"Pan con pan, es comida de locos" (Anónimo)
De verdad que el caradurismo y la prepotencia de los escritores antimaduristas que solo viven, piensan y sienten sobre el que escribir hoy en las redes sociales y en los portales digitales, que se refiera de manera negativa en contra del gobierno nacional y que a su vez ayude a incitar el odio político en contra del Presidente Nicolás Maduro…
El colmo de la desfachatez de estos incitadores al odio político que tienen una estrategia de acción muy básica, pero maquiavélicamente perversa: escribir todos los días "lo peor de lo peor" para que la gente piense "lo peor de lo peor" en contra de toda la institucionalidad del país y sus gobernantes, repitiendo de manera macabra , cosas como estas: "ese es un ladrón"…"ese es un asesino"…ese es un criminal"…"ese es el único culpable de todos nuestros problemas"…"ese es un corrupto"…ese es el jefe de un narco Estado" y un largo etcétera de epítetos irrespetuosos…
El caso es que a pesar de que innumerables voces de la prudencia y la cautela, les están diciendo que moderen su lenguaje que incitan al odio político…no quieren perder "ese gran placer" que sienten cuando escriben lo que les da la gana en contra del Presidente de la República…
Olvidándose lo señalado en el artículo 57 constitucional: "Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos…" pero también deja muy claro el espíritu, propósito y razón del legislador, sobre que el ejercicio de éste derecho tiene sus consecuencias: "Quien haga uso de éste derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado"…
Y cuando "estos valientes" escritores antimaduristas se escudan en las falsas identidades y sin una foto de frente que los identifique en los portales digitales…éste mismo artículo 57 constitucional se refiere a que no está permitido ni el anonimato, ni los mensajes discriminatorios…
Sin embargo, ahora comenzaron "una campañita" negativa con respecto al artículo 20 de La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia…al decir, que atenta contra la libertad de expresión y que es una forma de reprimir a la oposición política…a continuación "el tenebroso artículo" que odian los odiadores políticos…
Capítulo V
De las Responsabilidades, Delitos y Sanciones
Delito de promoción o incitación al odio
Artículo 20. "Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados."