La Coprolalia en los portales digitales

Sábado, 02/03/2024 12:30 PM

Quien te lastima te hace fuerte, quien te critica te hace importante, quien te envidia te hace valioso, ¡y quien te rechaza te hace un favor! (Anónimo)

Es extremadamente difícil, que las personas que les gusta insultar y disfrutan muchísimo con la crítica destructiva…consideren que tengan algún tipo de problemas psicológicos (La Coprolalia) como es el caso de unos militantes del odio político y furibundos antimaduristas que escriben todos los días en contra del Presidente de la República y que se aprovechan del anonimato para hacer acusaciones temerarias e irrespetuosas…

Llama poderosamente la atención que los portales digitales evidentemente antimaduristas, no les exigen a sus más connotados escritores radicales y ofensivos, que coloquen una foto de frente para disminuir la sensación el anonimato y que se hagan responsables sobre lo que escriben…como por ejemplo, a los que escriben "Maduro es un criminal", en cualquier país del mundo, son casos que deben ser investigados…

¿Qué es la Coprolalia? Coprolalia es el termino medico usado para describir uno de los síntomas más confusos y socialmente estigmatizantes del Síndrome de Tourette. Es la expresión involuntaria de palabras obscenas o socialmente inapropiadas o comentarios despectivos…

Es importante destacar que el artículo 57 constitucional permite que toda persona puede escribir lo que quiera, pero se he responsable de las posibles consecuencias que de lo que se escriba y a los portales digitales hay que recordarle la segunda parte del citado artículo "NO SE PERMITE EL ANONIMATO, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa"…

Y en la ley contra el odio…el artículo 20. "Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados."

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