Controlar la pandemia pasa por garantizar puestos de trabajo seguros y saludables para los trabajador@s del sector salud

Lunes, 01/06/2020 09:45 AM

En el combate a la pandemia del COVID 19, el gobierno nacional ha actuado estratégicamente con tres pasos adelante, logrando hasta los momentos importantes resultados, rompiendo las cadenas de contagio de este virus letal. Sin embargo, debemos estar muy alerta, cualquier relajamiento de las normas de la cuarentena, puede significar un retroceso de los logros alcanzados, máxime cuando comenzamos a recibir importantes contingentes de venezolanos y venezolanas desde países como Colombia, Ecuador, Perú y Brasil donde la Pandemia se encuentra fuera de control. En los últimos días ha habido un repunte de los casos de contagios por del SARS-CoV-2 en el país, la mayoría de casos importados, pero comienzan a aparecer casos comunitarios de COVID 19, lo que representan una situación de alarma que debe ser abordada de manera inmediata para precisar las fuentes de contagio y establecer el correspondiente abordaje epidemiológico y sanitario.

Esta batalla que azota a la humanidad, encuentra en primera línea de batalla a los trabajadores y trabajadoras del sector salud. Estos trabajadores se exponen de manera permanente y de forma directa e indirecta a procesos peligrosos de naturaleza biológica contenido en los pacientes sintomáticos o no portadores del SARS-CoV-2.

El pasado 28 de abril de 2020, en el marco del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, la Organización Mundial de la Salud hizo un llamado "a todos los gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores y la comunidad mundial para que tomen medidas urgentes para fortalecer las capacidades de los países para proteger la salud y la seguridad laboral de los trabajadores de salud y los servicios de emergencia que respeten su derechos a condiciones de trabajo dignas, y desarrollar programas nacionales para la salud ocupacional de los trabajadores de la salud y proporcionarles servicios de salud ocupacional."

Según fuentes de información de instituciones públicas y colegios de profesionales de la salud, en países como Italia, España, Francia, Reino Unido, EEUU, Brasil, Ecuador, Colombia y Perú, donde la Pandemia fue abordada de manera tardía, deficiente e irresponsable, orientada por la lógica del capital, donde la prestación de servicios para la atención de enfermedades es una mercancía y la prevención no es "Negocio", se cuentan por cientos de miles los trabajadores y trabajadoras de salud afectados por COVID 19 y miles de fallecidos, entre los que se encuentran médicos, enfermeras, personal técnico, administrativo y obreros del sector.

Los reportes diarios emitidos por el gobierno nacional desde que inicio la pandemia por el COVID 19, contabilizan a la fecha, más de 30 caso de trabajadores del sector salud que estarían contagiados por el SARS-CoV-2, entre los que se cuentan médicos, enfermeras, nutricionistas y otros no especificados. La Enfermedad del COVID 19 para los trabajadores del sector salud se convierte en una Enfermedad Ocupacional. En Venezuela, la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo establece en el artículo 70 en relación a la Definición de enfermedad ocupacional, lo siguiente:


El presidente de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro, informó este miércoles 20 de mayo ante los medios de comunicación la detección de 75 nuevos casos de COVID 19, de los cuales cuatro corresponden al personal de salud (médicos) por lo que expresó de manera categórica "es inaceptable que el personal sanitario se contamine" y ordeno el cumplimiento de los protocolos al respecto. En ese sentido, los casos de los trabajadores y trabajadoras del sector salud contaminados con el SARS-CoV-2 deben ser investigados de manera urgente e inmediata, por el propio Ministerio para el Poder Popular para la Salud (MPPS) y por el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) y conforme a lo establecido en la Norma Técnica 02 2008, elaborar el Informe de investigación de enfermedad ocupacional, con la finalidad de determinar las condiciones en las que se generó el contagio y aplicar las medidas correctivas inmediatas para evitar la ocurrencia de nuevos contagios por estas mismas condiciones. Posterior a la elaboración del informe de investigación de la enfermedad, esta debe declararse ante el INPSASEL y consecuentemente se deben garantizar a los trabajadores afectados todas las prestaciones y atenciones en materia de tratamientos, rehabilitación, reinserción laboral e indemnizaciones a que haya lugar según lo establecido en la LOPCYMAT.

