Un único órgano rector del tema forestal venezolano, tanto de producción como de conservación, aglutinador y coordinador de todas las empresas y entes públicos cuya razón de ser es el asunto forestal, que sea el aplicador de la política forestal definida por la nación, que planifique a largo mediano y corto plazo y ejecute a través de sus entes adscritos ("todas las empresas y entes públicos cuya razón de ser es el asunto forestal"), qué, en definitiva, administre nuestro patrimonio forestal y lidere su inteligente uso para convertirnos en potencia forestal mundial (el concepto de "patrimonio forestal" que me refiero debe administrar el órgano rector, es mucho más amplio y complejo que el plasmado por la Ley de bosques de 2013. Esto lo expondré en otro escrito).
Por supuesto, la constitución de esta máxima autoridad rectora por sí sola no es suficiente; además se requiere de políticas claras (y de finanzas, que no tocaré acá). Como siempre insisto, se debe contar con una política nacional claramente definida, discutida ampliamente y convertida en política "de Estado", es decir, que quede firmemente establecida; esta es la piedra angular de cualquier pretensión de desarrollo sostenido y sólido. El país ha visto variar políticas sobre el tema forestal casi con la misma frecuencia en que han variado ministros y directores, así como también hemos visto a distintas instituciones y empresas forestales públicas aplicando políticas muy particulares, incoherentes y hasta contradictorias (que van más allá de la natural particularidad que cada institución o empresa debe poseer como política de acción). Los reiterados fallidos intentos de lanzar (y relanzar) el "motor forestal" se explica en buena medida por esto: la falta de claridad y la gran dispersión en la toma de decisiones y acciones. Pero esto no es el tema al que quiero referirme en esta oportunidad. En todo caso concluyo acá diciendo que debe concretarse una yunta como basamento sólido del "despegue" en materia forestal (y ambiental): ¡Una política forestal asertiva y un órgano rector único!
El órgano rector nacional en materia forestal no puede estar supeditado a un ministerio en particular; darle rango de viceministerio no funcionará, pues debe tener absoluta autonomía decisional, financiera y funcional. El tema del "desarrollo forestal posible" no puede verse bajo la sola óptica de un ministerio en particular. Si el órgano rector que propongo quedase bajo el paraguas del MINEC, toca decir que dicho ministerio no está orientado ni preparado para acometer la tarea de convertir a nuestro país en potencia forestal productiva; si el órgano rector forestal quedase bajo el paraguas exclusivo del ministerio de industrias y producción nacional, entonces se corre el riesgo de perder visión sobre los complejos elementos científicos – ecológicos de nuestros bosques y sabanas y de desdibujar también el valioso papel que deben cumplir las comunidades, por ejemplo.
El órgano rector nacional venezolano en materia forestal debe estar adscrito a la vicepresidencia ejecutiva de la República como organismo autónomo, otorgándole así la directa vía de comunicación y consulta con quien tiene una visión de conjunto mayor a la de cualquier ministerio en particular. Pretender desarrollarnos forestalmente, para convertirnos en potencia, es un asunto que integra todas las facetas de la vida nacional. Por esto propongo que dicho ente rector tenga una junta directiva presidida por la vicepresidencia ejecutiva y conformada por representantes de los ministerios de Ecosocialismo, Industrias y Producción Nacional, Educación, Ciencia y Tecnología, Defensa, Comunas, Agricultura y tierras, por el Consejo Federal de Gobierno y por un consejo de trabajadores (fundamental). Luego, dicha junta podrá designar a un presidente ejecutivo y a su tren. Y debe contar dicho organismo con un consejo consultivo "interno" (¿con voz, pero sin voto?) que debe estar constituido, entre otros por: universidades nacionales, INDEFOR (ULA), LABONAC, IVIC, CONICIT, CIDIAT, IFLA, IGVSB, Sociedades científicas, INTI, INDER, SVIF, CIV, asociaciones de "operarios" de la madera. También puede pensarse en un consejo consultivo "externo", constituido por instituciones extranjeras y multilaterales tales como: universidades, institutos de investigación, OIMT, FAO, FMAM (GEF), OTCA.
En cuanto a la figura jurídica de dicho órgano rector nacional, por su constitución y fines, creo se corresponde mejor a una "Corporación" que a un "instituto". En primer lugar, porque una corporación se refiere a su configuración como conjunto de otros entes subordinados, entre estas, "empresas", las cuales (empresas) y el órgano todo, poseen fines de lucro. Sin duda el órgano rector nacional debe poseer fines de lucro, para sostener su actividad y porque es el resultado económico y financiero trascendental que se persigue (amén del ambiental): el desarrollo forestal, convertirnos en país potencia, y esto significa obtener utilidad monetaria y patrimonial en general.
Nuestro órgano rector, que propongo sea la "Corporación Forestal de Venezuela", estaría integrada por todos los entes y empresas que manejan el tema forestal a nivel nacional, regional y local: CONARE, Misión Árbol, ENFORESTAL, Aserradero Uverito (escindido de MDO), CIMLA, Carpinterías Tiuna, Maderas del Orinoco (reestructurado – reformulado. Tema de futuro artículo), Maderas del Alba, PULPACA, EMASPROFOR. Cada ente o empresa, adscrita a la corporación forestal nacional, mantendría su composición accionaria, pero ahora debiendo accionar según lineamientos emanados del órgano rector corporativo.
