¿Pueden requerimientos de Estado soslayarse algunos procedimientos legales?

Lunes, 30/09/2019 07:08 AM

1º. El principio universal: "Dura lex sed lex" entendemos que lleva implícito la obligatoriedad de su cumplimiento, es decir que es ineludible la obligación de acatar las disposiciones contenidas en el texto de las constituciones y las leyes que de ella se derivan y que por un lado su cumplimiento es insoslayable para el común de los ciudadanos y por otro lado, de parte de los que deben hacerlas cumplir existe de hecho el compromiso formal de que las aplicarán con "todo el rigor que las ´circunstancias´ permitan"; el doble entrecomillado obedece a que hay situaciones en las cuales pareciera haber licencia para saltarse la obligación de aplicar los correctivos necesarios ante particularidades excepcionales, que ameriten y justifiquen este comportamiento que se salta las normas legales, que entendemos de obligatorio cumplimiento, y que como expresara en artículo pasado la aplicación de las leyes no siempre es igualitaria, aunque la Constitución a la letra, no con las palabras que usaré, establezca muy claro la igualdad absoluta de los ciudadanos ante la ley, apartando por ejemplo toda distinción por: raza, religión, sexo, grado de desarrollo personal o académico, preferencia y ubicación política, vida pasada escabrosa o brillante etc., un caso que ejemplifica una buena aplicación de la ley ante un acto delictivo en el cual aparecen prácticamente todos los motivos que pudieran servir de base a una interpretación acomodaticia de los hechos para que pudiera hacerse una consideración diferencial de la ley penal, es el lamentable caso de un brillante hombre público, académico de altos kilates, ex rector de nuestra máxima casa de estudios, con importantes nexos políticos, renombrado psiquiatra, que en el ejercicio de su actividad profesional cometió homicidio en la persona de una paciente y resultó castigado con una sentencia condenatoria, que ejemplifica aplicación de las normas legales plenamente ajustada a la gravedad del delito cometido.

2º. La terrible situación que atraviesa Venezuela a consecuencia de los centenares de disposiciones coercitivas dictadas por la voracidad del Imperio sobre nuestras riquezas naturales, que lo ha impulsado agredirnos de todas las maneras que ha tenido a su alcance, faltando hasta ahora únicamente que el bloqueo total programado con la 4ª. Flota y la intervención militar desde Colombia, amenaza que pende sobre nuestras cabezas como inexorable espada de Damocles, solo pendiente del corte por orden imperial del delgado hilo que la sostiene y que constantemente usan como chantaje para presionarnos a claudicar por espíritu de supervivencia, temor al arrase total de nuestra querida patria, y ver, quizá con lágrimas en los ojos la "planta insolente de los marines estadounidenses" marchar al Panteón de los Héroes para comprobar que los icónicos Restos del Libertador continúan en su especial lugar de descanso y quizá con la intención de exhumarlos, cremarlos y hacer desaparecer las cenizas en el viento, tratando de borrar todo vestigio de su existencia, de ese según detractores del Bolivarianismo creador del mal ejemplo de independencia y soberanía, que con sus ideas sobre la Patria Grande Latinoamericana, se ganó el odio y la animadversión de los seguidores de James Monroe, no solamente en Estados Unidos, sino tristemente de falsos venezolanos, que ven con ojo cariñosos las intenciones guerreristas de la Casa Blanca sobre Venezuela.

3º. Esta digresión la he realizado para tratar de entender y explicar los razonamientos que pudieran justificar la extraña actuación del Ministerio Público, en referencia a presuntos delitos cometidos por el auto proclamado Presidente Interino de la República, de Venezuela, diputado Juan Guaidó, al no haber ordenado el sometimiento a juicio del indiciado, a quien previamente se le levantó el derecho constitucional de inmunidad por su condición de Parlamentario,

El hecho concreto es que según el Fiscal General de la República, apartando que de acuerdo al ordenamiento legal todos los actos de la Asamblea son írritos por tratarse de un organismo que desde el punto de vista jurídico se encuentra en desacato, y teniendo en consideración que no existe tribunal de alzada por encima de la Sala Constitucional, quiérase o no, las resoluciones de dicha Sala son definitivas de obligatorio acatamiento y en este caso, únicamente que procediendo de acuerdo a lo resuelto por el alto Tribunal en su Sala Constitucional, y desincorporando los diputados objetados por actos graves de corrupción y sobornos para conseguir votos en el estado Amazonas, que resultaron en una elección fraudulenta.

De lo anterior se desprende que el diputado Guaidó no sólo no es presidente encargado, sino que por el hecho de ser su designación a la Presidencia de la Asamblea mediante un acto inválido consecuencia de la situación de desacato que afronta la Asamblea, sin esgrimir otras consideraciones de fondo no puede aspirar a ser "presidente encargado" que por otra parte es una disposición que no está contemplada en la Constitución y como aclarara en su momento el Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, el acto de autoproclamarse constituye el delito de usurpación de cargo público y que no es cualquier cosa, proclamarse presidente nada menos que de la República y ante el reconocimiento
como válida tal autoproclamación por países pretendiendo ignorar la realidad política venezolana, han aceptado como válidas las disparatadas medidas adoptadas por el supuesto gobierno paralelo, basados en la ley que representa el poder de las bocas de los fusiles, de los cañones, asociados a los poderosos bombarderos y el terror que representa la célebre 4ª. Flota merodeando las proximidades de nuestras costas y el cerco de numerosas bases militares, todo esto aunado a la preparación de mercenarios, básicamente desertores del ejército venezolano, que en la actualidad se entrenan en territorio colombiano, Cartagena de Indias y algunos otros puntos de la Guajira, para conjuntamente con las fuerzas de Colombianas dar el zarpazo y parecieran solamente esperar la orden del Pentágono a Duque, para que entren en acción, probablemente justificada por bandera falsa y casus belli provocado, como han venido preparando.

