trabajadoras. Ergo vergo sea dicho que ha de hacerse justicia social socialista a prestaciones reivindicativas, con ñemas 2001 y ñemas 2019, para que chillido pueblerino en faltriquera sentida, trastróquese a corpo, comercio empresa y negocio, pues Ley Constituyente Mandante, juez borroso legislativo delegado (1/2), del que trascenderá prodiactividad ¡tocarále culillo fundillo bolsillo a nacionales transnacionales comerciales, qué madre mentales!
Otrosí: En todo Cojedes, carreteras y avenidas, proliferan alcabalas móviles, policiales y militares, llama la seriedad. Ojalá y quien quita, no pásese a insensato martillo martirio, mi querida güebernadora, Margau Godoy Peña. ¡Roca dura, contra suplicio martillo! ¡Empáñale la peña, que da humillante pena ajena! Güebernadora, no es procaz dicho, asina decía mi fraterna Loca Antonia, personaje humorístico satírico de mi San Carlos de ayer, y de la calle Alegría de Rosa María, pues, doña Antonia, merécese unas buenas crónicas cronicarias cómicas.