Los protocolos son procedimientos específicos para el trabajo seguro, que debe existir para cada ocupación y puesto de trabajo. En cuanto a los protocolos para la prevención del contagio por SARS-CoV-2 y de protección contra la Enfermedad del COVID 19, específicos para los trabajadores y trabajadoras del sector salud, no están publicados en la página web del MPPS o no existen, sino reglas y normas generales. La Norma Técnica 01 2008 sobre la elaboración de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo señala sub-punto 2.8.2.4:


En esto debemos avanzar, en Venezuela hay personal con suficiente experiencia en el área de la salud de los trabajadores que puede dar importantes aportes en este sentido. Asimismo, para garantizar la salud de los trabajadores y trabajadoras de este sector, se debe activar urgente, los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en todos los centros de salud públicos y privados. Venciendo los trámites burocráticos, en corto tiempo (48-72 horas) se deben elegir los Delegados de Prevención y constituir los Comité de Seguridad y Salud Laboral, para iniciar la elaboración e inmediata aplicación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo COVID 19, en atención a los parámetros establecido en la Norma Técnica 01 2008 y los protocolos internacionales dictados por la OMS y otras instituciones en esta materia.

En atención a nuestra normativa legal vigente, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo COVID 19 contendría grosso modo los siguientes planes:

  • Formación, inducción y reinducción a la población trabajadora de alto riesgo y a los miembros de los servicios de seguridad y salud en el trabajo, comités de seguridad y salud laborales y delegados de prevención, en materia de:

  1. Procesos peligrosos y riesgos a covid-19 en el centro de trabajo

  2. Bioseguridad antes-durante-después del procesos de trabajo

  3. Uso correcto de EPP y desecho de los mismos.

  4. Prácticas operativas adecuadas al covid-19.

  • Inspección preventiva para asegurar cumplimiento de protocolos y condiciones de trabajo seguras y saludables en:
  1. Vehículos de transporte de personal

  2. Entradas a entidad de trabajo

  3. Comedores

  4. Áreas comunes

  5. Baños

  6. Puestos de trabajo.

  • Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los riesgos, procesos peligrosos, salud de los trabajadores y uso del tiempo libre para:

  1. Establecer mapa de procesos peligrosos de entidad de trabajo según nivel de riesgo a covid-19

  2. Identificar la población de riesgo a covid.19

  3. Aplicar Encuesta online o telefónica sobre sintomatología de Enfermedad del COVID 19

  4. Control térmico al ingresar al centro de trabajo.

  5. Control de la población de alto riesgo

  6. Salud mental y PRL en cuarentena.

  • Reglas Normas y Procedimientos de Trabajo Seguro (Protocolos Específicos) en relación a:

  1. Normas generales para uso de transporte, ingreso a la entidad de trabajo, uso de las instalaciones del comedor, uso de los baños, uso de áreas comunes, uso de los Equipos de Protección Personal, distanciamiento social.

  2. Procedimientos de trabajo seguro (Protocolos) específicos para cada profesión y ocupación del sector salud: Médicos, Enfermeras, Bioanalistas, Técnicos de Imágenes, Administrativos, personal de aseo, mantenimiento, camilleros, personal de ambulancias, comedor, farmacias, almacenistas, porteros, vigilancia, entre otros.

  3. Procedimientos de trabajo seguro (Protocolos) específicos para personal de alto riesgo: atención de consultas de triaje de pacientes respiratorios, Personal de la UCI, Anatomía Patológica, Emergencias Salas de Parto, Hospitalización de pacientes con enfermedad del COVID 19.

  4. Dotación de Equipos de protección Individual y Colectiva según procesos peligrosos y riesgo al COVID 19.

  • Atención Preventiva de Salud:

  1. Encuesta online o telefónica

  2. Control térmico

  3. Control sintomático respiratorio

  4. Control personal de riesgo

  5. Enlace directo con el MPPS.

  • Organización del Trabajo:

  1. Adecuación de los puestos de trabajo al distanciamiento social

  2. Adecuación de los puestos de trabajo de alto riesgo para el COVID-19

  3. Reasignación de tareas y reubicación de puestos de trabajo con el empleo del teletrabajo.

  4. Asignación de recursos para el funcionamiento Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo COVID 19.

La participación de los trabajadores y trabajadoras en la elaboración y desarrollo de los planes de trabajo es fundamental para garantizar el éxito de los mismos. Por esto, hacemos un llamado a todos los trabajadores del sector salud, de manera especial a quienes se encuentran prestando servicios en los hospitales, CDI, Consultorios médicos y refugios de cuarentena a exigir la elaboración y puesta en práctica del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para el combate al COVID 19, el cual debe contener los protocolos específicos para cada centro de salud. Igualmente, hacemos un llamado a los trabajadores a elegir sus delegados de prevención y constituir junto con el empleador los Comités de Seguridad y Salud Laboral, para la puesta en práctica y seguimiento de las políticas y planes de prevención y protección contra el coronavirus COVID 19.

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