La futura corporación debería también crear o fundar nuevos entes/estructuras, basadas en las posibilidades políticas y legales de estos tiempos. Hablamos por ejemplo de distritos motores de desarrollo ("Distritos Motores Forestales"), de zonas económicas especiales, de núcleos de desarrollo endógeno, de economía circular, de empresas de producción social (EPS), de un nuevo concepto de "unidades de manejo" y su par "sociedades forestales manejadoras", de "empresas comunitarias y asociaciones restauradoras de ecosistemas", de empresas de logística, de grandes empresas mixtas y de proyectos trasnacionales, así como de un cuerpo de guardabosques / fiscales forestales (sin menoscabo a las funciones de nuestra FANB en materia de guardería ambiental).
Esta nueva instancia rectora puede ser encargada de presentar una propuesta de nueva política forestal nacional (políticas marco, asociadas y derivadas) para la consideración del país; igual debería encargarse de presentar una propuesta de "ordenación territorial especial para el tema forestal" (cosa de necesidad básica también); por supuesto, elaboraría y ejecutaría los planes de desarrollo forestal: general, sectoriales y temáticos, a largo mediano y corto plazo; generaría directrices de acción a sus entes adscritos, las apoyaría y fiscalizaría; co-formularía los presupuestos de sus entes adscritos, los aprobaría y los fiscalizaría; ejercería la representación del país en el extranjero en materia forestal, con facultades de suscribir acuerdos y asociaciones (previa autorización debida).
Esta propuesta de creación de la "Corporación Nacional Forestal", puede soportarse legalmente en el artículo 236, numerales 2 y 11 de la Constitución Nacional, con los artículos 15, 16, 102, 103 y especialmente el 106 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y con los artículos 13 y 98 de la Ley de Bosques que expresa textualmente lo siguiente:
Art. 13: Son empresas forestales del estado las creadas o por crearse, cuyo objeto se refiera a la producción sustentable de bienes y beneficios derivados del bosque y demás componentes del patrimonio forestal, quedando sujetas, en consecuencia, en sus objetivos y fines, a los lineamientos de la Política Nacional Forestal.
Art. 98: El Ejecutivo Nacional, en el marco de los programas de promoción y fomento al desarrollo industrial forestal podrá constituir empresas públicas o mixtas e implementar otros mecanismos de inversión pública directa, con el objeto de incrementar y diversificar la producción e industrialización de productos forestales.
Finalmente, la estructuración organizativa y funcional de la corporación propuesta debe ser tema de formulación en su momento, pero me permito acá transcribir uno de los organigramas elaborados y mostrados en mi trabajo de 2014 "El Desarrollo Forestal Posible de la Venezuela Socialista del siglo XXI":
Un par de aclaratorias: Por "Órganos Territoriales" se entiende a las instancias creadas por la "corporación", asociadas al ordenamiento territorial especial forestal y que identifica "espacios geográficos conformados por superficies continuas de territorios con aptitud forestal/agroforestal". Las "CFD-ORFD" se refieren a las estructuras/instancias/entes encargados de la administración/dirección de cada uno de los espacios geográficos forestales identificados y adscritos a la corporación nacional. Este tema lo explicaré en otro escrito.
No tengo la menor duda que con instrumentaciones como esta de "una única entidad rectora", es que lograremos despertar definitivamente la inmensa potencialidad forestal que tenemos. Ojalá "alguien" escuche y lleve la presente propuesta a alguna mesa de trabajo que produzca la iniciativa gubernamental de crear tal estructura.
Sobre nuestra inmensa potencialidad silvícola yo estoy claro: principal factor de recuperación ambiental del país, uno de los principales pilares de la economía no petrolera, generador de millones de puestos de trabajo, de los principales generadores de divisas vía exportaciones, principal propiciador del desarrollo rural nuestro y del eje Orinoco-Apure en particular.
Esto lo digo yo, pero es que el antiguo ministerio de planificación y desarrollo en su "Plan Nacional Forestal" de 2003, también lo dice:
"El Sector Forestal de la economía venezolana tiene, frente a la necesidad ineludible de diversificación de la base económica nacional, una extraordinaria oportunidad de ser promovido por los sectores público y privado como un componente clave para el desarrollo social y económico del país, a corto y largo plazo." (Pg.107)
"Conviene destacar, que el conjunto de las actividades forestales, tanto protectoras como productivas, está entre los que genera más empleo por capital invertido, requiriendo abundante mano de obra no calificada en el campo. Al mismo tiempo, ofrece amplias posibilidades de crecimiento y participación aguas abajo en múltiples actividades transformadoras, industriales y comerciales, en las cuales radica su mayor potencial de beneficios sociales directos." (Pg.12)
El ministerio de planificación y desarrollo, con su plan de desarrollo forestal, se sentía con seguridad de "Transformar al Sector Forestal en uno de los tres principales soportes de la Economía Nacional y en un instrumento fundamental de desarrollo del medio rural, junto con la agricultura y la ganadería, bajo el concepto integrador de la agroforestería y el desarrollo industrial para el mercado nacional y externo." (Pgs108-109). Subrayado mío