Romper las cadenas que oprimen y subyugan a la autonomía y democracia universitaria en Venezuela

Domingo, 06/10/2024 12:24 AM

En la República Bolivariana de Venezuela impulsada por el presidente Hugo Chávez Frías (1999-2013) con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV:1999) quedaron consagrados como principios, símbolos y aspectos sagrados a venezolanos/as como son las palabras pronunciadas por el Libertador Simón Bolívar en el Juramento del Monte Sacro hecho en Roma el 15 de agosto de 1805, en las que dijo: "!Juro delante de Usted; juro por el Dios de mis padres; juro por ellos; juro por mi honor, y juro por mi Patria, que no daré descanso a mi brazo, ni reposo a mi alma, hasta que haya roto las cadenas que nos oprimen por voluntad del poder español!"; y que en nuestro Himno Nacional en la Segunda Estrofa está escrito: "! Abajo cadenas! Gritaba el Señor; y el pobre en su choza libertad pidió (…)!". Abajo cadenas es pues la máxima significación de este artículo para representar la grave situación que presentan las Universidades Autónomas cuando se oprime y subyuga a la autonomía y democracia universitaria impidiéndose el derecho, principio y jerarquía de la autonomía universitaria consagrado el Artículo 109 de la CRBV para elegir la comunidad universitaria sus propias autoridades cuestión que no sucede desde el 2012 en Venezuela; a excepción de la UCV que eligió sus autoridades en junio de 2023.

Romper cadenas y Abajo cadenas es símbolo de lucha de independencia contra toda forma de dominación, subordinación y sometimiento a un pueblo y a una República. Esto quedó reafirmado claramente en declaración de Venezuela como República Bolivariana obra de la Revolución Bolivariana liderada por Hugo Chávez como oficial del Ejército Libertador y Presidente de la República.

Una actitud que tuvo siempre el Presidente Hugo Chávez en su trayectoria como líder militar y Presidente de la República fue que mostró ante sus compañeros de armas, el pueblo y la Nación que su palabra era sagrada y compromisos asumidos cumplirlos en lo inmediato o en el menor tiempo posible. Esta actitud siendo Presidente la demostró en todo momento y como ejemplo de ello se expone cuando ordenó imprimir para la ejecución de la Misión Robinson Yo sí puedo el libro titulado Yo moriré como nací: desnudo Pensamientos de Simón Bolívar (Ministerio De Educación Cultura Y Deporte-Consejo Nacional de Cultura: 2003), en el que se reprodujo como presentación de este texto las siguiente expresiones suyas: "Yo obedezco al mandato popular y me sostiene el pensamiento de Bolívar" (en respuesta a la Conferencia Episcopal Venezolana, 16 de mayo de 2000); "Vamos a buscar libros bolivarianos, vamos a difundir el pensamiento bolivariano, a leer a Bolívar, a leerlo. Moral y luces, ¿qué significa eso? Eso no es para recitarlo como si fuera un poema, de memoria. No es sólo para eso, sino para analizarlo, avaluarlo y profundizarlo" (Hugo Chávez Frías En el programa Aló Presidente 10 de junio de 2001).

Se inicia este artículo con estos máximos Sentimientos y Símbolos Patrios por cuanto no es para menos reclamar la atención de las máximas autoridades de la República Bolivariana de Venezuela lo que se ha hecho y cometido contra la autonomía y la democracia universitaria en las Universidades autónomas desde 2012 al haberse impedido por diferentes vías legales y subterfugios la realización de elecciones de sus propias autoridades universitarias en uso del derecho, principio y jerarquía de la autonomía universitaria consagrado en Artículo 109 de la CRBV; situación sumamente grave no ajena a toda la mala intención para violar y desconocer a esta Constitución en este aspecto. Por esta perversa circunstancia han permanecido en sus cargos de manera indefinida por más de 15 años Rectores y autoridades universitarias (en otros artículos publicados en aporrea me he referido a esta situación) sin que hasta el presente se tenga clara certeza y voluntad de organismos universitarios y gubernamentales competentes en la materia para que esta violación de derechos constitucionales y legales se elimine cuanto antes convocándose la elección de autoridades universitarias y cogobierno universitario al ser un reclamo justo y perentorio que desde años viene reclamando la comunidad universitaria de cada una de las universidades autónomas.

¿Por qué titular este artículo romper con cadenas que oprimen y subyugan a la autonomía y democracia universitaria y relacionarlo con el Juramento del Libertador en el Monte Sacro y con la Estrofa citada del Himno Nacional?

Primero, porqué para el Libertador "romper las cadenas que nos oprimen por voluntad del poder español" no sólo podía lograrse con la independencia producto de una lucha militar y política sino igualmente había que romper cadenas culturales e ideas férreamente impuestas por representantes del poder colonial y del poder religioso para conservar el régimen colonial en Venezuela y América española. Al esfuerzo sublime e histórico de lograr militarmente la Independencia de Venezuela del imperio español y crear la República de Colombia en 1919 (1), el Libertador tuvo en igual condición para alcanzar la libertad e independencia de los pueblos a la educación pública tal como lo manifestó en toda su lucha emancipadora, libertaria y gestión gubernamental en distintas oportunidades y en la cual estuvo la educación universitaria como pivote fundamental; tal como lo veremos a continuación.

