Cáscara Amarga 859

De quien es el suelo es el cielo

Viernes, 27/10/2023 12:40 PM

De quien es el suelo es el cielo. Aqueste este cura ignaro raro cleuasmo asno desmemorioso perro loco curioso, hase metido en pozo jondo, y, en vista de lo planteado con el gobierno de Guyana y la Guyana Esequiba. El gobierno de Guyana, su Estado, su Nación, que naciera endespués de la Resolución Acordada de Ginebra de 1966. El Estado Nación de Guyana otrora de endenates de 1966. Y, agora de endespués de 2023, el gobierno de Guyana en conchupancia con la ExxonMobil Corporation. La ExxonMobil es la empresa petrolera estadounidense y representante de los intereses del gobierno imperial de los EEUU en Guyana. El gobierno imperial de los EEUU del Derecho Inusual Extraordinario de 2001, pretende en Guyana, apoderarse de las riquezas petroleras y gasíferas que existen en el fondo hondo fundo marítimo de Venezuela. La colindante Venezuela con La Guayana de 1966. La hoy Guyana de 1966 con su gobierno cómico comicón titiritero en conchupancia con la ExxonMobil Corporation, la empresa petrolera estadounidense y representante de los intereses del gobierno imperial de los EEUU, ha de ir por las riquezas de los venezolanos. La Guyana, la que naciera endenantes en 1966 con dádivo regalo británico derecho dado en esa fecha. Y, a mas y a más, de la Resolución Acordada Consensuada Consentida de Ginebra de 1966, su gobierno, pretende desconocer los Derechos de Venezuela que devienen de 1777 de la Capitanía General de Venezuela, proyectado proyecto lienzo pictórico geográfico geométrico político al infinito, mediante el Principio General del Derecho Usual Ordinario Romano del 753 antes de Cristo, a según, de quien es el suelo es el cielo, de quien es el fontanero es el fuego, el Derecho Romano con la Resolución Acordada de Ginebra de 1966 de la posesión consentida comprometida sobre el fundo fondo marítimo venezolano en reclamación con fuego petrolífero abundante y con fuego gasífero desbordante, incluso e inclusive, ambos fuegos del fontanero fondo marítimo de petróleo y de gas por coñazo. Y, asina asín así con la extracción ilegal de petróleo del Océano Atlántico por la ExxonMobil Corporation la empresa petrolera estadounidense y representante de los intereses del gobierno imperial de los EEUU, que pretende, con el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano de 2001 del derrumbe de las Torres Gemelas Norteamericanas del día de la Virgen de Coromoto de Venezuela. El gobierno imperial de los EEUU, con la connivencia del gobierno de Guyana, pretende apoderarse de las riquezas petroleras y gasíferas que existen en el fondo hondo fundo marítimo de Venezuela. La Guayana de 1966, pretende desconocer los Derechos de Venezuela que devienen de 1777 de la Capitanía General de Venezuela del Derecho Usual Ordinario Romano del 753 antes de Cristo, con la Resolución Acordada de Ginebra de 1966 de la posesión consentida comprometida sobre el fundo fondo marítimo venezolano, en que surge la pregunta del referendo consultivo constitucional legal del 03 de diciembre de 2023, pregunta que hay que rechazar decididamente ante el Derecho Inusual Extraordinario Británico de 1899 sobre el Laudo Resolutivo Arbitral de París del despojo arbitrario del fundo marítimo venezolano en reclamación. Y, mas y más, en el referendo consultivo para el próximo 03 de diciembre de 2023, para fortalecer la defensa de la soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba, en donde la Corte Penal Internacional no ha de meter basa en un asunto que es, solo y sólo, de la Venezuela de 1777. Y, ha de ser, solo y sólo, de la Venezuela de 1966 y de la Guyana de 1966. Y, en que hase de consultar al pueblo de Venezuela el 03 de diciembre de 2023 sobre la controversia con Guyana, la nacida endenates en 1966 con las preguntas, que son de carácter constitucional y carácter legal. Asina ansí así, la consulta constitucional legal, del 03 de diciembre de 2023, con la tercera pregunta, en que aparece la Corte Penal Internacional, metichera entrépita metiendo