Artillería del Análisis

La ira del COVID-19

Miércoles, 23/12/2020 08:21 AM

Para el Consejo Nacional Bolivariano Derechos Humanos (CONABDH), hemos venido reiterando que la problemática de la enfermedad de la PANDEMIA DEL CORONAVIRUS (COVID-19), es un proyectil de exterminio para la humanidad, sin olvidar las palabras del Apóstol Pablo, cuando manifestaba que: "¿Qué, pues? ¿Somos mejores que ellos? De ninguna manera; porque ya hemos comprobado que, tanto judíos como gentiles, todos están bajo pecado. Como está escrito: No hay justo, ni aun uno; no hay quien entienda, no hay quien busque a Dios. Todos se desviaron, a una se hicieron inútiles; no hay quien haga lo bueno, no hay ni siquiera uno. Sepulcro abierto es su garganta; con su lengua engañan; veneno de áspides hay debajo de sus labios; cuya boca está llena de maldición y de amargura; sus pies son veloces para derramar sangre; destrucción y miseria hay en sus caminos; y camino de paz no conocieron. No hay temor de Dios delante de sus ojos. Ahora bien, sabemos que todo lo que la ley dice, lo dice a los que están bajo la ley, para que toda boca se cierre y todo el mundo quede bajo el juicio de Dios; por cuanto todos pecaron y están destituidos de la gloria de Dios. Así que, concluimos que el hombre es justificado por la fe sin las obras de la ley. (Según el Libro de Romanos, capitulo 3, versos desde 9 al 28).

Por lo que han transcurrido diversos días en circunstancias sumamente de profunda preocupación para la población del Estado Venezolano y muy especialmente cuando nos aproximamos a la Navidad y el Año Nuevo 2021, donde los ataques antagónicos han sido las conspiraciones y guerra económicas en contra de la población, traducido en una simbólica especulación que vulnera los legítimos derechos que tenemos todos usuarios y usuaria, se ha sobrevenido una guerra, una rabia, un odio y un terror en contra de la colectividad social y familiar en las diversas zonas geográfica del país, aprovechándose de la Ira del CORONAVIRUS (COVID-19), en conexión de algunos comerciantes de diferentes raza, sexo, credo, condición, posición social, política y económica, fijando precios de los diferentes rubros alimentarios de primera necesidades a elevados y altísimo precios cada días, sin misericordia alguna, en medio de la situación de la Pandemia de la especulación que son reiterativas y abusiva, la cual está presente en los Centros Comerciales de los sectores de las Ciudades de Venezuela y no haya quien detenga estos delitos de impunidad. Que son Delitos Constitucionales Económicos e inclusive Penales tipificado en el Código Penal Venezolano.

Realmente los niveles alarmantes de propagación y gravedad de la pandemia del coronavirus en el concierto del Mundo y de la Unión de Naciones Suramericanas, de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, se ubica en un contexto Altamente Peligroso, generando grandes consecuencias Sociales, de Salud Pública y por el derecho a la vida, evidenciado todo un panorama estructural que hace estrago en los países desarrollados y no desarrollados, es decir estamos en presencia de una situación que pone en peligro la Seguridad y Defensa de la Nación ante la problemática de la Ira del CORONAVIRUS, que solo la detendrá es el Poder de Dios, tal como lo decía. El Salmista David: "Mejor es confiar en Jehová. Que confiar en el hombre". "Mejor es confiar en Jehová Que confiar en príncipes". (Salmos, capítulo 118, versos 8 y 9).

La Consecuencia, nos sitúa en un escenario de profundo sentimiento de Alertad y de Emergencia Preventivo en el Sistema de Salud, por ser la Salud un Derecho Humano Social Constitucionalizado previsto en el artículo 83 Constitucional, produciendo lamentable resultados de contagios en determinados lugares del país. La depresión en la comunidad poblacional ante esta IRA DEL CORONAVIRUS ha direccionado hacia la muerte, los cuadros estadísticos diarios nos refleja las constates muertes de personas contagiado por la enfermedad de la pandemia del Coronavirus a nivel mundial y de Venezuela. Nuestra Constitución Bolivariana de la República en el marco de los Derechos Civiles, establece que: "El Derecho a la vida es inviolable". (Artículo 43 constitucional). La Biblia en el libro de Gálatas, capítulo 6, versículo 7, cuando en boca del Apóstol Pablo, uno de los apóstoles más intelectuales de la historia Bíblica manifestó que: "Pues todo lo que el hombre sembrare, eso mismo segara, porque el que siembra para su carne de la carne segara corrupción; más el que siembra para el Espíritu, del Espíritu segara vida eterna".