-"Las ciencias han inmortalizado siempre a los países donde han florecido" (Comunicación dirigida probablemente al Secretario de la Guerra de la Nueva Granada, el 11 de enero de 1815).

- "Moral y luces son nuestras primeras necesidades (…) Un Pueblo ignorante es un instrumento ciego de su propia destrucción "(Discurso de Angostura 15 de febrero de 1819).

- "La educación e instrucción pública son el principio más seguro de la felicidad general y la más sólida base de la libertad de los pueblos" (Al decretar un Colegio para los hijos de los mártires de la Patria. Bogotá 17 de diciembre de 1819).

- "Un hombre sin estudios es un ser incompleto" (A María Antonia. Lima, abril de 1825).

- "Las naciones marchan hacia el término de su grandeza, con el mismo paso con que camina la educación. Ellas vuelan, si ésta vuela, retrogradan, si retrogada, se precipitan y hunden en la oscuridad, si se corrompe o absolutamente se abandona (…) El fundamento verdadero de la felicidad: la educación" (Artículo periodístico Potosí, octubre de 1825).

- "El primer deber del Gobierno es dar educación al pueblo" (Decreto sobre fomento de la enseñanza pública. Chuquisaca (Bolivia), 11 de diciembre de 1825).

Pero una de las acciones más importantes que tuvo en el ámbito educativo universitario fue haber decretado el Libertador Simón Bolívar como Presidente de Colombia los Estatutos Republicanos De La Universidad Central De Venezuela el 24 de junio de 1827, recién redactados conjuntamente con el Dr. José María Vargas, "en cuyos 289 artículos se contenía la normativa sobre la cual iba a existir la Universidad para el porvenir" (Graciela Soriano De García-Pelayo Sobre La Autonomía Universitaria (UCV: 2005). Y continua Soriano De García-Pelayo: "La nueva situación consagraría varias cosas de original relevancia:

-la tendencia hacia la secularización de la enseñanza superior;

- la especificidad y el realce de la dignidad académica;

- la apertura de dicha dignidad a sectores que la tenían vedada por razones sociales o de conciencia;

- la tendencia a la organización por sobre el criterio de ordenación en el establecimiento de los órganos de la vida académica y sus funciones;

- en un sentido democrático más moderno;

- el respeto por los valores contenidos en la normativa anterior;

- una precisión mayor en cuanto al funcionamiento y desempeño de todos los niveles y áreas de la vida universitaria, especialmente, la consagración de la autonomía gubernamental, la autonomía académica y, sobre todo, de la autonomía económica de la Universidad (…)

Esta última especie de autonomía, la económica, tiene particular interés, en la medida en que por primera vez, en reconocimiento de una debilidad que sigue vigente, se dotó a la "casa de estudios" con un fuerte patrimonio económico capaz de garantizar las otras especies de autonomía gracias a los ingresos permanentes que provenían de varias fincas y rentas entre las cuales se contaban las obras pías de Chuao, Cata y la Concepción de Tácata. En el texto se enfatizaba, con el fin de … dar a esta Universidad Central y a los estudios en ella, la planta que más conviene al presente, y dotarlos más adecuadamente, destinando a sus sostén varias fincas y rentas que, o tienen por objeto otras obras piadosas de menor urgencia, o se arruinarían totalmente continuando sobre el pie en que se hallan,…" (Ídem). (Ver también de Ildefonso Leal Historia De La Universidad De Caracas 1721-1827 (BCV-Academia Nacional de la Historia (2014).

En segundo lugar, por cuanto la letra del Himno Nacional se fraguó y escribió en la misma lucha de los años de la independencia de Venezuela, por lo tanto se inscribe en esta misma gesta libertaria y emancipadora del Libertador Simón Bolívar. Allí quedó consagrada para la historia y futuro de la República Bolivariana de Venezuela "!Abajo cadenas! Gritaba el Señor; y el pobre en su choza libertad pidió (…)".

En tercer lugar, vemos de esta manera que el Juramento del Libertador Simón Bolívar, la Estrofa del Himno Nacional, y el Decreto del Libertador Presidente de Colombia en 1827 de los Estatutos Republicanos De La Universidad Central De Venezuela que declara la Universidad Autónoma Republicana, con la autonomía gubernamental, académica y económica forma parte de este contexto histórico de la guerra de Independencia de Venezuela y América dirigida por el Libertador Simón Bolívar y Gran Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre y demás Próceres héroes de la Patria y el pueblo que junto con él lucharon y derrotaron al imperio español. Que mayor fundamento histórico y jurídico puede tener la autonomía y democracia universitaria en Venezuela para que se respete con toda la solemnidad del casos máxime si está consagrada en la CRBV (Artículo 109) y Ley Orgánica de Educación Artículo 34 (LOE: 2009) y no continúe bajo ningún aspecto siendo violada, ignorada y desconocida por personajes deslegitimados y dañinos por su actuación al interior de las universidades en acción anti-universitaria, anti-autonómica-anti-democrática e igualmente como también por funcionarios gubernamentales e integrantes de los poderes públicos con competencia legal y legislativa en materia universitaria. Además, que la autonomía universitaria fue incorporada en la CRBV como derecho, principio y jerarquía precisamente por quien se considera el más fiel, leal y autentico bolivariano en la historia reciente de Venezuela como lo fue el Comandante y Presidente de la República Hugo Chávez Frías.