basa en el asunto en donde no ha sido llamada por ambas partes acordadas en 1966. Y, que ha de ser rechazada la CPI con contundencia en dicha consulta constitucional legal del 03 de diciembre de 2023. Y, aqueste este cura ignaro raro cleuasmo asno curioso perro loco desmemorio, hase afinado y hase afincado en el Principio General del Derecho, de la titulativa encima expresa, a según el cual, que de quien es el suelo es el cielo. Y, asina ansí así, el lienzo pictórico con el mapa de Venezuela de la Capitanía General de Venezuela de 1777. Y, asina ansí así, y, porque y para que se sepa que con dicho mapa lienzo pictórico en que se proyecta, otrora, hasta el infinito con su suelo con su cielo, con su fontanero y con su fuego, sin remilgos y sin repulgos, sin ñoñería y sin coñerías. Asina asín así, con dicho mapa lienzo pictórico, sería el dominio de Venezuela sobre la Guyana Esequiba. Asina ansí así, incluso e inclusive, con la controversial actual Guyana Esequiba. La Guyana Esequiba, está proyectada como de Venezuela desde 1777. Asina ansí así, la Guyana Esequiba de 1777, está proyectada hacia el infinito y es de Venezuela. Y, asina ansí así, ha de hablarse de la defensa de la soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba desde 1777. Asina asín así, la Guyana Esequiba de 1777, que no ha de ser transferida, ni ha de ser enajenada. El mandato que es Ley, es de la Capitanía General de Venezuela de 1777. Lo de la Guayana Esequiba, no se enajena, no se transfiere. Y, el gobierno de Guyana, la de endenantes de 1966, no nace como nación, sino endespués del convenio de Ginebra de 1966. Y, asina ansí así, el Derecho Usual Ordinario Romano del 753 antes de Cristo con la Resolución Acordada de Ginebra de 1966 del fundo fondo marítimo en reclamación y el Derecho Inusual Extraordinario Británico de 1899 con el Laudo Resolución Arbitral de París del fundo fondo marítimo en reclamación. El Derecho Romano, que dice que, primero en el tiempo, primero en el Derecho. Y, Venezuela asistida endenates del Derecho Usual Ordinario Romano del 753 a C., contra el Derecho Inusual Extraordinario Británico de 1899 después de Cristo. Y, endenantes, se ha transferido lo de la Guayana Esequiba de Venezuela a la ExxonMobil Corporation, la empresa petrolera estadounidense y representante de los intereses del gobierno imperial de los EEUU en Guyana. El gobierno imperial de los EEUU del Derecho Inusual Extraordinario de 2001. Y, mas y más, pero y empero, aun y aún, la transacción de Ginebra de 1966, equivale a cosa juzgada y fin de una controversia con Guyana. No obstante y sin embargo, Venezuela ha sido paciente con Guyana. Y, endespués, nace Guyana como nación, en que Guyana, no ha de presumir legítima ignorancia en que ha sucedido en el Derecho de Venezuela en un derecho. Y, la Venezuela épica, la de Simón Bolívar el Libertador de América, la Venezuela de la guerra de la independencia del imperio español, acepta aquello de Guyana por un convenio que no de la guerra como la lucha del Libertador Simón Bolívar y su decreto de guerra a muerte. Y, el arte de la guerra en la maniobra ofensiva defensiva suntzuiana de Sun Tzu y el arte de la guerra en la ironía defensiva ofensiva quijotesca cervantina de don Quijote, que es lo equitativo equilibrado medular profundo absurdo, y, está en el Derecho, de entre el dicho y el hecho, en el trecho estrecho arrecho. Y, asina asín así, lo ha admitido Venezuela frente a la Guyana de 1966. Y, asina asín así, Venezuela en las mesas misas musas con nalgas de las gracias y las nalgas de las desgracias de don Francisco. Y, asina ansí así, Venezuela juega con Guyana a la equidad en las mesas misas musas con las nalgas de don Francisco y los casos correlativos límite de equilibrio dinámico dialéctico difuso dialógico diplomático diabético de Maleo 2001. Y, en que el gobierno de Guyana, no puede transferir a otro más derechos de los que tiene. Y, sigue el Derecho Usual Ordinario Romano siglo ocho antes de Cristo contra el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano siglo