PRESIDENTE NICOLÁS MADURO ES DE URGENTE INTERVENCIÓN.

Hay que actuar con urgencia y contundencia, la cual este Consejo Nacional Bolivariano Derechos Humanos (CONABDH), denuncia y expone algunas proposiciones de carácter extrajudicial y Judicial que se expresan así:

1.- Sírvase los Órgano principales del Poder Público Nacional, actuar bajo la Acción de sus competencias, ordenando a las autoridades competentes que son rectoras y órganos auxiliares, trasladarse al lugar de los hechos para verificar el estado en que se encuentra los diferentes rubros alimenticios entre otros.

2.- Sírvase la posibilidad, que los Órgano del Poder Ejecutivo Nacional en el marco de sus competencias procedan a poner orden y que se exhorten a la Defensoría del Pueblo, y efectivamente al organismo competente como es, PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS (SUNDDE), que se instruyan sin ninguna complacencia de amigos, de camaradas y de complicidad instruir los correspondientes casos Sancionatorios y Administrativos por los hechos ilícitos económico sobre la especulación alarmante en el Pais.

3.- Que la Fiscalía General de la República proceda sin ninguna complacencia a través de la participación de Fiscales Nacionales con competencias en Materia Económica y contra la corrupción para que se proceda con transparencia realizar y practicar las investigaciones por presuntas estafa pública y que los responsables de los constantes aumentos, tanto a empresarios, como transportista y comerciantes ilegales, (bachaqueros); así como esa Red de Distribución dependiente de los Comités Locales de Abastecimientos y Producción (CLAP), por los distintos sectores de San Félix y sector de Puerto Ordaz, y por supuesto en todo el país, entre otros, a verificar y constatar las experticias correspondientes sobre los estudios de costo y entrega del CLAP

En razón a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, por esta vías satelital como legítimamente decimos siempre por este Consejo Nacional Bolivariano Derechos Humanos, Presidente Nicolás Maduro, distinguido Fiscal General y ciudadano Defensor del Pueblo, y Magistrado presidente del Tribunal Supremo de Justicia, que el presente escrito peticionario sea tramitada y sustanciada con base y de conformidad con lo previsto en los artículos 51 y 141 Constitucional e igualmente se nos otorgue un lapso de tiempo perentorio para que nos ofrezca una respuesta oportuna y adecuada, de acuerdo a las formalidades legales constitucionales.

Pido y hago del conocimiento con mucho respecto, ciudadano presidente Nicolás Maduro, y demás autoridades competentes del Poder Público Nacional que estamos en presencia de una Guerra de la Pandemia de los precios, en conexión con la Pandemia de la Enfermedad del CORONAVIRUS, que se ha hecho una Ira de concursos de Delitos Constitucionales, derivado de la Impunidad y del abuso de poder, donde Delitos Penales, los Delitos Contra la Delincuencia Organizadas y de los Delitos por presuntas Estafas Pública y Abuso en contra de la población venezolana, está a la orden del días, como consecuencia de una situación de falta de autoridad, manifiesta en la Guerra Económica reiterativa que precisamente golpea todo los días a la familia y permanentemente el bolsillo de los estratos sociales de la población. Es público y notorio darse cuenta de los hechos, como son: "El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, serán penados severamente de acuerdo con la ley". (Artículo 114 constitucional). Esto en función de que: "El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen. (Artículo 19 constitucional).

Justicia Social es la que solicitamos y prevalezca en todos los usuarios domiciliados en la República Bolivariana de Venezuela.

En pies de lucha con y por la Revolución de Cristo y de la Patria de Bolívar, en contacto apreciados (a) lectores por conabdh@gmail.com. Y @conabdh

 

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