Actualmente, hay un nuevo debate que en el campo político se está dando en Venezuela, y esos intercambios de opiniones han surgido a partir de una posición bien particular y acomodaticia por un sector opositor agrupados en un pequeño grupo de partidos políticos, y que tienen el control sobre una parte de La Asamblea Nacional, y que ha ocasionado una irregular situación: la existencia de dos juntas directivas en el poder legislativo…en la que quieren darle una inédita interpretación del sentido y significado de la continuidad administrativa en el parlamento nacional, de dudosa legalidad…cuando afirman que ellos van a seguir siendo diputados más allá del 4 de enero de 2.021, sin participar en el próximo proceso electoral para elegir a una nueva Asamblea Nacional…
Tenemos que comenzar por señalar, que la situación planteada por estos diputados que pretenden ser "reelectos, sin ser elegidos", es una extraña figura política, que no aparece consagrada en la constitución nacional, ni en las leyes electorales…por lo tanto, el planteamiento que realizan está fuera de toda "lógica jurídica", cuando el argumento que utilizan es el siguiente: como no están de acuerdo con la forma en que se designó a las rectoras y rectores del Consejo Nacional Electoral, no van a participar en las elecciones parlamentarias en éste 2.020, pero tampoco consideran que su periodo parlamentario, "se vaya a vencer" el 4 de enero del 2021…sino que van aplicar "la continuidad administrativa", porque no reconocen a las y los integrantes de La Asamblea Nacional electa y que serán juramentadas y juramentados el 5 de enero del 2.021…(Artículo 219, CRBV)…
La gran pregunta: ¿Estos diputados y diputadas al cual se les vence su periodo parlamentario el 4 de enero del 2.021, pueden durar un siglo en sus cargos por continuidad administrativa por el simple hecho de no estar de acuerdo con el sistema electoral venezolano?...otras preguntas derivadas: ¿Pueden coexistir una Asamblea Nacional electa y una Asamblea Nacional vencida e ilegal?... ¿Se puede hablar de la existencia de un vació de poder, para poder aplicar la continuidad administrativa parlamentaria?...¿no será de que estamos en presencia de una actitud infantil, altanera y caprichosa?...