Retos de la AN: fortalecer la institucionalidad, ser el centro del debate político nacional y acabar con la corrupción

Jueves, 18/02/2021 11:36 PM

Los mayores retos de la Asamblea Nacional que inició su período constitucional de cinco años el pasado 5 de enero, se contraen, desde nuestra óptica, a estos tres objetivos: 1) Fortalecer la institucionalidad de nuestra Democracia Revolucionaria; 2) Convertir el Parlamento en el centro del debate político de nuestro pueblo y, 3) Acabar con la corrupción.

Nos ocuparemos de la corrupción.

Este un tema para reiterarlo y replantearlo tantas veces como se pueda y con más razón en estos momentos que estamos estrenando un renovado cuerpo legislativo, con mayoría Bolivariana y Chavista.

Desde mucho tiempo atrás venimos sosteniendo, de mil maneras, que la lucha contra la corrupción en los estamentos públicos reclama de una política de Estado muy precisa y de largo aliento, cuyo primer y más importante soporte, debe ser una legislación que abra la posibilidad cierta para que la participación del pueblo en esas tareas del control, sea una realidad, de manera tal que no sólo se habiliten canales efectivos y ágiles para las denuncias sobre hechos de corrupción en el área pública, sino que se le garantice al denunciante que será escuchado, que sus denuncias serán debidamente procesadas y que sus responsables serán castigados con todo el peso de las leyes, sin importar apellidos y palancas, por más altas que éstas pudieran ser…

Para arrancar con esa política hemos insistido, en infinidad de oportunidades y a través de estos medios digitales, que es preciso poner en marcha algunas acciones legales y operativas, sobre las cuales nos referiremos más adelante, con las cuales damos por seguro que será posible lograr, en breve lapso, excelentes resultados en la lucha contra ese flagelo que tanto daño le hace al país y que, en una primera etapa, -lo vaticinamos-, será posible contenerlo en buena medida, claro está, siempre y cuando desde las más altas de gerencias de las administraciones del Estado, de manera general, se establezcan rigurosos e implacables mecanismos de supervisión, que garanticen, aguas abajo, la total transparencia de quienes asuman la responsabilidad de ejercer dichos controles preventivos.

Debemos decir que ha habido, en estos tiempos de Revolución, de parte de nuestras instituciones del gobierno y de los entes del Estado que imparten justicia, demostraciones muy evidentes de sus firmes decisiones contra los corruptos que difieren del cielo a la tierra de aquellas que tuvo que vivir el país durante los 40 años de la Cuarta República, donde hubo una total y absoluta impunidad. Recordemos que durante ese largo lapso, ocurrieron gigantescos hechos de corrupción de todo tipo y calibre (intentar reseñarlos, sería de nunca acabar) y ninguno de sus responsables fue sancionado. Únicamente fue a parar a la cárcel un ciudadano de origen chino, que pasó a la historia como el caso del "chinito de Recadi", quien, salvo que estemos errados, estuvo cerca de 4 años en prisión…

Por cierto, vale recordar que ese tal Recadi, de acuerdo a los estudiosos e investigadores del tema, le significó a la Nación pérdidas superiores a los 60 mil millones de dólares…!!!

Durante estos últimos 22 años, desde que el Comandante Hugo Chávez asumió la Presidencia, en febrero de 1999, han sido sentados en el banquillo de los acusados y sentenciados a varios años de cárcel, a exministros, expresidentes, exvicepresidentes y a otros muy altos gerentes de Institutos Autónomos y Empresas del Estado, etcétera, en número que realmente sorprende, lo que hace la enorme diferencia con el pasado del país y, ojo, no solamente durante el período entre la caída de Pérez Jiménez (1958) y el último gobierno de Rafael Caldera (1998), sino durante todos los gobiernos anteriores. En nuestros registros personales contamos a más de cien de esos ladrones, convencidos de que deben ser muchísimos más, pues para nadie es un secreto que no es nada fácil obtener información sobre dichos particulares.*

De manera que lo que nos lleva de manera persistente a tratar el tema de la corrupción, es porque advertimos que no obstante esa verdad, que nadie podría desconocerla, seguimos teniendo enormes deficiencias en materia de contraloría y esa verdad no tenemos por qué negarnos a reconocerla. No se hace prevención externa; en las oficinas de los entes oficiales esa tarea es nada más que un saludo la bandera. En absoluto se indaga si los precios propuestos en el contrato o en la orden de servicio, son razonables. Solamente se limitan las revisiones y ello nos consta por experiencia personal, a verificar, eso sí, con mucho esmero y eficiencia, la disponibilidad presupuestaria, las garantías de Ley (a veces ni esto último se revisa) y respecto de la razonabilidad de costos y precios, únicamente verifican si la empresa está registrada en el RNC y en los propios archivos del ente que fuese, para ver si en estos últimos, la empresa a contratar tiene actualizados allí dichos costos y precios...!! Algo increíble, que en absoluto lo estamos exagerando… Fue algo muy cierto que lo advertimos en dos entes del Estado, uno, adscrito a Min Salud y, el otro, creado luego de la aprobación de nuestra Constitución Bolivariana.

Nos indignamos, ciertamente cuando se descubren pillos como los de la empresa "PDVSA Gas Comunal", o los zánganos del BCV que hace exactamente un año (enero de 2020), estafaron a la institución en base a unos sobreprecios escandalosos de bienes (entre otros, un lote de cauchos radiales Rin 13 que no los utiliza en Banco) con precio en el mercado no mayor a los 60 dólares y resolvieron pagarlos a 900 dólares cada uno (https://www.vtv.gob.ve/aprehenden-personas-por-desfalco-bcv/) o, recordemos, la trastada del exministro de Espacios Acuáticos, Hebert García Plaza, quien en el ejercicio de sus funciones adquirió, sin licitación, tres embarcaciones para cubrir las necesidades de transporte con la Isla de Margarita, que resultaron no ser nuevas como se especificó en el respectivo contrato, sino unas embarcaciones viejas y deterioradas y que una vez detectada tan grave irregularidad, optó por huir del país, pero nada decimos acerca de lo que nos corresponde hacer para evitar que esos delitos se sigan cometiendo y es todo esto lo que nos impulsa a que seamos reiterativos en nuestra demanda urgente de la prevención externa y jamás sentirnos cansados de repetir una y mil veces que la corrupción la podemos enfrentar y derrotar SI SE HACE CONTROLARÍA, SI SE HACE FISCALIZACIÓN Y SI SE HACE SUPERVISIÓN, SIN PAUSA ALGUNA Y CON EL MAYOR RIGOR…

La Ley de la Contraloría únicamente prescribe el control posterior, es decir, para ejercerlo luego de cometidos los ilícitos, cuando ya es imposible recuperar lo robado o malversado a las arcas públicas y lo que, desde nuestra visión, constituye una descarada burla a la inteligencia, es que también dicha Ley dispone un tal "control previo" y le otorga la competencia para su ejercicio, a los mismos funcionarios que tienen la responsabilidad de administrar los presupuestos públicos, es decir que los hace contralores de sus propias decisiones. Disposición esa insólita del antiguo Congreso Nacional, de diciembre de 1995, cuando el Gobierno de Caldera II resolvió, como parte de las desregulaciones impuestas por el Consenso de Washington a los gobiernos de la región, reformar la Ley de la Contraloría General de 1975, que establecía su competencia para el ejercicio del control Previo a la Administración Central.

Es innecesario que agreguemos argumento alguno para demostrar que ese terrible disparate debe ser corregido y que, sin duda, fue una de las tantas concesiones que le hizo el gobierno del Señor Caldera al neoliberalismo que tanto daño le causó al país.

De manera que más allá de que nos tilden de fastidiosos, aquí continuaremos con nuestras propuestas que apuntan a que tengamos una legislación que propicie toda una estrategia eficaz con la que, en corto plazo, podamos mostrar resultados envidiables en materia de la lucha contra los ilícitos administrativos.

Aquí las reiteramos:

1) Reforma de la Ley de la Contraloría General, con la finalidad de que el ente Rector, la Contraloría General, retome las competencias del Control Preventivo del Gasto y del Pago, sobre la ejecución presupuestaria de la Administración Central, que le otorgaba la Ley de 1975 y cuya reforma en 1995, se las cercenó y ahora nosotros proponemos el rescate de dicha competencias, extensivas a todos los entes del Estado, sin excluir a ninguno, lo que hoy en día es cien por ciento factible de que se establezca en tales términos , gracias al soporte que significan los maravillosos y sorprendentes adelantos tecnológicos en el campo de la informática.

Es bien interesante resaltarlo, una vez más, que el anterior Contralor General, Dr. Manuel Galindo Ballesteros, demandó tal rescate a los integrantes de dicho Poder Constituyente en fecha 7 de octubre de 2018 y no obstante que consignó en su petitorio que esa necesidad la planteaba con urgencia, porque así lo exigían los rigurosos estudios y análisis que fueron realizados por las instancias técnicas del Organismo bajo su responsabilidad, y más allá de que le fue recibida la solicitud formal, nada hizo ese altísimo Poder del Estado en materia de tanta importancia (leer aquí el reporte que sobre esa noticia, publicó el diario "El Correo del Orinoco", en la misma fecha (http://www.correodelorinoco.gob.ve/galindo-ballesteros-es-necesario-retomar-el-control-previo-para-evitar-la-corrupcion/).

2) Aprobar una Ley Especial para la protección de denunciantes y testigos en el tema de la corrupción.

Sobre esta propuesta, es interesante observar que, si mal no erramos, en 2013, la Contralora, Dra. Adelina González, que le precedió a la gestión de Galindo Ballesteros, sometió a la Asamblea Nacional un proyecto de Ley bajo el título: "Ley Para Facilitar e Incentivar la Denuncia por Hechos de Corrupción contra el Patrimonio Público y Proteger a sus Denunciantes y Testigos", el cual sólo llegó -entendemos- a que se aprobara en la Comisión de Contraloría de la Asamblea a finales del 2014, y que de allí no pasó, por lo que es cuestión de que se rescate ese proyecto y pase a ser revisado y discutido por la AN.

Se trata de un instrumento fundamental dentro de una real y efectiva política de Estado para combatir con éxito a los corruptos, pues con dicha norma legal se alejan los temores de quitarle la careta a los zánganos corruptos que tanto daño le hacen a la Patria…

3) Revisar exhaustivamente, dentro de la mayor rigurosidad, las declaraciones juradas de patrimonio de todos los funcionarios del Estado que tengan la exclusiva competencia para el manejo y destino de los dineros y bienes públicos, una vez hayan tomado posesión del cargo para el cual se les designó, o lo dejaren por la causa que fuere y de forma selectiva, mediante sorteo, las declaraciones correspondientes al resto de los funcionarios.

Dicha revisión exhaustiva debe contemplar, a todo evento, la utilización de mecanismos que hagan posible rastrear hasta los entornos familiares y de amistad del funcionario cuya declaración esté en revisión, como lo son las llamadas tareas de "inteligencia" para detectar si el corrupto utilizó la figura del "interpuesto"… (o testaferro), para ocultar lo que se ha robado a través de la figura de las "comisiones" o las también llamadas "coimas"…

4) Incluir en la Ley Anticorrupción la obligación de que el Organismo Contralor publique en su página oficial, las Declaraciones Juradas de Patrimonio de los funcionarios públicos que tengan responsabilidades directas e indirectas en el manejo y disposición de los dineros y bienes de la Nación, sin excepción alguna.

5) Instalar canales expeditos a lo largo y ancho del país, para la recepción de las denuncias, los cuales en hoy día no existen, y, por supuesto, que los mismos operen bajo normas que en absoluto exijan que el denunciante se presente con el "expediente probatorio" de los supuestos hechos delictuosos que va a denunciar, lo cual no descartamos que pudiera ocurrir en determinados y muy contados casos, pero que en la mayoría de ellos, aquellos que denuncian, usualmente no tienen pruebas para sustentar las grandes sospechas que puedan tener sobre zutano o mengano, ya que no debemos olvidar que quien roba, hace hasta lo indecible para no dejar rastros de sus fechorías. Solamente sustentan esas sospechas fundamentados en razones de mucho peso, como pueden ser aquellas que se derivan de ver a determinados burócratas bien conocidos por ellos, que de la noche a la mañana cambian sus ‘modos de vida’, de ciudadanos muy sencillos que lo eran, pasan a llevar una vida dispendiosa, con carros de alta gama, derroche del dinero en fiestas desenfrenadas, es decir, lo que solemos llamar, la "riqueza súbita". Preguntamos, ¿Quién ha dejado de conocer a tipos de esa calaña?

Sobre esta propuesta, resaltamos estas reflexiones:

a) Quienes se atreven a formularlas, asumen una gran responsabilidad, pues no olvidemos que corren el grave riesgo de que si su objetivo fue hacer sólo daño a terceros, tendrán que vérselas con la justicia, pues la Ley Contra la Corrupción, en su artículo 82, contempla de uno a tres años de cárcel para quienes así actúen y,

b) Un indicio es más que suficiente para rastrear y llegar a detectar las pruebas necesarias que permitan identificar a los directos responsables de una determinada irregularidad y esto lo sabe hasta el más bisoño de los expertos en investigaciones y tareas de inteligencia.

Y cerramos con esto: Le decimos al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela, como Rector de la Institución sobre la cual recae la mayor responsabilidad en toda cruzada que libremos contra los corruptos de toda laya, que la retoma de los controles previos (al gasto y al pago), como parte esas competencias que aspiramos que la nueva AN se las asigne a dicha Institución, luego de que acuerde y reforme la respectiva Ley Orgánica de la Contraloría General, a lo interno de su Despacho deberá imponerse una rigurosa, permanente e incansable SUPERVISIÓN, de manera que se evite al máximo que el gusanillo de la corrupción penetre las instancias que tengan asignadas dicha responsabilidad, las que deberán responder a una precisa y muy clara reglamentación que contemple, sólo a título de ejemplo:

1) Plazos muy cortos para obtener los resultados de esos controles preventivos, modificables sólo y únicamente en base a las causales previstas en la respectiva reglamentación. Con la tecnología digital de estos tiempos, por ejemplo, la revisión minuciosa de una Orden de Pago sólo se haría en fracciones de segundo, quizás la revisión de una orden de compra exigirá un mayor tiempo, pues será necesario verificar en un mercado amplio la razonabilidad de precios y eso, por supuesto demanda de tiempo, pero, en todo caso, la experiencia que se vaya acumulando en el ejercicio de ese proceso de revisión de precios, en corto tiempo nos dirá cuánto será el mínimo lapso requerido para la mayoría de los compromisos presupuestarios posibles y,

2) Rotar al personal que asuma el ejercicio de dichos controles preventivos, ¡ojo!, sin aviso y sin protesto…!!!

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(*) Se hace muy necesario que la Fiscalía General de la República abra un registro en su página oficial, de manera que se conozcan, al menos, las causas judiciales relacionadas con los ilícitos administrativos, siguiendo el ejemplo argentino, país en el cual y por disposición de la Corte Suprema de Justicia creó en el 2006, el Cuerpo de Información Judicial (CIJ), durante el Gobierno de Néstor Kirchner (2003/2007).

La referida Corte del país hermano, por Acordada No. 17/2006, dispuso la creación de esa opción de Información Judicial, oficial, dedicado a difundir la actividad de los tribunales, que permite que las decisiones de los jueces de todo el país puedan ser divulgadas y explicadas a toda la sociedad.

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