XXI después de Cristo. Y, primero en el tiempo primero en el Derecho. Venezuela primero, en 1777 con la Capitanía General de Venezuela. Y, endespués en 1966 nace Guyana de un convenio de nalgas en las mesas musas misas de don Francisco y no como de la guerra libertaria bolivariana de callo en el culo como lo tuvo el Libertador Simón Bolívar en veinte años de lucha de liberación del yugo español y en defensa de la soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba. Y, primero en el tiempo, primero en el Derecho. Y, Venezuela lo tiene desde 1777. Y, en esto, Venezuela ha sido primero que Guyana desde la Capitanía General 1777. Y, lo que no está prohibido, se entiende permitido, y, le está prohibido a Guyana enajenar lo de Venezuela, con la locura del gobierno de Guyana en conchupancia su gobierno con la ExxonMobil Corporation, como lo es el transferir un Derecho de Venezuela a la compañía transnacional del petróleo y del gas, a la ExxonMobil, procediendo el gobierno de Guyana contra lo que debe, invocando un hecho necesario y violento a favor del pueblo de Guyana. Y, endenantes, el gobierno de Guyana empersogado con la ExxonMobil, lo ha hecho actuado contra el Derecho y la Ley. Y, asina ansí así, lo hecho contra el Derecho, se ha de considerar como no hecho. Y, lo que el gobierno de Guyana haga contra Derechos de Venezuela, es acto írrito y nulo de toda nulidad. Y, Venezuela, invoca su Derecho y su legítimo derecho, y, no hace tuerto al gobierno de Guyana ni ofende al pueblo de Guyana. Y, ni por pacto ni por estipulación, el gobierno de Guyana, en conchupancia con la ExxonMobil Corporation, ha de suprimir el Derecho de Venezuela sobre El Esequibo. Y, conservando el espíritu del Derecho, Venezuela, ha interpretado su Derecho sobre el Esequibo, en su sentido más benigno. Y, la Venezuela benigna y bondadosa lo ha sido con el gobierno de Guyana encompinchado con la empresa petrolera la ExxonMobil Corporation por lo que Venezuela no está obligada a lo ilícito. Y, de entre los justo y lo injusto han de estar Venezuela convoca en equilibrio dinámico dialéctico dialógico diplomático diabético de entre nalgas en las mesas musas misa de don Francisco, convoca a Guyana. Y, asina asín así, Venezuela al mandado y al mandato. Venezuela obedeciendo a imperio al Derecho Usual Ordinario Romano Jurisprudencial y el gobierno de Guyana adocenado obediente a imperio gringo go home al Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano y de la ExxonMobil Corporation. La ExxonMobil Corporation, que pretenden lucrarse torticeramente perjudicando a Venezuela con lo que es de Venezuela desde la Capitanía General de 1777. Y, Venezuela, ha de otorgarle al gobierno de Guyana lo que en verdad le corresponde como un hecho probado de 177 y de 1966. La actitud del gobierno de Guyana, al transferir a la ExxonMobil Corporation, el dominio de Venezuela, el dominio de cada venezolano, el gobierno de Guyana, ha actuado con deshonestidad y desobedece al acuerdo de Ginebra de 1966, que es causa es contrato acordado y que forma parte de una Ley. Y, que Venezuela está forzada a permanecer en comunidad con el pueblo de Guyana. Venezuela, le dice al gobierno de Guyana, que ha de respetar el acuerdo de Ginebra de 1966. Pacto, que dio lugar a las negociaciones pacíficas y equitativas conforme a Derecho con Guyana. Acuerdo de 1966 de Ginebra, que fuera abortado por el gobierno de Guyana y abordado en favor de la ExxonMobil Corporation. Y, a sabiendas que los frutos están en el fundo fondo marítimo venezolano, frutos que claman por su dueño como lo es el pueblo de Venezuela. El pueblo de Venezuela, que posee la condición imprescriptible de sus recursos del fundo fondo marítimo. Y, que Venezuela, es primero en el tiempo y ha de ser primero en el Derecho, en trecho estrecho arrecho de entre el dicho y el hecho, en que excusa ignorancia de hecho mas no de Derecho. Y, asina asín así, a mas y a más, Venezuela ha obtenido todo en justas libertarias épicas y luchas de independencia como fueran las logradas por nuestros lúcidos ancestros próceres inalienados inaenagenados legadores de nuestro Derecho irrevocable sobre el fundo fondo marítimo Esequibo y al frente y a la cabeza de la épica guerra veinteañera de independencia, los hijos del Libertador Simón Bolívar contra la locura del gobierno de Guyana. Y, el pueblo de Guyana, no ha de pagar los platos rotos de su gobierno lacayo títere entreguista. Y, el pueblo de Guyana, ha de cerrar fila con el pueblo de Venezuela, oponiendo fuerza, en última instancia, porque y para oponerse al gringo go home invasor. Y, Guyana provocando daño con el mandado del Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano al través de la ExxonMobil Corporation. Y, el gobierno de Guyana no puede dar lo que tiene, cosa como condición vana. Y, el suelo y el cielo, el fontanero y el fuego son de Venezuela. Y, en Venezuela, luchar es conservar sus Derechos con todo pecho. Y, es una gran verdad el pacto hecho, el convenio el acuerdo de Ginebra de 1966, que es el grande y el mejor título que tiene Venezuela sobre Guyana. Que el gobierno de Guyana ha de seguir y no prestarse a las confusiones engaños y falsedades de la ExxoMobil, en que Guyana no puede dar lo que no tiene. Y, los Derechos y Obligaciones son correlativos contradictorios caliginosos dinámicos dialécticos difusos dialógicos diplomáticos diabéticos de Maleo 2001 y de las nalgas de entre gracias y desgracias de don Francisco 1614. Y, el gobierno de Guyana, ha de observar a la forma del convenio jurídico pactado en 1966 en Ginebra. Y, el gobierno de Guyana, no hubo de observar el acto nulo y el pacto írrito flagrante protocolo violento de guerra contra Venezuela. Convenio de guerra, celebrado con la ExxoMobil Corporation. Y, el gobierno de Guyana ha de interpretar en lo adelante con base y sobre la base del convenio mandado de Ginebra de 1966, antes de su creación como nación. Y, el gobierno de Guyana, no puede alegar su propia torpeza, de que es para ayudar a su pueblo, que a buen seguro, el pueblo guyanés, ha estado a espaldas de las vagabunderías de su gobierno, que pone y tiene en peligro a los dos pueblos. Y, en tanto que, Venezuela vigila y alega sus Derechos irrenunciables sin abandonar a don Francisco 1614 ni a don Quijote 1615 ni al Libertador Simón Bolívar de 1810 ni a Maleo 2001. Y, en tanto que, Venezuela pide lo suyo por Ley y mandato de Ginebra de 1966, y, no defrauda al pueblo de Guyana. Y, el consentimiento comprometido consuetudinario ha de ser la mejor carta y la mejor intérprete de lo convenido en el pacto de Ginebra de 1966. Y, todo el Derecho Usual Ordinario Romano, se erige en el consentimiento comprometido consuetudinario y el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano, se erige sobre sobre la intolerancia impuesta insólita. Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano de la invasión, de la piratería y de la arrogancia de la ExxonMobil Corporation y del gobierno imperial norteamericano. El imperio gringo go home, de nuevo, irrespeta a Venezuela. Y, Venezuela en 1777. Y, la Capitanía General de 1777, lo describe de quien es el suelo y el cielo, el fontanero y el fuego. Y, asina ansí así, como suena el Derecho Usual Ordinario Romano. De los principios del Derecho Usual Ordinario Romano, hanse de ser principios, de los cuales se han guindado los hombres jurídicos forenses desde la noche de los tiempos jurisdiccionales consentidos comprometidos consuetudinarios. Y, en el mapa lienzo pictórico de Venezuela de 1777, se proyecta hasta el infinito con su suelo con su cielo con su fontanero y con su fundo marítimo territorial el Esequibo, por lo que ha de nacer el estado Guayana Esequiba, que hay que apoyar decididamente en que surge la pregunta del referendo consultivo constitucional legal del 03 de diciembre de 2023. Y, del que ha de surgir el estado Guayana Esequiba del dominio de Venezuela. Helo ahí, el Sol de Venezuela, nace en El Esequibo, en el estado Guyana Esequiba. Y, primero en el tiempo, primero en el Derecho, en trecho estrecho arrecho. Y, de quien es el suelo es el cielo.