Sería absolutamente inaceptable que para el futuro la autonomía y democracia universitaria queden como jarrón chino por desidia, desinterés, complicidad o abandono como el hasta ahora demostrado, por una parte por actuación del gobierno nacional e instancias del Tribunal Superior de Justicia (Sala Electoral), y por la otra producto de mediocridad e intereses bastardos, personales y grupales puestos por quienes actualmente son rectores y otros más para destruir a la Universidad Autónoma, Democrática y Popular. De continuar esta situación indefinidamente sería un legado histórico contradictorio que negaría toda la obra y pensamiento del Libertador e igualmente la voluntad y disposición histórica puesta en este sentido por el Presidente Hugo Chávez F.

Este estado de violación constitucional de derechos de la comunidad universitaria puede y debe ser eliminado cuanto antes sí existe la voluntad, el interés y la conciencia necesaria de parte de los organismos y poderes públicos vinculados inexorablemente con la educación universitaria para tomar las medidas y decisiones al respecto. En este sentido, hay un contexto constitucional y legal de normas e instituciones y organismos establecidos que pueden activarse para tomar decisiones en función de tan loable y enteramente democrático hecho de elección de autoridades universitarias. Así podemos citar al Consejo Nacional de Universidades (CNU) que suprimiendo su pasado intervencionista dado por gobiernos y partidos de la IV República a partir de 1970 se puede convertir en lo que está definido en el Artículo 18 de la Ley de Universidades vigente donde se expone: "Artículo 18. El Consejo Nacional de Universidades es el organismo encargado de asegurar el cumplimiento de la presente ley por las Universidades, de coordinar las relaciones entre sí y con el resto del sistema educativo, de armonizar sus planes docentes, culturales y científicos y de planificar su desarrollo de acuerdo con las necesidades del país. Este Consejo, con sede en Caracas, tendrá un Secretario permanente y una Oficina de Planificación del Sector Universitario, vinculada a los demás organismos de planificación educativa, que le servirá de asesoría técnica (…)". Y en el Artículo 20 de las atribuciones del Consejo Nacional de Universidades en el numeral 16 se establece:

"16-Convocar a elecciones en los casos en que el Consejo Universitario o la Comisión Electoral no lo hubieren hecho en la oportunidad legal correspondiente. A este efecto dictará cuantas medidas fueren necesarias para que se realicen los comicios respectivos, y cuidará en todo momento de que este proceso electoral se desarrolle normalmente;". En este sentido, el CNU puede dictar cuantas medidas fueren necesarias para que se realicen los comicios respectivos, bien dirigiéndose directamente a la Universidad para celebración de estas elecciones o bien al TSJ en su Sala Electoral en apoyo de realización de los procesos electorales respectivos. Así, pues, que CNU tiene en primer lugar la histórica oportunidad de reivindicar y re institucionalizar a la autonomía y democracia universitaria de las universidades autónomas en Venezuela; de no hacerlo pecará de omisión y evidente complacencia con el estado actual de violación constitucional de un derecho, principio y jerarquía constitucional para no realizarse la elección de sus legítimas autoridades universitarias.

Ojala que este artículo pueda ser leído y atendido con la debida atención del caso y llegue a ser considerado por quienes desde el Ejecutivo Nacional y organismos públicos con competencia en esta materia tomen la decisión que corresponde y se corrija de manera prioritaria y urgente esta deleznable situación para colocar a las Universidades Autónomas en un camino de verdadero rescate hacia el desarrollo autónomo, soberano e independencia de la República Bolivariana de Venezuela y el bienestar social del pueblo venezolano; y romper también las visibles e invisibles cadenas que existen desde el gobierno de ser oídos sordos y ciegos ante muchos reclamos, sólidas y legitimas opiniones expresadas por el pueblo y por quienes las manifiestan a través de redes sociales y medios de comunicación ajenos a la destructiva realidad mediática que construye empresas tecnológicas multinacionales propiedad de multimillonarios del mundo capitalista salvaje en conexión con organismos de inteligencia del poder imperial norteamericano.

(1)"Simón Bolívar propone al Congreso de Angostura reunido el 15 de febrero de 1819 la creación de la Gran Colombia resultado de la unión de Venezuela, Nueva Granda y Quito (…) El Congreso de Angostura proclama la existencia de la República de Colombia y aprueba las bases generales para la unión de Venezuela y la Nueva Granada en la Ley Fundamental de Colombia. Se establece que la constitución de la nueva república se discutirá y aprobará en un próximo congreso a reunirse en enero de 1821" (Venezuela en el tiempo Cronología desde la Conquista hasta la Fundación de la república Manuel Guevara Baro (2007) El Nacional).

Mérida, 5 de octubre de 2024.

 

 

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