Venezuela en el contexto de la doctrina imperialista de seguridad nacional

Miércoles, 06/12/2023 03:02 PM

Las masacres de Cantaura en 1982, de Yumare en 1986, de El Amparo en 1988 y de el Caracazo en 1989 se producen en el marco de la doctrina de la seguridad nacional, elaborada por el imperialismo gringo y extendida, desde la época de los años 60 del siglo XX, a Venezuela y a todo el conjunto de naciones de nuestra América, cumpliéndose así con el objetivo de asegurar su hegemonía continental a través del poder detentado por las camarillas políticas y las clases sociales dominantes. Son también una demostración más que evidente de su internalización entre los miembros de los distintos organismos policiales y militares que, respondiendo a la tradición y a la instrucción con que fueran (o son) formados, ven en las demás personas (salvo aquellas que se encuentran encumbradas en posiciones de poder político y económico) a seres que poco importan y, por lo tanto, a quienes se puede inferir cualquier clase de daño, gracias a la autoridad que representan. De ese modo, mediante la aplicación de esta doctrina de seguridad nacional en nuestro país quedaban abolidas de facto las garantías a la inviolabilidad de la libertad personal, la inviolabilidad del hogar, la inviolabilidad de las correspondencias personales, la libertad de tránsito, la libertad de expresión, la libertad de reunión y el derecho a la protesta, en lo que son, indudablemente, delitos de lesa humanidad. Cuando se consideraba necesario, aparte de la detención y de la tortura, se recurrió a la llamada ley de fuga, con la cual los funcionarios quedaban exonerados de cualquier recurso ante las instancias legales competentes; auxiliados, en muchos casos, por los medios de información que divulgaban, como un hecho verdadero y comprobado, la versión oficial, a pesar de sus inconsistencias y el escenario inverosímil en que sucedieron cada uno de estos acontecimientos.

En el contexto de la Guerra Fría (la modalidad de guerra mundial sostenida por los polos imperialistas de la URSS y Estados Unidos), la hipótesis de conflicto interno que contemplaba la doctrina de seguridad nacional estableció que la existencia y la acción de organizaciones consideradas subversivas por los estrategas militares debía considerarse el enemigo a derrotar y, por tanto, quedaba justificado no solo el uso de la fuerza sino cualesquiera método que permitiera el logro de este propósito. De esa manera, hechos como la huelga iniciada en julio de 1977 en la C.A. Bananera de Venezuela, ubicada en el estado Yaracuy, quedaron insertados en esta categoría, llegándose a suprimir la vigencia de los derechos humanos, incluso de personas ajenas a los mismos. Lo que no sería ninguna novedad para estos ciudadanos venezolanos, dados los antecedentes de represión padecidos durante las décadas de los 60 cuando las fuerzas militares maltraron y ejecutaron campesinos en su estrategia de exterminio de los frentes guerrilleros que se hallaban en esta zona geográfica.

El 4 de octubre de 1982, en el sector Los Changurriales, adyacente a la vía entre las poblaciones de El Tigre y Cantaura del estado Anzoátegui, funcionarios de las Fuerzas Armadas Nacionales y de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (cuya jefatura era ejercida por Remberto Antonio Uzcátegui Bruzual) llevan a cabo la ejecución de veintitrés militantes de la organización Bandera Roja, del Frente Guerrillero Américo Silva, en lo que sería, según la versión oficial, un «encuentro armado» en el cual destaca el uso de aeronaves tipo Canberra y OV-10 Bronco y la participación del tenebrosamente famoso comisario de la DISIP Henry Rafael López Sisco, con un largo historial de asesinatos de diversos luchadores políticos y sociales. Pese a ser capturadas con vida, se evidenció que fueron ajusticiadas sumariamente, sin un debido proceso, con disparos de armas de fuego de alto calibre en la parte posterior de la cabeza; lo que desmiente el relato de las autoridades, difundido ampliamente en los diferentes medios de información del país y el informe del médico forense Guillermo Antonio Solano, adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial (PTJ). Al igual que en otros sucesos similares, hubo encubrimiento de parte de todas las autoridades involucradas, incluso del Ministerio Público Militar, en lo que constituyó una clara violación de los derechos humanos y el desconocimiento del ordenamiento jurídico venezolano.

En la masacre de Yumare, en el sector conocido como La Vaca, del caserío Barlovento, distrito Bolívar, del estado Yaracuy, interviene también el tenebrosamente famoso comisario de la DISIP Henry Rafael López Sisco, director de operaciones de este cuerpo policial, además de jefe de su grupo de comando de acciones especiales. Allí, el 8 de mayo de 1986, se encontraba pernoctando un grupo de luchadores sociales y políticos con la idea de conformar la Corriente Histórico-Social, basada en el ideario revolucionario del Libertador Simón Bolívar, el cual fue infiltrado por cuatro funcionarios de la DISIP, quienes dan parte a López Sisco del lugar y de la cantidad de personas allí concentradas, alevosamente asesinadas, mientras dormían y totalmente indefensos al no poseer armamento alguno. Gracias a que hubo dos sobrevivientes, el país pudo conocer lo que realmente ocurriera, en momentos en que se suponía que la lucha guerrillera estaba en declive y sus últimos combatientes ya habían manifestado su intención de dejar las armas. Dicha masacre comprueba el grado de odio anticomunista (o anti-izquierdista) que, desde los años iniciales de la década de los 60, permeará a todos los grupos de poder existentes en Venezuela, en connivencia con el imperialismo gringo que los asesoró y los apertrechó ideológica y logísticamente para impedir que cualquier idea y movimiento popular contrario a sus designios pudieran prosperar y magnificarse en todo el territorio nacional.

La masacre de catorce pescadores ocurrida durante el mandato del presidente Jaime Lusinchi (1984-1989) en el caño La Colorada, de la población de El Amparo del municipio Páez del estado Apure (octubre de 1988), a manos de efectivos del Comando Específico Antisecuestro y Antiguerrillero José Antonio Páez (comandado por el general Humberto Camejo Arias y conformado por miembros de las Fuerzas Armadas, de la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención, ahora llamada Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, y del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, denominado en la actualidad como Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas) no sólo constituyó un escándalo por la cantidad de personas abatidas sino por el hecho que el presidente y su ministro de la defensa, general Ítalo del Valle Alliegro, mintieron descaradamente al país al afirmar que éstos eran guerrilleros integrantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) de Colombia, versión que fue desmentida por dos sobrevivientes, Augusto Arias y Volver Gregorio Pinilla; resultando un falso positivo, del mismo modo que se haría algo común en el territorio colombiano.

Jesús Eduardo Brando, en un artículo publicado en el diario El Nacional, el 10 de julio de 1990, «Redefinición de objetivos de FAN obliga a revisar gasto armamentista», recordó que «personeros militares partícipes en lo que puede considerarse el acto represivo de mayor intensidad y escala de la historia contemporánea de Venezuela, el denominado Caracazo (27 y 28 de febrero y 1 de marzo de 1989), sin pudor alguno, calificaron a estos sucesos como fuente de inspiración para los fracasados golpes de Estado de febrero y noviembre de 1992, por cuanto en teoría rechazaron la acción brutal de la Fuerza Armada, pese a ser ellos, precisamente, los ejecutores de aquella masiva operación punitiva, para la cual recibieron, sin oponerse cuando debieron en función de los principios alegados posteriormente, la formación táctica necesaria, pues en mayo de 1990, valga la anécdota, fueron entrenados en el denominado Ejercicio Conjunto 01-90, diseñado según sus planificadores para …"evaluar el entrenamiento y capacidad de respuesta de las FAN ante el eventual desencadenamiento de disturbios civiles, bajo coordinación y supervisión permanente y continua de la Jefatura de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas"» . Resaltan entre estos ejecutores, Hernán Grüber Odremán, el contralmirante de la insurrección del 27 de noviembre de 1992, destacado en el Teatro de Operaciones número 3, y Carlos Vethencourt Rojas, coronel que llegó a integrar el Consejo Legislativo del estado Lara en representación del partido MVR, también destacado en el Teatro de Operaciones número 3. No obstante las explicaciones a posteriori, es innegable que la antigua doctrina de seguridad nacional se mantiene vigente en Venezuela, en uno u otro sentido, a pesar de lo establecido constitucionalmente en materia de respeto a los derechos humanos, lo que explica la actitud que algunos funcionarios asumen frente a cualquier ciudadano, sea éste o no un delincuente; lo que impondría la necesidad de una completa revisión legislativa y administrativa que tienda a eliminar este viejo vestigio de la Guerra Fría en este país bolivariano.

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