Con digresión y sin digresión, de quien es el suelo es el cielo. Y, a mas y a más, de quien es el fontanero es el fuego. O sea y es decir, decir desiertos, aguas fluviales, aguas la custre, montañas, volcanes, petróleo y gas. Y, asina asín así, todo lo dicho endenantes y arriba, ha de ser contenido que contiene el gran continente mapa geopolítico de la Capitanía General de Venezuela, incluso e inclusive todo el Esequibo. Y, asina asín así, el pueblo de Venezuela es sabio y paciente, como lo dijera y cantara Alí Primera. Y, el pueblo de Venezuela, dice a todo pulmón y en alta voce ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace en el Esequibo! Asina ansí así, esto deviene desde 1777 con el Derecho Usual Ordinario Romano de la Resolución Acordada de Ginebra de 1966, que ha de estar, el Derecho Romano, por encima correlativo equilibrado equitativo con el Derecho Inusual Extraordinario Británico del Laudo Resolutivo Arbitral de París de 1899. Derecho Usual Ordinario Romano Siglo VIII a. de C., armónico correlativo equilibrado equitativo de entre lo justo jurisprudencial y lo injusto jurisprudencial, que ha de estar por encima armónico correlativo equilibrado equitativo con el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano del derrumbe de las Torres Gemelas Neoyorquina de 2001 d. de C. Y, asina ansí así, de la invasión al territorio Esequibo de Venezuela en este año 2023. Agora ahora hogaño, de quien es el suelo es el cielo, el fontanero y el fuego. Y, es de Venezuela. ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace en el Esequibo! Deviene de la histórica Capitanía General de Venezuela de 1777. Y, por encima de lo armónico correlativo equilibrado equitativo del Derecho Usual Ordinario Romano del siglo ocho antes de Cristo ni por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de la armonía correlativa equilibrada equitativa de 1999 después de Cristo ¡Nada ni nadie! Asina ansí así, hay razones históricas geopolíticas sociales para salir a votar el próximo 3 de diciembre de 2023 en el referendo constitucional legal, convocado por el ente rector electoral CNE de Venezuela. Asina ansí así, primero en el tiempo, primero en el Derecho. Y, asina asín así, un alumno estudiante curioso y una alumna estudiante curiosa, del primer año de Derecho con la tesis TINACO de Maleo 2001 de los casos correlativos límite contradictorios de equilibrio dinámico dialéctico difuso dialógico diplomático diabético y con la Filosofía de las 4E de Maleo 2001 del entendimiento y la estética ética espiritual y con la lógica jurídica y con la introducción al Derecho y con el Derecho Usual Ordinario Romano contra el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano de las pirámides pareadas paradójicas kelsenianas de Kelsen, y, como tiénese dicho, un alumno estudiante curioso y una alumna estudiante curiosa del primer año de Derecho, pudo haber escrito mucho mejor más bien, esta Cáscara Amarga a la página web de Aporrea, y, no aqueste este cura ignaro raro cleuasmo asno desmemorioso perro loco curioso. Y, asina ansí así, el alumno estudiante curioso y alumna estudiante curiosa del primer año de Derecho, hubo de expresar a todo pulmón batiente desaforado y en alta voce decir ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace por el Esequibo! O sea y es decir, decir ¡De quien es el suelo es el cielo!

Si de quien es el suelo es el cielo. Si de quien es el suelo es el cielo, también ha de ser el fontanero acuífero y el fuego desértico volcánico. Entonces sea dicho que de quien es el suelo es el cielo, ha de ser un Derecho de pertenencia facultativo propio poderoso venezolano, que data del año 1777 con el surgimiento de la Capitanía General de Venezuela. Ergo vergo sea dicho que 1777 nos convoca a votar el próxima 03 de diciembre de 2023 en el referendo consultivo constitucional legal del CNE de Venezuela. Que con Alí Primer, el pueblo es sabio y paciente. Que el pueblo de Venezuela dice en alta voce ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace por el Esequibo! Que hay que rechazar el Derecho Inusual Extraordinario Británico de 1899 sobre el Laudo Resolución Arbitral de París del despojo arbitrario del fundo marítimo venezolano en reclamación. Que hay que rechazas el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano de 2001 contra el Derecho Usual Ordinario Romano de la Resolución Acordada de Ginebra de 1966. Que el Laudo Resolutivo Consensuado de París de 1966 es del recobro consentido jurídico del fundo marítimo venezolano en reclamación. Que la Resolución Acordada de Ginebra de 1966, Laudo Resolutivo Consensuado de París de 1966, solo y sólo, de entre Venezuela y Guyana, ha de mandar al carajo a la Corte Penal Internacional. Que hay decir con Alí Primera, el pueblo es sabio y paciente. Que el pueblo dice en alta voce ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace por el Esequibo! Que de quien es el suelo es el cielo, que de quien es el fontanero es el fuego. Que el fundo fondo hondo marítimo de fuego es de petróleo y es de gas y es de Venezuela y no de la arrogante empresa ExxonMobil Corporation y del gobierno imperial norteamericano de los EEUU. Que hay que rechazar con el voto el próxima 03 de diciembre de 2023 en el referendo consultivo constitucional legal del CNE de Venezuela. Que con el Libertador Simón Bolívar y con Alí Primera, el pueblo es sabio y paciente. Que el pueblo de Venezuela dice en alta voce ¡El Esequibo es nuestro! ¡El Esequibo es de Venezuela! ¡El Sol de Venezuela nace por el Esequibo! Que pudo haberse hecho antes que hay que crear el estado Guayana Esequiba. Que de quien es el suelo es el cielo.






 

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