En Venezuela esta expresamente prohibido aun en carnaval disfrazarse de autoridades o clérigos y tal falta se castiga de manera relancina con la detención del infractor, por supuesto que un borrachito mal aconsejado, que se vista con un uniforme de agente de policía o de guardia nacional y pretenda ejercer autoridad es inmediatamente detenido y sin contemplaciones por usurpación de autoridad, imaginen cual sería el caso, de un diputado suplente, que trata de usurpar la primera magistratura autoproclamándose Presidente interino, que responsabilidad tendría.

4º. Se puede entender que ante la amenaza del más poderoso ejército que haya existido en la historia, y aun habiendo cumplido con todos los requisitos legales para proceder a la detención y enjuiciamiento del diputado Juan Guaidó, pero ante la amenaza lanzada por el Gobierno de Estados Unidos de "rápida respuesta militar", si se producía la detención del autoproclamado, debemos entender bombardeo aéreo, lo que hace que se tengan algunas consideraciones adicionales, para evitar males mayores y respetando hasta donde es posible uno de los dictados de Sun Tsu "evita a toda costa enfrentamientos armados con enemigos que sabes superiores ".

No obstante, igual que entendemos que no se haya ordenado la detención del usurpador supuestamente encargado de no sé qué presidencia, por la razón expuesta, se le sigan imputando nuevos delitos como los derivados de su contacto posiblemente muy bien pagado en dólares, con delincuentes actuantes en la frontera occidental, la más peligrosa organización paramilitar que existe en Colombia, que según informaciones veraces cuenta con una fuerza actuante que supera los 1500 miembros, un ejército bien entrenado, armado y pagado y a consecuencia de nuestra permeable frontera con el departamento Norte de Santander , también actúa delictualmente en territorio venezolano, en actividades relacionadas con el tráfico de drogas, contrabando de extracción de gasolina y otros hidrocarburos, medicinas, además de trata de personas, mujeres, especialmente niñas para alimentar los prostíbulos que regentan tanto en Norte de Santander como en Bogotá, además de ser los más eficientes sicarios, secuestradores y otras acciones delictivas por encargo, como la delicada misión de transportar desde territorio venezolano a Colombia, a Juan Guaidó, personaje que tenía prohibición legal de salir del territorio nacional, con alguna colaboración en el delito de evasión de alcaldes, exalcaldes y se dice que se incluye a la Gobernadora del Táchira, en connivencia con miembros de los Rastrojos, quienes hasta impusieron una especia de Toque de Queda en la vía que transitaría, mientras trasladaban el evadido a territorio colombiano.

A menos que se pretenda guardar los expedientes de las nuevas imputaciones para cuando el autoproclamado deje de tener la protección de USA, de lo contrario es un saludo a la bandera sin consecuencias y que a mi entender deja mal parado al MP, por falta de acción en los enjuiciamientos que se esperan sean el corolario de las acusaciones que adelante Fiscalía.

Una cosa sí resultaría lamentable y sería la evasión del presunto delincuente de altos kilates que encarna el autoproclamado Presidente Interino, para ir a disfrutar a cuerpo de rey los muchos millones que, junto a su camarilla parece haberse birlado, con las negociaciones de Citgo, sus bonos y la apropiación de la planta Monómeros íntegramente propiedad de Venezuela desde hace más de una década, que se encuentra ubicada en Barranquilla y se comenta que ante el temor de que Venezuela reclame con éxito su devolución como patrimonio nacional, venezolano, parece que han procedido a desmantelarla y de este delito también sería responsable el autoproclamado. Hacemos hincapié en el tema de la evasión porque ya tenemos varias escapes, el último el del diputado que nos sacó la lengua desde el exterior luego de escaparse de la Embajada de México y abandonó el país a pesar de la prohibición de salir del territorio nacional.

De paso el susodicho Guaidó pudiera estar incurriendo en un nuevo delito al recibir gran cantidad de millones de dólares que se sospecha serían para utilizarlos en programas de desestabilización de una potencia extranjera, ya que de momento no se ve ningún otro programa para invertir tan importante suma que según propia declaración del país donante, alcanza la friolera de 52 millones de dólares, y aun para uso pacífico, como una campaña electoral es contra la ley ya que se trataría de una injerencia de potencia extranjera en nuestras campañas electorales, lo cual está expresamente prohibido, en nuestra legislación

Es posible que con esta nueva marejada de dólares proveniente de Estados Unidos pase lo mismo que con los millones, algunos dicen que 16 millones de dólares otros que 32 millones, lo que sí se comenta con insistencia, es que la monumental cifra parece que se la birló el mensajero Luis Florido y de ser cierta esta versión, éste sería el motivo por el cual el mencionado diputado habría sido separado de su cargo en la comisión que presidía en la Asamblea y expulsado de la organización Voluntad Popular liderizada por Leopoldo López.

 

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