I.
La salud es un derecho humano fundamental, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1946) que en su Artículo 25 establece: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad."
Por otra parte, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) establece en su Artículo 11: "Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad."
Y en nuestra Patria, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela - CRBV (1999), en el Capítulo de los Derechos Sociales y de la Familia, específicamente en el Artículo 83 establece: "La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República".
II.
Hacemos este recorrido por el marco legal, ya que hay una creencia generalizada con dos vertientes: a) que solo personas con títulos universitarios específicos pueden administrar y decidir sobre la salud del pueblo y b) que hay un solo tipo de medicina válido para garantizar la salud. Cuestión que abordo con lo que siempre digo: Si la cosa fuese así de sencilla, solo los politólogos gobernarían los países, los pueblos indígenas hubiesen desaparecido por enfermedades y ni en China ni en India tendrían varias medicinas como tácticas en sus sistemas públicos de salud.
La norma mundial asocia salud y bienestar a múltiples factores, entre ellos la asistencia médica.
La norma continental involucra los recursos de la comunidad para preservar la salud. Con lo que se sobreentiende que los saberes, la tradición, el folklore, la infraestructura y los recursos naturales de la comunidad deben estar al servicio de la salud.
Al leer la CRBV, se evidencia que promover y defender la salud no es exclusividad de un grupo, sino que es un deber de todas las personas, que se complementa con el deber de "cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República". Cada quien cumplirá este deber, de acuerdo a su talento y probidad, en alguno de los campos la salud: las Ciencias, las Artes y los oficios. Cuestión que es reforzada por la CRBV en su Artículo 105, el cual establece que no todas las profesiones requieren título para ejercerlas. Se es profesional por la ocupación no por la certificación.
Sobre esto último cabe recordar que se ha secuestrado la categoría de Profesional para los que poseen títulos universitarios, cuando la verdad es que el término se debe aplicar a todo aquel que desempeñe una ocupación con calidad y eficacia, soportados en el conocimiento y la probidad. Vale recordar que en Venezuela, la excelencia de los choferes se reconocía otorgándoles un Título para Conducir con la categoría de Profesionales del Volante, en lugar de la Licencia de Conducir que regularmente se otorgaba a todos los choferes. Un caso especial ocurre con los experimentados, habilidosos y destacados deportistas, que no tienen títulos universitarios de beisbolista, boxeador, futbolistas, basquetbolistas pero el mundo reconoce que son tremendos profesionales.
En Venezuela toda persona puede promover la Salud con el fin que las personas tomen el control de su propia salud, se conviertan en individuos saludables, constituyan Hogares Saludables para toda la vida y consoliden una Venezuela Saludable. La promoción, desde el enfoque la OMS, abarca una amplia gama de intervenciones sociales y ambientales destinadas a beneficiar y proteger la salud y la calidad de vida individuales mediante la prevención y solución de las causas primordiales de los problemas de salud, y no centrándose únicamente en el tratamiento y la curación de los enfermos. Este enfoque oficial implica que la promoción de la salud va más allá de la asistencia médica y abarca factores ambientales, económicos, sociales, biológicos y de estilo de vida.
En Venezuela toda persona puede defender la Salud de las amenazas y peligros que le acechan en una sociedad todavía afectada por los patrones capitalistas de administrar la salud. Defender la salud comienza por defender otros derechos que han sido invisibilizados y violentados: el derecho que debe tener toda persona a ser dueña de su salud y su cuerpo; el derecho a la intimidad y a ser tratada con respeto y dignidad; el derecho a no ser sometido a experimentación médica, a exámenes médicos contra su voluntad o a tratamiento sin consentimiento informado; el derecho a mantener la salud con leyes naturales y el derecho a recuperar la salud en base a la integración de varios modelos de salud (Medicinas y terapias complementarias Indígena, Ancestral, Domestica, Naturopatía, Ayurveda, Medicina Tradicional China, Homeopatía, y Medicina Moderna).
Entonces, ser Promotores y Defensores de Salud (Aplicando filosofía y práctica de la Naturopatía, Acupuntura, Homeopatía, Medicina Ayurveda, Medicina Tradicional China, Medicina Tradicional Indígena o Medicina Tradicional Venezolana o Terapias Complementarias) requiere adquirir variados y profundos conocimientos bajo las estrategias de Formación y/o Autoformación Colectiva, Integral, Continua y Permanente para garantizar la Calidad y Eficacia en la siembra de la salud y obtener reconocimiento y registro como profesionales de la Salud.
III.
Defender y Promover la salud, que es la condición natural (la enfermedad es lo anormal), es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, pasa por:
- Crear la Red Nacional de Defensores y Promotores de Salud Natural, como un acuerdo del II CONGRESO 2.0 SALUD 100% SALUD NATURAL que se desarrolla desde septiembre hasta noviembre del 2020.
- Consolidar Hogares Profilácticos (Prevención) y Terapéuticos (Sanación) desde la Gran Misión Hogares de la Patria.
- Solicitar al Ministerio del Poder Popular para la Salud, la apertura del Registro de Defensores y Promotores de la Salud Natural, a través de la DIRECCIÓN DE REGULACIÓN Y CONTROL DE MATERIALES, EQUIPOS, ESTABLECIMIENTOS Y PROFESIONES DE SALUD del Servicio Autónomo de Controlaría Sanitaria (SACS), por gestión de la organización profesional Congreso Permanente de Medicinas Naturales y Terapias Complementarias (COPERMENAT).
- Difundir el alcance y contenido del Articulo 83 de la CRBV.